El doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, actual cura interino y juez eclesiástico de esta iglesia parroquial, otorga que ha recibido del licenciado don Ramón Ruiz, de esta vecindad, albacea de la difunta doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, la cantidad de 402 pesos, los 120 de ellos de principal y los 282 restantes de premios que ha devengado desde 1780. Y cuyo principal es el mismo de que doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria otorgó escritura de obligación el 28 de julio de 1763, en unión de otro capital de 300 pesos pertenecientes al aceite de la lámpara de la iglesia de este hospital; y cuyos 120 pesos que percibió la Zárate del licenciado don Carlos Suárez, teniente de cura que era de esta iglesia, perteneciente a la dotación de la misa de gallo en la misma parroquia, le da por cancelada la escritura, y declara exonerada a la testamentaría de Noriega y por libre de la afección a la que estaba su casa ubicada en la calle de la Raqueta, que hipotecó expresamente la Zárate, y recayó por fin en la Noriega, su hija que la poseyó con otras hasta su fallecimiento.
Zonder titelCALLE DE LA RAQUETA
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El licenciado don Ramón Ruiz, abogado de los Tribunales de la Federación, vecino de esta villa, dijo que como albacea de la difunta doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, que fue oriunda y vecina de este suelo, otorga que vende a don Andrés Ramos, vecino de la Heroica Veracruz, residente en esta villa, tres casas contiguas, bajas de edificio, de paredes, cubiertas de madera, ladrillo y teja, con dos viviendas altas que tiene la última, situadas en la calle de la Raqueta, a la que hacen su frente hacia el oriente, y del otro lado casas de doña Ana Petra Borja de Espinosa, de don Domingo Franceschi, de doña Juana Rita y de doña Mariana Cardeña, difuntos todos, menos la última; por su fondo al poniente linda con el de casas de don Jacinto Antonio de Mora y del presente escribano; por el costado del sur con el de casa de don Miguel de Garagorri, que antes fue de don Nicolás Fernández del Campo; y por el del norte que hace esquina la última y frente las piezas altas y otras accesorias bajas al callejón de Gorospe, y del otro lado casa que fue de don Rafael José de Facio y de María de la Concepción Rodríguez, morena libre. Cuyas tres deslindadas fincas unidas, son las mismas que en estado casi ruinoso heredó la Noriega de su madre adoptiva doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria, y de sus hermanos don Dionisio Noriega y otro que falleció sin sucesión. Al presente las vende al citado Andrés Ramos, con una hipoteca de 900 pesos que se adeudan a los herederos de don Manuel Gil de la Torre y Cosío, cuyos representantes están fuera del territorio de la república; por el precio de 8 500 pesos, los 900 de ellos que entregará luego que se presente parte legítima por la testamentaría de Gil de la Torre; y los 7 600 pesos que el comprador le ha dado y pagado.
Zonder titelDon Félix Lucido, de esta vecindad, hace exhibición de un poder conferido por doña Margarita Guzmán como albacea de don Andrés Ramos a favor de don Cayetano Becerra para los asuntos y desempeño de la testamentaria de ese finado Ramos, y sustituido por dicho Becerra al comparente para que formalice escritura por la venta de una casa perteneciente a esa testamentaría, ubicada en esta ciudad a la calle de la Raqueta con la cual hace su frente al oriente, lindando por norte con casa de la misma testamentaría; por sur con otra que perteneció al propio finado y le vendió en su vida a don Manuel Antonio Orduña de quien es hoy, y por poniente con casa del finado don Juan Francisco Cardeña. Y usando el referido poder el nominado don Félix Lucido otorga que le vende al Presbítero don Francisco Antonio Gil, actual cura de la doctrina de Actopan la casa que queda deslindada en precio de 2 460 pesos y 5 reales, de cuya suma se da por entregado a su entera satisfacción.
Zonder titelDon Rafael Eugenio Espinosa, natural y vecino de esta vecindad, comerciante de cuarenta y cinco años de edad, hijo de don Juan Antonio de Espinosa y de doña Ana Petra Borja de Espinosa, difuntos, otorga su testamento, en la forma siguiente: Declara es casado con doña María Gertrudis Castillo, de cuyo matrimonio no han tenido hijos. Declara tiene un hijo natural llamado Ciriaco y Paula Rafael Juan Nepomuceno [Espinosa] habido en Manuela Guardia y Lema, siendo ambos solteros y libres de impedimento canónico. Manda que a su hijo natural no se le dé nada por razón de alimentos, por no tener éste necesidad de sus socorros. Señala por sus bienes la casa en la que actualmente habita, que se halla gravada a 700 pesos de principal a favor del convento de San Francisco en esta ciudad. Declara es deudor, y no su hermana Ana Antonia [Espinosa], de 400 pesos de principal que reconoce sobre la casa que se ubica en la calle de la Requeta, en favor de los señores Maniau. Menciona que su abuela materna, María de Jesús Acosta, es dueña de la casa situada en el callejón de Alba, misma que consignó y donó en favor de la obra pía de señora de Santa Ana, para que con sus productos de alquileres se celebrase una función por la citada santa. Ahora, es voluntad de él que procuren sus albaceas tenerla en arrendamiento, para que con sus productos se repare la finca y de lo que sobre se hagan anualmente una función a la misma Señora de Santa Ana en esta ciudad, y si después de esto sobrase algo, se manden a aplicar misas por el alma de su señora madre, y el resto, si quedase, se divida entre su esposa doña María Gertrudis y su hermana doña Juana Micaela Espinosa y Borja. Ordena que su hermana, doña Juana Micaela Espinosa, debe recibir parte de la casa que él habita, que constará en la cuenta de división y partición que se hizo de la madre de ambos. Declara que a sus sobrinos don José Ignacio, don Manuel María, don José Mariano, doña María Guadalupe y don José Joaquín Arechaga, hijos de su hermana Juana Micaela Espinosa, les debe lo que manifieste dicha cuenta de división y partición. Declara que don Bernabé de Elías Vallejo, le es deudor en el balance de las dependencias de los militares, para cuyo cobro dio poder a don Manuel Patiño, verificado el cobró entregue a su albacea lo que cobrare. Nombra por única y universal heredera a su esposa doña María Gertrudis Castillo. Nombra por su albacea y tenedor de bienes a su mencionada esposa y a don Francisco Rosas, a éste último lo señala para que la dicha su esposa lo consulte en aquellas cosas que ella no comprenda.
