ALGUACILES MAYORES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0012 · Unidad documental simple · 1715/01/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, natural de la aldea de Martín Longo, jurisdicción de la villa de Alquitin [Alcoutim] en los reinos de Portugal, hijo de don Manuel Martínez, Regidor que fue de dicha villa y de doña Águeda Parela de Solís, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Orden Tercera de Penitencia es hermano, y sepultado en la capilla del convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa de Córdoba. En caso de que la iglesia de San Antonio se llegase a reedificar, manda que sus huesos sean trasladados a la bóveda que tiene hecha en el presbiterio. Manda se digan misas por la pitanza ordinaria por las almas del purgatorio, misas por las almas de sus esclavos y sirvientes que fallecieron bajo su servicio. Fue casado con doña Juana de Gatica y Aguilar, quien llevó al matrimonio 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos, y durante los 34 años de casados procrearon a doña Águeda María de Solís y Gatica, mujer del Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la ciudad de México, a la que ellos le dieron 14 000 pesos poco más o menos y después de pasado algún tiempo le dio al Licenciado otros 6 000 pesos para aumentar la dote, aparte otros 8 000 pesos y 52 000 pesos que le quedó debiendo de lo que le corresponde a su legítima materna, que todas las partidas suman 90 000 pesos. Pasó a segundas nupcias con doña Rosa María de Rivadeneira, hija de don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, quien llevó por dote 1 033 pesos junto con 7 000 pesos con los que él la dotó en arras propter nuptias, y él tendría por caudal propio 130 000 pesos poco más o menos, actualmente su mujer se haya en cinta. Por instrumentos, partidas de libro y diferentes papeles constará lo que le deben diferentes personas. Señala él es único patrono del convento de San Antonio de esta villa y como tal ha atendido y aplicado con todo amor y celo de servicio a Dios y devoción al santo, fabricar dicho convento e iglesia, cuyos gastos fueron con el mutuo acuerdo de su primera mujer doña Juana de Gatica, difunta, y debido al temblor que hubo la noche de 15 de mayo de 1714 la iglesia sufrió maltrato, de tal suerte que fue preciso echar abajo toda la bóveda y hoy se halla por esta razón deteriorada. Manda todos los años, un día de la Octava de Todos Santos en que la iglesia celebra y se hace conmemoración de las almas de los difuntos, se diga una misa cantada, con su vigilia y reposo por su alma y la de su esposa, y para ello se den 250 pesos de principal, cargados en el valor de una de las tres haciendas de beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción nombrada de la Concepción, para que con sus réditos de 12 pesos y 4 reales se apliquen a la memoria de las misas referidas, y si la hacienda se vendiere o enajenare en cualquier manera sea con el cargo de censo. Manda que del quinto de sus bienes se saquen 8 000 pesos para la reedificación de la iglesia y convento de San Antonio, también encarga a sus herederos que si dicha cantidad no alcanzare prosigan la obra hasta concluirla. Manda que a su hija Águeda se le den otros 15 000 pesos que faltaron al capital del tiempo que se hicieron los avalúos antes de pasar él a segundas nupcias. Manda se carguen 940 pesos de principal e impongan sobre el valor de la hacienda nombrada San Joachin [Joaquín] para que con sus réditos se digan misas por él. Asimismo, se carguen sobre la hacienda de San Francisco [de las Mesillas] la cantidad de 1 000 pesos de principal redimible, para que con sus réditos de 50 pesos sea perpetua la fiesta de San Antonio. Manda se haga una fiesta al Papa San Gregorio, para lo cual señala por limosna 12 pesos 4 reales, imponiendo 250 pesos de principal sobre una casa nueva que tiene en la calle Real. Es su voluntad que a Margarita María mulatilla su esclava de seis años de edad se le dé libertad, y cuando cumpla los