El Capitán retirado de Milicias don José de Arias[y Torija], actual Alcalde Ordinario menos antiguo de esta Villa, dueño de la hacienda y trapiche de la Orduña, ubicada en términos de esta jurisdicción, otorga que ha recibido de don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Alguacil Mayor y Procurador General de este Ilustre Ayuntamiento, la cantidad de 2 000 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo y espacio de 9 años y demás de su retención, con causa de réditos de 5% al año que entregará al citado Procurador General, cuyo principal es el mismo que impuso don Alonso de Alba, como albacea de don Juan de Quiñones, para que con sus réditos se pusiera una escuela de niños pobres, cuyos réditos estuvieron al corriente hasta el día y se hallaban impuestos en casas de don Francisco Javier Fernández de Ulloa, y por no contar con patrono se ha advocado dicho patronato al Ilustre Ayuntamiento de esta Villa. Para el seguro de dicho principal y sus réditos hipoteca la expresada hacienda nombrada San Pedro Buenavista, alias La Orduña, sita en términos del pueblo de Coatepec.
ALGUACILES MAYORES
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Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor de esta Villa de Xalapa, su jurisdicción y la de Jalacingo, dijo que por la facultad que tiene de dicho cargo, otorga que lo renuncia en don Juan Bautista de Echagaray, para que cuando él fallezca se presente con esta renuncia y demás documentos, solicitando se le despache título en forma.
Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero Alguacil Mayor de esta Villa de Jalapa y su jurisdicción, renuncia al citado oficio a favor de don Juan Bautista de Echagaray, vecino de esta villa, para que después del fallecimiento del otorgante se presente en el superior gobierno de este reino y con testimonio de esta renuncia se le despache título en forma.
Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Regidor y Alguacil Mayor de esta Villa de Jalapa, renuncia a los citados oficios a favor de don Juan Bautista de Echagaray, de esta vecindad, para que después del fallecimiento del otorgante y con testimonio de esta renuncia se presente en el superior gobierno para que se le despache título en forma.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de esta provincia y la de Jalatzingo, usando de las facultades que por leyes de estos reinos son concedidas a los que tienen oficios vendibles y renunciables como lo es el suyo, otorga que lo renuncia en don Pedro Rosete, en primer lugar para que lo sustituya, y por su falta en segundo en don Juan Lazon, y por la de ambos en don Jacinto Flores de Castro, todos de esta vecindad, para que después de su fallecimiento se le de a cada uno en el lugar que le corresponde el título en forma para su uso y ejercicio.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de Jalapa y su jurisdicción, usando de las facultades que por leyes de estos reinos son concedidas a los que tienen oficios vendibles y renunciables, otorga que renuncia el suyo en don Pedro Rosete, en primer lugar, en segundo en don Juan Lazon, y en tercero en don Francisco Flores de Castro, todos de esta vecindad, para que después de su fallecimiento se presenten en el superior gobierno de este reino con testimonio de esta renuncia y se les despache título en forma.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de Jalapa y su jurisdicción y la de Jalatzingo, dijo que usando de las facultades que por leyes de estos reinos son concedidas a los que tienen oficios vendibles y renunciables, otorga que renuncia el suyo en don Pedro Rosete, en primer lugar, en segundo en don Juan Lazon, en tercero en don Francisco Flores de Castro, todos de esta vecindad, para que después de su fallecimiento se presenten en el superior gobierno de este reino y se les despache título en forma.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada de Jalacingo, de acuerdo a los usos de las facultades de los oficios vendibles y renunciables, reitera la renuncia de su cargo y lo otorga en primer término a don Carlos Díaz y Herrero, y por su ausencia a don Pedro Rosete y a un tercero a don Juan Lazón, todos vecinos de Jalapa, para que después de su fallecimiento ocupen dicho cargo.
Don Lucas Rosete, vecino del pueblo de Jalapa, dueño y propietario del oficio de Alguacil Mayor de la jurisdicción de Jalapa, renuncia al mismo a favor de don Francisco Díaz y Herrero, don Carlos Díaz y Herrero y don Pedro Rosete, todos vecinos de este pueblo, personas idóneas y capaces de servir en él.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa y Jalacingo, renuncia al citado oficio a favor de don Francisco Díaz y Herrero, en don Carlos Díaz y Herrero y en don Pedro Rosete, para que en virtud de esta renuncia se les pueda despachar título en forma, en el orden en que aparezcan.