Don Pedro Báez, vecino de esta Villa de Xalapa, albacea de la difunta Gertrudis Socorro, otorga que vende al Señor Anastasio Amaya, una casa baja de cal y canto cubierta de teja, con 33 y media varas de frente que lo hace al norte, y 32 y 3 cuartas varas de fondo al oriente, y 38 y cuarta varas al poniente; linda por un lado con solar del otorgante, al oriente con una vereda o callejón que baja a la calle de la Laguna, hace frente con la calle Real y con la Iglesia del Señor San José, al fondo con solar de los naturales. La vende por precio de 425 pesos.
CALLE DE LA LAGUNA
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Don Andrés Farías, residente en este suelo, curador que expresó ser de don Juan Manuel, don José María Julián y don Pomposo Lascurain y Altamirano, hijos del finado don Juan Melitón de Lascuráin; dijo que en 8 de enero de 1820 en esta ciudad otorgó escritura don José Vicente de las Casas por 753 pesos 7 reales y 4 granos pertenecientes a dichos menores, cuyo haber recibió con pensión de réditos de un cinco por ciento anual e hipoteca de dos casas bajas de su propiedad, ubicadas en esta ciudad, al confín de la calle de San Francisco de Paula y principio de la calle de la Laguna. Y por cuanto tiene recibida dicha cantidad de la familia de don José Vicente de las Casas, otorga la más amplia, firme y eficaz carta de pago y en consecuencia da por cancelada la referida escritura de 8 de enero de 1820.
Zonder titelDon Joaquín de Mora, de esta vecindad, actual mayordomo de la cofradía de la Pura y Limpia de esta parroquia, otorga que ha recibido de don José Vicente de las Casas, también de esta vecindad, actual poseedor de las dos casitas concursadas que fueron del finado don Joaquín Toraño, ubicadas en esta villa, haciendo esquinas, una al confín de la calle de San Francisco de Paula y la otra al principio de la que nombran de la Laguna, la cantidad de 307 pesos 3 reales y 1 centavo. Cuya suma es de los dos capitales y parte de los premios en que a Toraño se le vendieron, por parte de la cofradía de su cargo, los dos terrenos en que están ubicadas las casas citadas. Por tanto, dicha suma queda íntegramente pagada a la cofradía de su cargo, de ambos principales y sus premios, en cuya virtud declara a ambas fincas por libres de tal afección y consiente que así se anote y tilde en ambas escrituras y sus copias para que valgan, mediante la presente cancelación en forma.
Zonder titelAntonio Aguilar y Córdoba; el Licenciado don José María Aparicio, curador ad bona de Ignacio Parra; y don Joaquín Guevara, curador ad litem del mismo menor; dijeron que por fallecimiento de María Gertrudis Córdoba quedó una casita compuesta por tres piezas de material con sus cubiertas de madera y teja, ubicada en esta ciudad, en el callejón que del frente del cementerio del templo de Señor San José atraviesa para salir a la calle de la Laguna o confín de la de San Francisco de Paula, con el cual callejón linda la expresada casita por el rumbo del oriente, y está labrada en terreno perteneciente a los naturales de esta ciudad; por poniente linda con la cerca de la huerta de casa de don Juan Francisco Carasa; por el norte con solar del ciudadano José María Anaya; y por el sur con sitio del ciudadano Bernabé Zárate; cuya casita hubo Gertrudis Córdoba por compra que hizo al nominado Bernabé Zárate, como consta en escritura con fecha en esta ciudad a 16 de septiembre de 1825. Asimismo, dijeron que sobre el intestado de la enunciada Córdoba se sigue expediente en el juzgado de primera nominación de esta ciudad, en el cual están declarados herederos de la finada los referidos Antonio Aguilar y Córdoba e Ignacio Parra, y que no proporcionando como división el fundo y teniendo además que pagarse algunas deudas de la testamentaria, se impetró licencia judicial para la venta en atención a ser necesario ese requisito, cuya licencia se obtuvo por auto del 9 del corriente. Por lo anterior, otorgan que venden dicha casita a don Miguel del Valle, en precio de 500 pesos, siendo por cuenta del comprador el pago de alcabala y escritura.