catorce años se le den 200 pesos para que se impongan a 5 por ciento de réditos y entregárselos a sus padres para ayuda de su vestuario. Que a Gertrudis de Nares, su ahijada se den 100 pesos vía limosna. Tiene noticias de hermanos o hermanas en el reino de Portugal, por lo que es su voluntad que, si viniere alguno de ellos a este reino, y compruebe ser su legítimo hermano se le den 1 000 pesos, entendiéndose que pasado 10 años desde el día de su fallecimiento esta cláusula será derogada. Manda que sus albaceas remitan 200 pesos en reales a la aldea de Martín Longo, en el reino de Portugal, para que se entreguen al cura de la parroquia de la aldea en donde fue bautizado, nombrada Nuestra Señora de la Concepción. Manda se den 24 pesos a cada una de las cofradías del Santísimo Sacramento y de la Limpia Concepción. Señala compró el oficio de alguacil mayor el cual renunciará, para cuando llegue momento, en don Gaspar Rendón, en el Capitán don José de Carvajal y Contreras y en el Capitán don Pedro López del Castrillo. Tiene una casa de cal y canto en la calle de María Andrea. Declara que el derecho de las alcabalas de esta villa las tiene en compañía de don Gaspar Rendón de quien tiene recibidos 1 100 pesos, la recaudación y cobranza de ellas van a mitad de ganancias. Señala se remataron carnicerías de vaca y toro de novillo en esta villa en don Francisco Valero y Alvarado, a quien por ser pobre le ha suplido todos los costos, gastos, compras de ganado y todo lo necesario para su abasto, por modo de compañía. Señala es patrono del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de Los Ángeles. Declara que el quinto de su esposa doña Juana de Gatica, fue la cantidad de 15 000, lo cual dispuso en varias obras pías dejándolo a su disposición de él, de las cuales unas están cumplidas. Él es único patrón del convento de San Antonio de Padua de religiosos Descalzos Franciscos, sito en esta villa de Córdoba, y en atención al derecho que le asiste instituye y nombra a doña Águeda María de Solís y Gatica, su hija, por única patrona del convento, y en caso de su fallecimiento si sucesión, nombró e instituye al varón o hembra que diere a luz doña Rosa María de Rivadeneira, su segunda mujer, y en caso de que no viva la prole que diera a luz la susodicha y que su hija Águeda falleciere, instituye a Rosa María de Rivadeneira. Nombra por sus albaceas a doña Rosa de Rivadeneira, su mujer, al Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, al Capitán don Manuel de Rosas y al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecinos de esta villa, a todos juntos de mancomún, y por solo tenedora de bienes a Rosa y a don Alonso López de Sagade Bugueiro. Nombra por heredera a doña Águeda María de Solís, hija del primer matrimonio, y al póstumo o póstuma que dará a luz su mujer Rosa María de Rivadeneira, a quien también nombra tutora y curadora. Revoca cualquier otro poder para hacer testamentos, codicilos, poderes para testar.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0060 · Unidad documental simple · 1715/05/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, otorga poder al Licenciado don Rodrigo Rincón, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente, todas y cualesquiera maravedíes, reales, pesos, mercaderías y otras cosas que le deban a través de vales, pólizas, libranzas o de cualquier otra manera. De lo que reciba, entregue carta de pago y los demás recaudos que convengan; también, le delibera el presente para que se encargue de los pleitos causas civiles y criminales.