Don Carlos Guevara, vecino de esta Villa de Xalapa, pone de aprendiz del oficio de barbero a un muchacho nombrado Manuel Jácome, hijo legítimo de José de Jácome, natural del pueblo de Coatepec, con el maestro barbero don Juan Castellanos, de esta vecindad, por 3 años, tiempo en el que le enseñará el oficio, mostrándole todas sus reglas y preceptos que le ha de dar a entender y explicar.
APRENDICES DE OFICIOS
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Doña [Josefa] Manuela de Huesca, viuda de don José de [la] Vega, y don José Bernal, de esta vecindad, madre y padrino de José María Vega, de 11 años de edad, han convenido ponerlo de aprendiz del oficio de sastre con el Maestro don Luis [de] Guevara, por el término de 5 años. Dicho Maestro se obliga a enseñarle la profesión en términos que pueda llamarse oficial de él, sin olvidarse de enseñarle las nociones cristianas y religiosas.
Juan Crisóstomo Zavaleta, indio natural de esta Villa de Xalapa, padre y legítimo administrador de don José Serafín Zavaleta, menor de 14 años de edad, a quien pone de aprendiz de oficio de zapatero con Matías de la Luna, maestro de dicho oficio de esta misma vecindad, por el tiempo de 5 años, tiempo en que lo ha de tener en su casa y tienda, enseñándole su oficio.
Bárbara Gertrudis Pérez, vecino de la Villa de Xalapa, como madre natural de José Agustín, otorga que pone a dicho su hijo por aprendiz de platero, con el maestro José Antonio de Rivera, de esta vecindad, por tiempo de 5 años en los cuales ha de tener en su poder y bajo su dominio enseñándole dicho oficio.
Don Manuel de Cardeña, Guarda de la Real Renta de Alcabalas de esta Villa, vecino de ella, y don Juan José Castellanos, Maestro de Flebotomía, manifiesta el primero, que el 12 de junio del año pasado, puso de aprendiz a su hijo, de 12 años, con José Antonio Pereton, Maestro del mismo arte, pero habiendo éste sido alistado en las Milicias de las Tres Villas, y necesariamente pasado a la Villa de Córdoba ha incorporarse a su regimiento, considera necesario el recoger a su hijo, y como pueda dilatar el regreso de aquel, le parece oportuno para que no pierda tiempo el expresado joven en continuar el oficio, el ponerlo nuevamente a cargo del citado Castellanos por el tiempo de 5 años, tiempo en que lo ha de instruir y ha de entregar sabiendo completamente el oficio.\t
Doña Juana Manuela de Alba, vecina de la Villa de Xalapa, esposa de José Miguel de Iriarte y Lezeta, dijo que a causa del fallecimiento de Cipriano Bonares y su mujer Rosa del Pino, quedó a su cargo el hijo de éstos, nombrado José Rafael Bonares, ahijado de la otorgante, con la obligación de velar por él, de su crianza y educación, por lo que otorga que lo pone de aprendiz del oficio de sastre con el maestro Jacinto Guerra, español, vecino de esta Villa, el cual se encargara de las atenciones básicas del muchacho; tal acuerdo será por tiempo de 9 años, después de los cuales habrá de regresar con su madrina.
José Antonio Vázquez, español y vecino del pueblo de San Juan de los Llanos, residente en esta Villa de Xalapa, pone de aprendiz del oficio de herrador y albéitar a su hijo legítimo, José Leonardo de Jesús Vázquez, de 19 años de edad, con el maestro Manuel Rincón, por el tiempo de 5 años.
Don José Marín, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que pone a su hijo José Joaquín Marín por aprendiz del arte de herrador con el maestro don Simón Francisco de Castro, vecino de la ciudad de la Veracruz, por tiempo de tres años, en cuyo tiempo le ha de enseñar el dicho arte teniéndolo en su casa y compañía, dándole de comer y beber, ropa limpia, cama y curarle sus enfermedades de corta duración.
Ignacio Muñiz, vecino de esta Villa, por la presente entrega a su sobrino José Joaquín Durán, de 11 años de edad, con José María Saldaña, Maestro Zapatero de esta vecindad, como aprendiz de dicho oficio por el término de 5 años.
Don Manuel de Cárdenas, Guarda de la Real Renta de Alcabalas, vecino de esta Villa, dijo que su hijo Juan Bautista, de 8 años de edad, esta en postura para aprender algún oficio, por lo que otorga que lo pone de aprendiz de oficio de sastre, con el Maestro Anastasio Conde, facultativo en dicho oficio con tienda pública en esta Villa, quien señaló que acepta y se obliga a instruirlo por término de 8 años, enseñándole, asistiéndole y curándole sus enfermedades para que pueda laborar en cualquier tienda pública de su ejercicio.