El Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a censo al Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, su primo, vecino de esta villa, el paraje que llaman el Potrerillo, con 4 [caballerías] de tierra y herido de molino, en jurisdicción [de esta villa], que por la parte del norte está en la punta de Guatusco [Huatusco] y pueblo de San Juan de la Punta, entre el río Atoyaque [Atoyac]; por la parte del sur linda con el río de Tleapa. Dicho sitio es el mismo que hubo y compró del Capitán don Juan Gómez Dávila, su tío, como apoderado que fue del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, por escritura otorgada en esta villa el 24 de octubre de 1707. Lo vende en precio de 500 pesos de oro común en reales, que han de quedar impuestos a censo principal redimible, para pagárselos al Bachiller don Sebastián de Torija y en su ínterin se obliga a pagar sus réditos del 5 por ciento anual.
Zonder titelBACHILLERES
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Isabel de Arévalo, viuda de Fernando de Betancourt, hija legítima de José de Arévalo y de María Anastasia Gómez, difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba de donde ella es natural, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara por bienes la casa de su morada, de cal y canto cubierta de teja, fabricada en un solar de 50 varas por cada viento, que por el norte linda, calle en medio, con casa que fue de Benito; por el sur con solar que fue de Francisco de Betancur; por el poniente con solar de Josefa de Guzmán; cuya casa heredó de su marido. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero. Nombra heredero a dicho bachiller, por no tener herederos forzosos.
Zonder titelEl Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, dijo que en virtud del poder que le dieron Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, su mujer, vecinos que fueron de esta villa, por escritura hecha en la ciudad de los Ángeles el 6 de julio de 1676, otorga carta de pago a favor de Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], por el resto de 800 pesos que el susodicho le debía a María Ferrera, difunta y madre de la susodicha, cuya cantidad es el precio de una casa y solar que le vendieron en esta villa.
Zonder titelEl Capitán Nicolás Blanco, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Baltazar Blanco y de María Álvarez, difuntos, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Ana de Sandoval, con quien no tuvo hijos. Ordena se le den 100 pesos a la cofradía de Jesús Nazareno, de la iglesia parroquial de esta villa, para ayuda en la construcción de un retablo colateral en su altar. Manda se den a Juana, niña huérfana que se cría en su casa, 2 000 pesos de oro común para ayuda a tomar estado. Ordena que si don Jospeh Sentís [José de Sentís], su sobrino, hijo de don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, y de doña Ana González de Belilla, su sobrina, se inclinara a la Iglesia, sean obligados sus herederos a sustentarlo en el estudio y vestuario, y para sus gastos forzosos [y para que se ordene] de orden sacro [roto] es su voluntad que sus albaceas impongan una [capellanía] de misas rezadas con dote de 2 000 pesos a censo redimible sobre el trapiche que tiene en esta jurisdicción. Ordena se le dé a su sobrina Antonia [de Sentís], hija de don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, y de doña Ana González de Belilla, 3 000 pesos de oro común para ayuda a tomar estado. Ordena se le den a Magdalena de Alcalá, doncella que tiene en su casa, 200 pesos de oro común y un vestido y manto por lo bien que le ha servido. Manda se le den 800 pesos de oro común a cuatro doncellas pobres, cuyos nombres se encuentran escritos en su libro de cuentas, 200 pesos a cada una para cuando tomen estado de matrimonio. Dijo que cuando los religiosos descalzos de la provincia de San Diego de esta Nueva España llegaron a esta villa a tratar de fundar en ella un convento de su religión, él les mandó para dicha fundación 1 000 pesos de limosna, por lo cual ordena que si dicho convento se funda en esta villa, sus herederos paguen 1 000 pesos para la fábrica, y si en seis años no se construye, ordena que los 1 000 pesos se repartan entre sus herederos. Ordena que por el amor que les tiene y por haber criado a sus esclavos es su voluntad que después de que su esposa fallezca queden en libertad de la esclavitud y cautiverio Isabel, mujer de Diego de la Cruz, su esclavo; María, Melchora, y Tomasa, mulatas, hijas de la susodicha Isabel; y Joseph [José], hijo de la dicha María. Declara por bienes un trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel Alsesenatl [Azezenatl], en esta jurisdicción, y una casa de vivienda en esta villa, en la calle de San Juan. Nombra como albacea al Bachiller Baltazar González [de] Belilla [Velilla Blanco] y a su esposa, Ana de Sandoval, a quien también nombra como tenedora. Nombra como herederos a su esposa y a la muerte de ésta nombra como herederos a dicho bachiller y a doña Ana González de Belilla.
