Don Juan Francisco de Campo, vecino de la Jurisdicción de Jalapa, debe y se obliga a pagar a Francisco de Castro, de la misma vecindad, 670 pesos de oro común; 500 de ellos le prestó por hacerle bien y buena obra y los 170 fueron del resto de una cantidad mayor que le suplió don Antonio Laureano de Campo su hermano, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, para la compra de dicha vara, cuya cantidad se obliga a pagarle en abril de 1725 y los 170 a los 6 meses siguientes.
ALGUACILES MAYORES
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Don Antonio Laureano de Campo, Alguacil Mayor de la jurisdicción de Jalapa, dijo que en cumplimiento de lo mandado por los señores de la Real Sala del Crimen de la Ciudad de México, por auto de 28 de febrero del presente año, nombra por alcaide de esta cárcel a Cristóbal Juárez, vecino de esta cabecera, para que como tal lo use y ejerza en todos los casos y cosas concernientes a dicho cargo.
Don Cristóbal Jiménez Barragán, natural de la ciudad de los Arcos, frontera del Arzobispado de Sevilla, en los Reinos de Castilla y vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Martín Jiménez Barragán y doña María Rodríguez Angulo, viudo de doña María Jiménez de Ecal, otorga testamento en el que nombra como albaceas al Licenciado don Manuel Vicente de la Barrera, Cura, Vicario y Juez eclesiástico de esta doctrina, junto con don Nicolás Romero, vecino de este pueblo y por la ausencia de ambos a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, y como herederos a Vicente y María, sus hijos legítimos.
Don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y Jalacingo, otorga en arrendamiento a don Manuel de Torres y Morales, vecino de San Antonio Huatusco y residente en este pueblo, dicho oficio por el tiempo de 3 años, por la cantidad de 250 pesos anuales.
Don Antonio Laureano de Campo, Alguacil Mayor de la jurisdicción de Jalapa, otorga poder general a Francisco Miguel de Campo, su padre, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales demandando y defendiendo con cualquier comunidad y personas particulares, así le da libre y general administración.
Don Lucas Montenegro, vecino del pueblo de Altotonga, jurisdicción de Jalacingo, con poder que le otorgó don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y la de Jalacingo; nombra a don Domingo Pérez, Teniente de Alguacil Mayor, en la jurisdicción de Jalacingo, excepto en el pueblo de Perote, por tiempo indefinido.
Don José Antonio de Acosta, vecino de este pueblo, se obliga a pagar a don Juan de Quiñones, Alguacil mayor de esta jurisdicción y síndico del convento del padre San Francisco, la cantidad de 1, 000 pesos, en el periodo de 2 años.
Don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, se obliga a pagar a don José Antonio de Acosta, vecino de este pueblo, Mayordomo de la Cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta parroquia, la cantidad de 300, en el periodo de 6 años, con réditos de 5 % en cada año, y para mayor seguridad de la deuda, hipoteca la casa en que vive, la cual linda al poniente con la calle que sube para la Plazuela del Rey, al sur con casa de Juana de la Soledad Montañés de la Cueva, al norte con un callejón y casa de Juan José Rincón, y al oriente con otra casa del otorgante.
Don Fernando Cortés de Monroy, Alcalde Mayor que fue de esta provincia, dio su poder cumplido a Antonio de Robles, Alguacil Mayor y Regidor de la nueva ciudad de Veracruz, ausente, generalmente para que en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier maravedís, pesos de oro,plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones; y otros bienes que le fueren debidos, y de lo que recibiere, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan; asimismo, para que puedan vender unas casas de su morada en la nueva ciudad de Veracruz.
Don José de Ceballos y Burgos, vecino de esta provincia, en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, dio su poder cumplido a su hermano Don Roque Gutiérrez de Ceballos, Alguacil Mayor de esta provincia, para que en su nombre y a su dita y crédito, tome de la persona o personas que le quieran dar, hasta 2000 pesos de oro común, así en reales, plata, oro, o en géneros que hallare.