Francisco Sánchez de Torres, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Ojeda en el Reino de Aragón y Castilla, hijo legítimo de Pedro Sánchez de Torres y de Ana Roques, su mujer, que no sabe si son difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que tiene cuentas con Nicolás de Olivera, como administrador que es del trapiche de doña Josefa García de Miranda. Ítem declara que le son deudores el Regidor Francisco de Aguilar, Joseph [José] Gatica y Juan Martín, Gobernador pasado del pueblo de Amatlán. Menciona como parte de sus bienes doce mulas y machos, las once de carga y aparejadas, y una de silla; una yegua rosilla y un caballo bayo. Declara por más bienes la cantidad que pareciere de haber traído de la Nueva ciudad de la Veracruz, Simón de Arévalo, vecino de esta villa, del valor de nueve cargas de panela, una de jabón y otra de chile [roto] que le entregó en esta dicha villa para que lo vendiese de su cuenta. Declara que es casado y velado con Michaela [Micaela] de Aguilar, no tuvieron caudal por lo cual no se hizo carta de dote, procrearon a Juana Sánchez de Torres, de más de cuatro años de edad. Nombra por albacea, tenedor de bienes, tutor y curador ad bona al Regidor Perpetuo y vecino de esta villa Francisco de Aguilar para que los venda y remate en almoneda. Nombra como su única y universal heredera a su hija.
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Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, y Diego de Brito Lomelín, compadres y vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que para mayor unión y conservación del [parentesco] y amor que se tienen, y para mayor servicio de [Dios Nuestro] Señor y bien de ellos, hacen compañía en el trapiche de hacer panela que Pedro López del Castillo compró a Antonio de Mayorga y Felipa de la Cruz, su mujer, compuesto por 3 caballerías y 2 suertes de tierra en esta jurisdicción, que linda con el sur con una barranca que divide dichas tierras y las del pueblo de Amatlán, y por las demás partes con los baldíos de esta villa. El trapiche y demás bienes y efectos que lo componen montan la cantidad de 3 858 pesos 4 reales, los cuales pone Pedro López del Castillo por su parte en esta compañía, en tanto Diego de Brito Lomelín pone en esta compañía la solicitud y trabajo de su persona y los bienes necesarios que tiene para dicha hacienda, como lo es la casa de su vivienda en esta villa, su esclavo Francisco y demás géneros necesarios, durante cuatro años que dure la compañía.
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