Zonder titelFrancisco Valero Grageda [Grajeda], vecino de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar al Bachiller Juan Sánchez Niño [de Guevara], Clérigo Presbítero, vecino de Orizaba, 600 pesos de oro común, dentro de seis meses.
Zonder titelFrancisco Valero de Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, declara que en la presente fecha compró a doña María de Ortega y Bonilla y Catarina [Catalina] de Ortega y Funes, hermanas, vecinas de esta villa de Córdoba, una casa que fue del Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Pava, en preció de 3 000 pesos de oro común. En dicha escritura de compraventa, las susodichas se dieron por entregadas de cantidad total; lo cierto es que el otorgante les quedó debiendo 1 000 pesos, así como 80 pesos de resto de cuentas que han tenido. Y para asegurar el pago de las cantidades, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a María de Ortega y Bonilla y a Catarina [Catalina] de Ortega y Funes, la cantidad de 1 080 pesos.
Zonder titelJosef [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a doña María de Ortega [y] Bonilla y doña Catalina de Ortega y Funes, vecinas de esta misma villa, la cantidad de 5 300 pesos de oro común, que por hacerle amistad le han prestado, de los cuales 3 300 pesos los recibió del Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba [Pava], difunto, Cura que fue de la presente villa y hermano de las susodichas, y los 2 000 restantes de las citadas María de Ortega y Bonilla y Catalina de Ortega y Funes. El otorgante se obliga a pagar la cantidad para fin de un año.
Zonder titelEl Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de San Juan Coscomathepeque [Coscomatepec], Comisario de la Santa Inquisición, otorga que vende a Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una hacienda de hacer azúcar, que tiene en la jurisdicción de esta villa, que linda por una parte con el camino real que va de la Nueva ciudad de la Veracruz al pueblo de Orizaba; por otra, “por la linde” de las tierras de Fernando [Ventura de] Rivadeneira, y también por la estancia de labor llamada Acatengo; asimismo, por una cañada que baja del rincón de Millán hasta el río que pasa por la barranca de Chocamán. La hacienda se compone de una casa de calderas, un asoleadero, varios jacales; trece mulas, dos mulas de silla, treinta y un mulas de tiro; dos mesas de madera; veinticinco esclavos; 31 suertes de caña dulce; y otros artículos que se mencionan en la escritura. La venta la realiza por 24 000 pesos de oro común, que por su valor y compra el dicho Baltazar o sus fiadores han de pagar en la manera siguiente: 4 000 pesos de ellos en todo el mes de enero de 1683; 4 000 pesos para el mes de enero de 1684; 2 000 pesos de oro común para el mes de enero de 1685; y los 14 000 restantes han de quedar impuestos y cargados a censo redimible.
Zonder titelEl Bachiller Juan Zessati [Zesati] Lozano, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, otorga poder general al Licenciado Antonio [Zessati] del Castillo, su hermano, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre siga, fenezca y acabe todos los pleitos que tenga o tuviere en adelante con cualesquier persona, y especial para que pida, demande y cobre de la Real Caja de México y señores jueces oficiales de la Real Hacienda de esta Nueva España y de quien en derecho pueda, la cantidad de pesos de oro de minas que se le deben y ha devengado de su sueldo como cura beneficiado que fue del partido de Tezuitlán [Teziutlán] desde el 4 de octubre de 1682 hasta primero de mayo del presente año, y de lo que en adelante se le debieran de su sueldo como cura beneficiado de esta villa y de Huatusco.
