Doña María Paulina Nava, viuda de don Francisco Pensado; con su hermano político don José Catarino Pensado y Navarrete, albacea del citado don Francisco y apoderado de las hijas de éste, doña Juana Francisca y doña María del Carmen Pensado, según los poderes que le han conferido; y por la otra, doña María Francisca de la Rocha de Badillo, mujer legítima y conjunta persona de don Francisco Badillo, con licencia de su marido para otorgar escritura. Dijeron los primeros que han celebrado venta en favor de la segunda, el rancho o trapiche nombrado Atexca, ubicado en esta jurisdicción, el que quedó por bienes del citado Francisco Pensado, por el monto íntegro que ascienden los avalúos que acaban de hacerse por peritos inteligentes a satisfacción de ambas partes, quedando reconociendo la compradora sobre la misma finca, y con causa de réditos de un 5 por ciento en cada un año, 3 000 pesos, los 1 000 de ellos en favor de la viuda doña María Paulina, por el preciso y perentorio término de tres años, contados desde el día que se otorgue la escritura; y los 2 000 restantes en favor de la testamentaría vendedora, redimibles a los catorce meses de la fecha antes dicha; y el resto que entregará la compradora al albacea en partidas según convenga, luego que se reciba de la finca, completando el monto al firmarse la escritura. Y por cuanto para otorgarse dicha escritura de venta se necesitan los títulos, cuya operación demanda algunos días, en ahorro de atrasos y retardos que infieren a la testamentaría nuevo desembolsos, están conformes en que mientras esto se verifica, se entrega la finca a la compradora, para que ésta adelante sus labores y trabajo en razón a que la molienda de caña se llega próximamente, y se necesita para ello algunos gastos que no debe impender la testamentaría. Por lo cual, se obligan en toda forma de derecho, con su persona y bienes de la testamentaría habido y por haber, y la segunda, lo acepta en todo y por todo según en él se contiene.
Zonder titelATEZCA, RANCHO DE
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La señora doña María Francisca de la Rocha de Badillo, en consorcio de su esposo don Francisco Badillo, y previa licencia que éste le concedió, dijeron por parte de los interesados en la testamentaría de don Francisco Pensado se le vendió a la nominada doña Francisca un rancho o trapiche nombrado Atezca, ubicado en términos de este cantón, que entre las condiciones contenidas fue una que habían de quedar impuestos 1 000 pesos con pensión de réditos de un 5 por ciento anual a favor de doña María Paulina Espejo y Nava, viuda del enunciado difunto Pensado para redimirlos en plazo de tres años, el cual ha tenido efecto el 6 del mes actual. Y que no restando otra sino formalizar en favor de dicha viuda la correspondiente escritura de hipoteca, los nominados doña Francisca de la Rocha y don Francisco Badillo otorgan estar debiendo aun la cantidad de un 1 000 pesos por resto del valor del mencionado rancho, y que esta suma pertenece a doña María Paulina Espejo y Nava, y se obligan a reconocer la relacionada cantidad para redimírselos en el plazo de tres años y a continuar pagando el rédito de un 5 por ciento; y para seguridad del pago de dicho capital queda hipotecado el repetido rancho de Atezca.
Zonder titelDoña María Francisca de la Rocha de Badillo, mujer de don Francisco Badillo, por licencia marital del susodicho, dijo que desde el 7 de noviembre último pasado, están en su poder 260 pesos que redimió don Manuel Tavera como gravamen que reportaba la casa de su padre don José Antonio [Tavera], los 200 de ellos y sus réditos de 5 por ciento anual, para que se celebrasen misas al Señor San José, y con los réditos se dijese la novena del mismo Señor San José y misa por el alma de Juan de Olmedo. Cantidad, que la comparente se obliga a reconocer por el tiempo de nueve años, pagando sus correspondientes réditos de 5 por ciento anual, que importan 13 pesos, de los que exhibirá 3 pesos a principios de marzo de cada año, y los 10 pesos restantes en los días siete de todos los meses de noviembre, que entregará a los curas de la parroquia de esta, para que cumplan la imposición de esas obras pías. Por dicha deuda, hipoteca un rancho y trapiche nombrado Atezca, que por suyo propio posee, ubicado en esta jurisdicción.
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