Zonder titelDoña Gertrudis Noriega, de esta vecindad, mayor de 25 años, otorga que ha recibido de don Rafael Velad, Notario Público de la Curia Eclesiástica, Mayordomo, Hermano Mayor de la Archicofradía del Santísimo Sacramento, la cantidad de 600 pesos, los que se obliga a satisfacer en el término de 5 años, con sus 5 % en cada uno, y para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava tres casas de paredes de edificio bajo, cubiertas de madera, ladrillo y teja, que posee en la Calle de la Raqueta.
Don José Antonio de Bárcena, de esta vecindad, vende a don Miguel de Garagorri, vecino de Puebla de los Ángeles, una casa de paredes de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en la Calle de la Requeta [Raqueta], a la que hace su frente, y del otro lado hacia el oriente casa baja y paredes del difunto don Juan Antonio Espinosa, por su fondo al poniente linda con el traspatio de la casa que hoy es de don Manuel Fernández del Campo, con la que asimismo linda por el costado del sur, y por el del norte con casa baja de doña Gertrudis Noriega, a cuya finca le corresponde la porción de agua corriente dulce que hoy disfruta según la repartición que de ella hizo el finado don Nicolás Fernández, entre esta casa y la contigua, por el sur. Dicha propiedad compró a don Leonardo de Noguera, y ahora la vende al precio de 3 000 pesos.
Doña Juana Rita Cardeña, de esta vecindad, mayor de 25 años de edad, viuda, ha recibido de don Tomás Rubio Roso, de esta vecindad, como actual Mayordomo de la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen, la cantidad de 100 pesos que de los fondos de ella le ha suministrado, cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular por espacio de 6 años, pagando anualmente los réditos acostumbrados del 5% equivalentes a 5 pesos, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedores, hipotecan una casa de edificio bajo, que tiene en la Calle de la Requeta [Raqueta].\t
Don Antonio María Priani, dijo que del importe de las existencias de la tienda que tuvo don Lorenzo Fernández en esta ciudad, en la esquina de las calles Principal y de la Raqueta, le fueron satisfechos al señor comparente por plazo cumplido en libranzas a cargo de don José María Ochoa 1 693 pesos que le adeudaba el nominado Fernández, quien con posterioridad se presentó quebrado, girándose ese negocio en el Tribunal Mercantil de esta ciudad, el cual a solicitud de algunos acreedores, mando en providencia dictada el 18 de octubre de 1836, y mandada llevar a efecto por otra de 4 de febrero último, que el señor relacionante caucionara dicha suma, obligándose a ingresarla a los fondos de dicho concurso, siempre y cuando así se disponga por el mismo Tribunal. Por lo cual, don Antonio María Priani, confesando haber recibido dicha suma, otorga que se obliga a devolver esa cantidad, siempre que por resultas del juicio llegara a disponerlo dicho Tribunal, en cuyo caso la exhibiría el otorgante sin falta ni demora.
Zonder titelMaría Luciana y Juana María López, hermanas legítimas y vecinas de esta Villa, heredaron de su difunto hermano Miguel Jerónimo López, una casa en la Calle de la Raqueta, en cuya virtud están en posesión de ella, después de haber satisfecho la citada Juana María varias cantidades que el finado quedó debiendo a diversos individuos, importe que haciende a 300 pesos y que ha ido sacando de la zapatería que fue del difunto, situada en la relacionada casa, y de la venta de algunas prendas de ropa de corto valor del mismo difunto. Por todas estas consideraciones y por tener ambas comparecientes criaturas chicas que han sido y quizás sean en lo sucesivo causa de desavenencia y disturbios entre ambas, deliberaron mutuamente dividir la casa en los términos que se mencionan en esta escritura.\t
Doña Josefa Ortega, vecina de esta Villa, otorga que debe y se obliga a pagar a doña María Josefa de Herrasti y Alba, la cantidad de 421 pesos que le suplió en reales para la reedificación de su casa, misma que hipoteca a cuenta de dicha deuda; ubicada en esta Villa en la calle que llaman de la Raqueta y hace frente hacia al poniente, dicha calle en medio con la de la morada de don Pedro Pérez de Llera que fue de don Gregorio Ochoa de Amezaga, y por el fondo que lo hace al oriente hace otro frente al callejón que nombran de la Capitana, por la banda del norte linda con la casa del maestro de albañilería Juan Manuel Rodríguez, y por la del sur con otra de don José Bartolo Pérez de Llera.\t