Zonder titelDoña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], hija de Juan García Caballero y de Ana de Grageda [Grajeda], vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles, viuda de Juan García Valero, Alférez Mayor que fue de esta villa, otorga su testamento en el que dispone: que cualquiera de sus hijos que se quedase con el trapiche que tiene entre sus bienes, le dé 100 pesos anuales a la madre Isabel de Jesús Nazareno, su hija, Religiosa Profesa del Velo y Coro en el convento de San Gerónimo [Jerónimo] de la ciudad de los Ángeles, para el socorro de sus necesidades, para locual se impongan 2 000 pesos sobre el trapiche, y cuando su hija muera deberá cesar la renta y los 2 000 pesos se repartirán entre sus herederos. Declara que su marido llevó al matrimonio 9 000 y ella llevó lo que constará por carta dote, y durante su matrimonio procrearon al Bachiller Juan Valero de Grageda [roto], a quien le dieron 12 caballerías de tierra en esta jurisdicción, en el que tiene fundado un trapiche con los ganados que constarán en inventario; a doña María Valero [Grajeda], mujer del Capitán Joseph [José] Blanco, a quien le dio en dote 7 327 pesos y 5 tomines; a don Joseph [José] Valero de Grageda [Grajeda], Presbítero, a quien no tenían dado cosa alguna, aunque le dieron 1 000 pesos para graduarse de doctor, esos fueron por legado que le hizo Juan García Caballero; a Miguel Valero de Grageda [Grajeda], Alférez Mayor de esta villa, quien recibió un rancho de labor en esta jurisdicción con la cantidad de tierras, ganado y aperos que constará por inventario; a Francisco Valero [de] Grageda [Grajeda], el cual recibió 12 caballerías y media de tierra en esta jurisdicción, en las que fundó un trapiche de hacer azúcar en precio de 4 000 pesos de oro común, y respecto a que hubo litigio sobre caballería y media de dichas tierras, de que ha tomado posesión el mayordomo de la cofradía de las Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, ordena se ajuste esta dependencia; a la madre Isabel de Jesús Nazareno, por quien han pagado al convento de San Gerónimo [Jerónimo] 1 500 pesos y restan debiendo 500 pesos que está pagando a réditos; a don Diego Valero de Grageda [Grajeda], soltero de [veintiséis] años, no tiene recibido cosa alguna; y a Gertrudis Valero [Grajeda], fallecida. Declara que entre sus bienes y los de su marido, [hay] 1 000 pesos que a don Francisco Valero [Grajeda] [le dejó] Juan García Caballero, padre de la otorgante, de los cuales le tiene pagados 700 pesos, los 400 en el precio de un mulato nombrado Luis, como consta en escritura que su marido le hizo de las 12 caballerías y media de tierra, y los restantes 300 pesos que cobró del Bachiller Miguel Daza Centeno, del precio de la estancia de Acultzingo, debiéndole solamente 300 pesos. Manda se den 100 pesos a doña Marina Valero, su sobrina. Declara tener deudas con Salvador Domínguez; con la madre Gertrudis de San Francisco, Religiosa del convento de la Concepción de la ciudad de los Ángeles, aquien le debe 150 pesos. Ordena que a María Valero [de] Grageda [Grajeda] se le entregue una mulata, su esclava. Nombra por albaceas al Bachiller Juan Valero [Grajeda], al Doctor [Joseph], al Alférez Miguel Valero [Grajeda], don Francisco Valero [Grajeda] y al Capitán Joseph [José] Blanco. Como herederos nombra a don Juan, Joseph [José], Miguel, Francisco, Diego y María Valero de Grageda [Grajeda], sus hijos.
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