Don Francisco José Bayro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de [roto], dijo que don Alonso Gómez Dávila le otorgó escritura de venta a favor del otorgante, de una casa [roto] y madera, cubierta de teja, en solar de 50 varas [en cuadro], que está en la calle que va del convento de Señor San [roto] Lagunilla, en esquina que linda por una parte con casa de [roto] los herederos de don Antonio de Olivera; y por otro lado, calle [en medio], con casa del Alférez Mayor don Gregorio Martínez de Solís [roto]. Otorga que reconoce por dueño y señor del principal de 500 pesos que está a censo sobre dicha casa, al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, capellán de la capellanía fundada con dicha cantidad, asimismo, se obliga a pagar sus réditos hasta que se redima dicho censo.
Sem títuloBARRRIO DE LA LAGUNILLA
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Doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, exhibió un testimonio de escritura con fecha en esta villa de 13 de agosto del corriente, y en él se percibe que la susodicha impuso 3 000 pesos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, ubicada en esquina, cogiendo dos calles, la primera que baja del convento de San Antonio de religiosos Descalzos al barrio que nombran la Lagunilla, que la otra que va del barrio de San Sebastián al de San Juan Tetitlán, alias las Casillas, los cuales impuso a favor de la capellanía que por el alma de su marido, la suya y demás de su intención, y por él se obligó a pagar los capellanes que de ella lo fueren por tiempo de cinco años.
Sem títuloFrancisca Milián, vecina de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto se haya con obligación de madre, que lo es de Juan García, su hijo, quien se haya en pobreza y necesitado de tener casa en donde vivir con su familia, y respecto a que ella posee un solar entero de 50 varas en cuadro, en esta villa, que obtuvo por merced que le hizo el ilustre cabildo de ella, ubicado en el barrio que llaman la Lagunilla, entre solar que fue de Felipe de Campos y el barrio de los indios de San Juan Tetitlán, como consta en auto y decreto su fecha en esta villa a 29 de abril de 1686. Y atendiendo a que dicho Juan García es su hijo y a que éste le ha socorrido en todas sus necesidades, en remuneración otorga en donación la mitad de dicho solar, dándole veinte cinco varas en cuadro, donde tiene hecha una casa pajiza.
Sem títuloDiego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto fue casado con doña Teresa de Jáuregui, difunta, quien antes de su fallecimiento tuvo deseo y ánimo de que ambos fundaran una capellanía de misas rezadas por sus almas, con principal de 2 000 pesos, y por voluntad de la susodicha dispuso un poder que le otorgó para testar, por el cual entre las cláusulas que hizo y ordenó fue separar de sus bienes 1 000 pesos y con ellos ejecutar la obra en la conformidad que le comunicó. Y atendiendo a que de imponer dicha capellanía de 2 000 pesos, los 1 000 de ellos de su mujer y los otros 1 000 pesos de su propio caudal sería aumentado el divino culto de Dios Nuestro Señor, y poniendo este deseo en ejecución, otorga que instituye dicha capellanía con las condiciones y calidades siguientes: La capellanía se funda con el principal de 2 000 pesos de oro común que aplica y sitúa en el precio y valor de una casa de piedra y madera, cubierta de teja, que tiene en esta villa, ubicada en la calle Real, que viene del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] para la Lagunilla, y hace enfrente, calle en medio, con casa de Lorenso [Lorenzo] de Guzmán; por el norte, por la espalda, con casas de doña Gertrudis de Gatica; por el oriente con solar del regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente; dicha casa se halla apreciada en 2 164 pesos y 7 reales. Y como tal fundador de esta capellanía nombra a Juan Manuel Fernández de Jáuregui por primer capellán propietario, para que lo sea todos los días de su vida, de edad de catorce a quince años, que al presente se halla estudiando gramática en la ciudad de los Ángeles, natural de esta villa, hijo legítimo de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato; y por su fin y muerte nombra por capellán propietario a José Fernández de Jáuregui, niño de edad de siete años, hermano del dicho Juan Manuel; y por su falta a los hijos legítimos que tuviere doña Bernarda de Jáuregui. Dichos capellanes han de tener la obligación de decir veinticinco misas rezadas en cada un año. Por último, nombra por capellán interino al Licenciado don Manuel de Prado, Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de esta villa, para que la sirva, siendo obligado a decir dichas veinticinco misas rezadas en cada un año; y como instituyente de dicha capellanía se nombra por primer patrono de ella por todos los días de su vida.