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0056 · Unidad documental simple · 1716/05/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, que está en la calle que viene del pueblo de San Juan Tetitlan de las Casillas al rastro. La cual se compone de una sala y una recámara, con 23 varas y media, una cocina contigua, una caballeriza de colgadizo y su pozo, un aposentillo en alberca como de 6 varas cuadrada, quebrantada de los temblores, y otro pedazo de pared labrada para la puerta principal, también quebrantada de los temblores, con otras piedras sueltas, que todo el solar se compone de 37 varas de frente y 23 y media de fondo y se incluyen 7 varas eriazas. Dicha casa linda por una parte, con solar eriazo de Juan Rodríguez Teiseira, que hubo y compró de doña Josefa Gómez Dávila, su hermana; por el otro lado con casas de doña Gertrudis de Gatica; y por el fondo con la susodicha y casas de Diego de Palma; y hace frente, calle en medio, con solares eriazos del Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís e Isabel Pérez de Moya, viuda de Jerónimo de Leiva; y dichas 37 de frente y 23 y media varas las hubo y heredó del Secretario Domingo Antonio Gómez, su padre, y las 12 restantes, asimismo, hubo del Señor Cabildo de esta villa por merced que le hizo el 1699. La vende con sus entradas, salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de deuda, obligación, empeño e hipoteca, capellanía, al precio de 1 570 pesos de oro común.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0169 · Unidad documental simple · 1756/11/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Bernardo de Ceballos, vecino republicano de esta villa de Córdoba, Alcalde, exhibió tres testimonios de otras tantas escrituras, y en el primero consta que Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, ambos de esta vecindad, recibieron del citado don Bernardo como heredero, albacea y fideicomisario de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y por tiempo de nueve años a favor de la fiesta anual, que conforme a la voluntad de don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera, ha de celebrarse perpetuamente en el convento de San Antonio de esta villa y con toda la solemnidad al Apóstol Santiago el 25 de julio de cada año. Del segundo testimonio consta que los expresados don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, confesaron haber recibido de don Bernardo de Ceballos, la cantidad de 3 000 pesos de oro común, por los mismos que en nombre de dicho difunto don Carlos Mosquera y a beneficio de su alma aplicó el referido don Bernardo a doña Ana María Mosquera, su sobrina, niña doncella, vecina del pueblo de Orizaba, hija legítima del Alguacil Mayor don Pedro Bernardo Mosquera de Valladares y de doña Francisca Javiera Gutiérrez del Mazo, difuntos, para que cuando tome estado se le entregue el expresado principal, y mientras se le satisfagan sus réditos, y si falleciere la susodicha sin tomar estado, entre desde el primer día de su muerte en el nominado principal y réditos la escuela de niños de todas calidades y condiciones, y se obligaron a tenerlos por vía de depósito irregular y a pagar a Francisca Javiera. Y en el último testimonio consta que Gaspar Mejías de reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, su mujer, otorgaron haber recibido del citado [Bernardo de Ceballos] la cantidad de 3 000 pesos de oro común [roto], en nombre de dicho difunto, los cuales aplicó [a] María Ignacia, niña doncella, hija legítima del Regidor don Pedro Laso y doña Juana de San Pedro Rodríguez Romano, todos vecinos de esta villa, para que cuando tome estado se le entreguen y en el entretanto se le den los réditos, y en caso de que fallezca sin tomar estado, entre en esta piedad el hospital de mujeres enfermas que se intenta fundar en esta villa, y si no tiene efecto la fundación, entre en el principal y réditos el convento de Señor San Antonio de esta villa para que se convierta en uno y otro en la obra material; de cuya cantidad otorgaron haber recibido y se obligaron a tener por vía de depósito irregular. Y para seguridad de las tres cantidades que suman 8 000 pesos hipotecaron el importe de las legítimas paternas y maternas de la mencionada doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza; una casa principal de edificio bajo de cal y canto cubierta de madera y teja que poseen en esta villa; y también una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que les pertenece.

              DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0063 · Unidad documental simple · 1708/06/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Barrios, vecino de esta villa, padre y legítimo administrador de las personas y bienes de Magdalena y José, sus hijos legítimos, y de doña María Gómez de Gatica, difunta, dijo que por cuanto el 28 de abril de 1707 presentó escrito ante el alcalde ordinario, en donde pidió que se mandara que de los bienes de don Nicolás de Olivera, difunto, se le paguen 606 pesos que le debía a los de doña Jerónima de Gatica, su suegra, y en su representación a los dichos sus hijos menores, nietos y herederos de la susodicha; cuya cantidad se había rebajado por el contador en los autos del juicio divisorio de los bienes del dicho don Nicolás de Olivera, aplicados sobre los 36 000 que se debían del remate del trapiche nombrado San Francisco de Mesillas, que se le remató al Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, y pidió que de los 2 000 y más pesos que paraban en poder de dicho Alguacil Mayor se le notificase entregase la referida cantidad. Y por auto proveído por el alcalde mandó se le notifique al citado alguacil mayor que con citación de don Juan de los Santos Cubillos, albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa quien lo fue del dicho Nicolás de Olivera, pague al otorgante de los 2 000 y más pesos que paraban en su poder de resto de dicha hacienda, los 650 pesos que pedía en representación de sus hijos menores, nietos y herederos de doña Jerónima de Gatica; por lo que poniéndolo en efecto otorga haber recibido del dicho Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, a saber 506 pesos y 6 reales de oro común, y aunque fueron 650 pesos, los 143 pesos y 6 reales el dicho alguacil los tiene gastados en el funeral de la citada Jerónima; asimismo, unos sarcillos grandes de oro y perlas, entre otros artículos que quedaron del remanente de los bienes e importaron 185 pesos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0145 · Unidad documental simple · 1708/08/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Por una parte, don Pedro Mártir Caballero, residente en esta villa, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles; y por la otra, los vecinos y dueños de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, el Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, y el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbíteros; los Capitanes don Pedro López del Castrillo y don Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcaldes Ordinarios por Su Majestad; don Miguel Valero Grajeda, Alcalde Ordinario, el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor, Diego Valero Grajeda, don Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, don Alonso López de Sagade Bugueiro, don Manuel Gómez Dávila [roto] don Manuel de Rosas [roto], Juan de los Santos Cubillos [roto], en voz y caución se obligan de mancomún a pagar a Pedro Mártir Caballero la cantidad de pesos que a cada uno se le ha rateado para el cumplimiento de 4 000 pesos, de que a mayor abundamiento se dan por entregados.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0092 · Unidad documental simple · 1709/08/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de la Cruz, vecino de esta villa, dijo que [por escritura con fecha de] veintisiete de febrero de [roto], Salvador Bañuelos, vecino de esta villa, le vendió un cuarterón de solar de 12 varas y media de frente y 50 de fondo, en esta villa, frontero de la casa de la morada del Capitán don Pedro López del Castrillo; linda por una parte con casa de Isabel de Rojas y por otro lado con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el fondo con solar de José Pascual de Canoas Pérez; en precio de 50 pesos de oro común. Por la presente, hace gracia y donación de dicho cuarterón a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa y en su nombre a su mayordomo.

