Francisco de Ochoa, pardo libre, y Micaela de la Rosa y Soto, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto a pedimento de la dicha Micaela, se le libró Real Provisión por lo señores presidente y oidores de la Real Audiencia y corte de la ciudad de México, sobre que sea compelido dicho Francisco de otorgarle escritura de venta de un solar que le vendió a Jacinto de Soto, su padrastro. Por lo que a través de la presente, Francisco de Ochoa, vende a Micaela de la Rosa, a nombre de Jacinto de Soto, la mitad de solar, ubicado en esta villa, en el barrio que llaman la Lagunilla, que linda por el poniente con solar que fue de Domingo Pérez, maestro carpintero, calle en medio, y por el norte por el solar en que estuvo la carnicería del matadero. Y el otro medio solar se lo vende a Manuel Martínez, que está a su linde. La venta la hace libre de censo, al precio de 23 pesos por el convenio antes mencionado, y al dicho Manuel al precio de 32 pesos, por libre de censo, hipoteca y otra enajenación.
Sem títuloBARRIO DE LA LAGUNILLA
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Micaela de la rrosa [Rosa] y Soto, vecina de esta villa de Córdoba, hija y una las herederas de Jacinto de ssoto [Soto], quien se halla ausente de esta villa desde hace más de quince años y no se sabe donde está. Dijo que su padre hubo y compró de Francisco de Ochoa, vecino de esta villa, un solar en ella, con 50 varas de frente y 50 de fondo, en el barrio que llaman de la Lagunilla. Y aunque ella, le ha pedido escritura de dicho solar, no lo ha querido hacer, valiendo de varios pretextos y dando a entender que sólo vendió a su padre medio solar. Por cuya razón, a través de la presente, otorga poder a Diego Pulido, su cuñado, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona, parezca ante cualesquier señores jueces y justicias de Su Majestad, y pida se sirvan demandar que el dicho Francisco de Ochoa otorgue la escritura de dicho solar. Para lo cual haga pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas, pida embargos, prisiones, solturas, entregas, ejecuciones, en prueba presente testigos, escritos, y otros papeles que convengan y se requieran, hasta que consiga que dicho Ochoa le entregue la escritura de todo el solar.
Sem títuloParecieron en forma de cabildo don Andrés Juan de Quiroz, Gobernador; don Luis Bernardo, don Juan Eugenio y don Juan Gregorio, Alcaldes; Martín Francisco, José Manuel y Pedro Juan, Regidores; y de mas principales, común y naturales de este pueblo, dijeron que en uso de la licencia que les concedió el Señor Alcalde Mayor de esta provincia, venden a don Jerónimo Rebolledo, vecino de este pueblo, un solar extramuros de él, ubicado en el Barrio de la Lagunilla, de 47 varas de frente y 22 de fondo, cuya frente la hace al sur con el Camino Real que de este pueblo sale para la Veracruz, y por el norte, oriente y poniente con tierras de los mismos naturales. Lo venden en 80 pesos.
Nicolás Pérez, maestro de albañil, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Nicolás Días [Díaz], vecino de esta villa, un pedazo de solar de 15 varas de frente y 25 de fondo, que está en esta villa en el barrio que llaman de la Lagunilla, el cual hace frente, calle en medio, por el norte con solar de dicho Nicolás Días [Díaz], y por las demás partes linda con otro pedazo de solar que está contiguo al referido, que fue de los herederos de Juana Hernández, vecina que fue de esta villa. Lo vende en precio de 30 pesos de oro común.
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