Sem títuloIsabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Juan Pérez de Moya y Tomasa Martín, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Jerónimo de Leiva, difunto, durante su matrimonio procrearon por hijos legítimos a Nicolás y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años; a Fray Jerónimo de Leiva, Religioso lego del orden del Señor Santo Domingo; a Matías de Leiva, mayor de veinticinco años; a Bernabela de Leiva, mujer legítima de Antonio de Aponte que se halla ausente de este villa; a María de Leiva, mujer legítima de Tomás García; a Juan de Leiva, de edad de veintidós años; y Antonio de Leiva, de diecisiete años. Declara por bienes la casa de su morada de cal y canto, con solar de cincuenta varas de frente y cincuenta de fondo, ubicado en la calle que va a dar a la Lagunilla, hace frente calle en medio con solar que fue de José Gómez Dávila, difunto; por el norte linda con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el oriente con casa de doña Marina Gómez Dávila. Asimismo, tiene por bienes dos solares y medio en el barrio de San Sebastián y en ellos dos hornos de cocer cal y uno para teja; los muebles y menaje de casa; 250 pesos en reales que tiene en una caja; 85 pesos que le debe don Francisco Valero; 50 pesos que le debe Manuel Francisco de Urquía. Nombra albacea testamentario a Gaspar Rendón y a Diego de Palma, mercaderes y vecinos de esta villa, por tenedor de bienes sólo nombra a Gaspar Rendón. Nombra a sus ocho hijos como herederos universales.
Sem títuloDon Juan Cayetano de Solís, vecino de esta villa, registró una escritura de censo e imposición de una capellanía de misas rezadas que dicho otorgante como albacea y heredero de doña Gertrudis de Gatica, mujer que fue de don Francisco de Solís, Alguacil Mayor que fue de esta villa, impuso y cargó 3 000 pesos de oro común, principal dote de dicha capellanía, por el alma de la citada doña Gertrudis sobre unas casas de cal y canto cubiertas de madera y teja, ubicadas en esta villa, hacen esquina y cogen dos calles, la que sale de la iglesia del convento de San Antonio para el barrio que llaman la Lagunilla y la otra que va a la ermita de San Sebastián, que por una parte lindan con casas que fueron de Antonio Millán Quijada y hoy posee doña Sebastiana Cid, su mujer, y por otra casas del Capitán don Jerónimo de Acosta, Alcalde Ordinario actual de esta villa, y se obligó a pagar al capellán propietario de dicha capellanía y de los que en adelante lo fueren en todo tiempo. La escritura fue otorgada en 28 del presente mes y año.
Sem títuloFrancisco de Ochoa, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Juan de Porras, vecino de esta villa, un cuarterón de solar de 12 varas y media de frente y 25 de fondo, que posee en esta villa, en la calle que sale del convento de Señor San Antonio para la lagunilla, que linda con las otras tres partes de solar que le pertenecen al otorgante. Lo vende en precio de 25 pesos de oro común.
Sem títuloDon Jácome Amaris Reinaldo, residente de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Juan Hernández, mercader y vecino de esta villa, 20 varas de solar de frente y 20 de fondo, que es en esta villa, en el barrio que llaman de la Lagunilla, que linda por la parte de la esquina que es al poniente, con solar del Alférez Antonio Muños de Anaya; por el sur con casa y solar de Domingo Merodio, calle en medio; y por el fondo y oriente linda con el demás solar que le pertenece a los herederos de Juana Hernández, vecina que fue de esta villa. Las cuales 20 varas de solar las hubo y compró de José de Gatica, vecino de esta villa, el 16 de enero de 1703. En dicho solar tiene armada una casa de vivienda sobre horcones, cubierta de teja. Las vende en precio de 100 pesos de oro común la ha pagado en reales de contado y confiesa que paran en su poder.
Sem títuloJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Pedro de Guemez, vecino de esta villa, una casa de madera cubierta de teja maltratada que posee en esta villa, y con el solar que le pertenece, que tiene de frente 30 varas y de fondo 50, que es la misma que hubo y compró de Salvador Pérez Milián, vecino de esta villa; la cual está en el barrio que llaman la Lagunilla, por una parte linda con solar de José Moreno y por la otra hace frente calle en medio con casa de los herederos de Andrea de Oses y con la otra hace frente esquina con los solares del barrio de San Juan Teteltilan [Tetitlán] de los naturales que llaman de las Casillas. Dicha casa la vende por libre de censo, empeño, deuda obligación e hipoteca, en precio de 300 pesos de oro común, los 200 de ellos en reales de contado, lo cuales tiene recibidos y 100 pesos restantes se obligó a pagar para el último día del mes de julio del presente año.
Sem títuloDon Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a don Francisco José Bayro, residente en esta villa de Córdoba, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, en solar de 50 varas en cuadro que está en la calle que va del convento del Señor San Antonio para la Lagunilla, en esquina que linda por una parte casa que poseen los herederos de Antonio de Olivera; por el otro lado, calle en medio, con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; hace frente, calle en medio, con casa de don José de Segura Ceballos; y por el fondo con casa de don Diego de Altamirano; misma que hubo y compró en remate público por bienes de don Nicolás de Olivera, difunto. La vende con todas sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos, servidumbres, con su pozo de cal y canto, por libre de deuda, empeño e hipoteca en precio de 1 500 pesos, los 1 000 de ellos que tiene recibidos y los 500 pesos restantes que quedan sobre la casa y solar de principal de censo redimible a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y de que se ha de obligar a pagar su réditos anuales de hoy día de la fecha razón de 5 por ciento, mientras no los redima ha de hacer reconocimiento del principal a favor de la cofradía.
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