Zonder titelDon Mariano Cadena, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, la cantidad de 800 pesos, que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado. Cuya cantidad se obliga a satisfacerle en el término de tres años, que deben contarse desde el día primero de agosto próximo pasado, con más el premio de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad a favor de su acreedor, hipoteca una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja en esta villa, haciendo esquina al camino Real que va para Veracruz y calle de la Laguna, por este rumbo mira al poniente y del otro lado casa del finado don Juan de Amieva; y por el lado norte y enfrente accesorias del finado José de Castro; por los rumbos del sur y oriente linda con tierras de la cofradía de la Pura y Limpia [Concepción] de esta parroquia. Cuya casa es la misma, que hubo y compró de don Pedro Mariano Cruz, por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa el día 14 de junio de 1803, dicha casa se obliga a no enajenar hasta no estar íntegramente pagado dicho principal e intereses.
Zonder titelEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, clérigo domiciliario de este obispado, dijo que don Mariano Cadena, de esta vecindad y comercio por escritura que formalizó el 19 de octubre de 1825, constituyó a su favor sobre una casa de paredes de edificio baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, que posee por suya propia en esta villa, y hace esquina al camino que va para la Veracruz, y calle de la Laguna, censo al redimir de 800 pesos de principal y 40 de réditos anuales, que corresponden a un 5 por ciento. Y habiendo el actual cura párroco interino, vicario, juez eclesiástico de esta villa doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, como patrón de la obra pía de Nuestra Señora de los Dolores de la misma parroquia que dejó fundada doña María Sebastiana Rincón, ofrecido darle la cantidad censada, con la calidad de que se subrogue ésta a su favor. Por lo que, el otorgante en virtud de esta oferta citó de redención al censuario con calidad de subrogación a lo que condescendió. Y para que tenga efecto en vía y forma que más haya lugar en derecho, otorga que ha recibido del prenotado Cadena por mano del cura párroco de esta feligresía, 800 pesos del censo que queda hecha expresión, en reales efectivos y moneda corriente desde el día 28 último, de cuya cantidad se da por recibida a toda su satisfacción. Y como realmente satisfecho formaliza a favor de los prenotados cura párroco y don Mariano Cadena, la más firme y eficaz carta de pago, redención y liberación del censo y para lo que al otorgante toca da por extinguido y redimido íntegramente el repetido censo y sus réditos; y por exenta y libre de toda su responsabilidad la casa y demás bienes que hipotecó. Y mediante a haber ejecutado esta redención con dinero del expresado cura párroco como patrono de la citada obra pía, le pone y subroga a él y a sus sucesores en el propio lugar que le correspondía para que perciba y cobre los 800 pesos cuando llegue el caso de su redención y en el ínterin sus correspondientes réditos de un 5 por ciento, para lo cual le confiere el más amplio y firme poder que necesite con libre y general administración.
Zonder titelDon José Vicente de las Casas, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Francisco González, regidor del Ilustre Ayuntamiento, comisionado al efecto, la cantidad de 245 pesos en reales en efectivos, de que a favor de la corporación antes dicha otorga recibo en forma. Cuyo principal es el mismo que puso en poder del Ayuntamiento el cura interino que fue de esta villa don José Camilo Jiménez, para que lo invirtiera en la obra o fábrica del cementerio general que va a hacerse en esta población; por lo cual se constituye y obliga a mantener esta suma en su poder por vía de depósito irregular, guardar y fiel encomienda por el término y espacio de tres años, o antes si el Ayuntamiento lo necesitare para emprender la citada obra, previo el aviso con anticipación de dos o tres meses, y a contribuirle en cada uno de ellos con el acostumbrado premio de un 5 por ciento. Para seguridad del principal y premio, hipoteca dos casas de paredes cubiertas de madera y teja, que posee en esta villa, una que hace esquina al confín de la calle de San Francisco de Paula, y la otra al principio de la calle de la Laguna, y ambas al callejón que allí nace para el barrio de la Ciénega y curtiduría que fue de don Luis de Zárate, que está actualmente reedificando; y son las mismas que compró del concurso del finado don Joaquín Toraño.
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