              ANTONIO LORENZO DE RIASCOS, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0013 · Unidad documental simple · 1698/02/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa, como hermano y apoderado de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, otorga que renuncia y traspasa a Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, 2 500 pesos de censo principal impuestos y cargados sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar del Capitán don Francisco Cruzado, cuyo traspaso hace en pago de la cantidad de 2 333 pesos 3 tomines que su hermano debía a Gregorio Martínez por cierta venta de tierras en esta jurisdicción, en las cuales está fundado un trapiche de hacer azúcar nombrado Tegueguecoyot [sic], la cual no tuvo efecto por estar la propiedad de dichas tierras en litigio con el Cabildo de la villa de Córdoba, y para evitar el remate de los bienes de don Gaspar Carlos y gastos del litigio acordaron este traspaso.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0047 · Unidad documental simple · 1698/05/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Jacinto de Ledos [y Pasos], vecino de esta villa de Córdoba, y doña Gertrudis López [de Guzmán], su mujer, venden al Capitán Gregorio Martínez de Solís, [Alguacil] Mayor y Regidor perpetuo de esta villa, una esclava mulata propiedad de doña Gertrudis, quien la hubo de sus padres [roto], nombrada Tomasa, de veintiocho años de edad, con su pequeño hijo nombrado Faustino, de cuatro meses de edad, la cual está casada con Joseph [José] Antonio, negro esclavo de dicho alguacil mayor. Y la venden junto con el niño en precio de 424 pesos de oro común.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0053 · Unidad documental simple · 1698/05/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, de donde es vecino y natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Juan Ramírez de Villafuerte y de doña Manuela Caballero de Carbajal [Caballero de Carvajal], difuntos, vecinos que fueron de dicha villa de Lepe, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena a sus albaceas y herederos mandar decir todos los años una misa cantada al Señor San Roque, en la iglesia parroquial de esta villa y por su limosna, con la cera y cantores, se han de pagar 3 pesos de oro común, para lo cual sitúa y señala 60 pesos en el valor de su hacienda de trapiche de fabricar azúcar que posee en la jurisdicción de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción. Es su voluntad se saque de sus bienes lo que importe el costo de unas vidrieras y la manufactura, las cuales ordena se pongan en todo el circulo que hace la imagen de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en el altar mayor de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes se separen 1 000 pesos de oro común que han de quedar impuestos sobre dicha hacienda, [roto] [para que se] diga la misa al glorioso Señor San Roque y para el aceite que se ha de gastar todo el año en la lámpara del glorioso Señor San José, en su altar que está en la iglesia parroquial de esta villa. Dijo que su hacienda tiene cargados 1 000 pesos a censo redimible pertenecientes a Nuestra Señora de Ocotlán, jurisdicción de la ciudad de Tlaxcala, y por cuanto con dicha cantidad ha aumentado la hacienda, es su voluntad que los 1 000 pesos queden cargados perpetuamente y se paguen los 100 pesos de sus réditos cada año al capellán del santuario de dicha señora. Ordena sacar 500 pesos de oro de su remanente y de ellos hacer un colateral al Glorioso San Joaquín, con los cinco señores de Jesús, María, José, Joaquín y Señora Santa Anna pintura en lienzo, menos el cuerpo de San Joaquín pues éste ha de ser de busto, el cual se ha de poner en la iglesia parroquial de esta villa, en la parte y lugar más inmediata al altar del Señor San José. Declara por bienes las casas de su morada en esta villa, que compró por remate público de los bienes de Joseph [José] de Nares, sita en la calle Real, que de la plaza Pública va al camino real que sale para Veracruz, y una esclava nombrada Teresa. Asimismo, declara tener dos solares de 50 varas de frente y 50 de fondo en esta villa, uno yermo que linda por el fondo con casa de Mariana Martín y por el frente, calle en medio, con solar de María González, viuda de Juan de la Cruz; el otro solar hace frente, calle en medio, con casas de Benito Rendón, hace esquina frente a casas de Juan de Soto Noguera, y por el fondo linda con solar de doña María de Brito, en cuyo centro del solar hay una casa baja. Declara por bienes la hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que hubo y compró a Pedro García de Messa [Meza], con 4 caballerías de [tierra] y hoy se encuentra con 8 caballerías y media [roto] que ha comprado a don Francisco de [Rivadeneira], apoderado de don Gaspar Carlos de [Rivadeneira]. Declara estar casado con doña Juliana de Contreras y Sid [Cid], hija legítima de Gonzalo de [Herrera y] Contreras y doña Josepha Cid [Josefa Cid de Lara], vecina de esta villa, con quien procreó a María, de catorce años; a Joseph [José], de doce años; a Manuela, de nueve años; a Gertrudis, de cuatro años; y Ana Francisca, niña de pecho. Nombra como albaceas al Regidor Miguel de Leyba y al Alguacil Mayor [Gregorio] Martínez de Solís, vecinos de esta villa, y a su esposa Juliana. Nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su esposa.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL