Don Juan Pérez, Gobernador; Miguel Juan, Regidor Mayor; [roto] y Bartolomé Francisco, Regidores; Joseph [José] de la Cruz, Alguacil Mayor; Cristóbal Jácome, Alcalde del barrio de San Juan Texucapan; y Juan de Morales, Alcalde de Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], todos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] partido de San Antonio Guatusco [Huatusco]; mediante Jacinto Beneroso [Veneroso], intérprete de dicho partido y vecino de este pueblo, y con licencia que pidieron al Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor de dicho partido, otorgan en arrendamiento a doña Micaela Ramos, viuda de Marcos Blanco y vecina de este pueblo, unas tierras que llaman el sitio de Quausxapa, que poseen a la salida de este dicho pueblo para el de San Antonio Guatusco [Huatusco], las cuales siempre han arrendado a doña Micaela, como obligada del abasto de las carnicerías de dicho pueblo, para que agostasen sus ganados. Las arriendan por tiempo de dos años y precio de 60 pesos anuales, que ha de pagar a los otorgantes o a quien les suceda, para los gastos y fiestas de la cofradía de Nuestra Señora, sita en la iglesia de este dicho [pueblo].
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOALGUACILES MAYORES
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El Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto se necesita teniente de alguacil mayor que asista los negocios que se ofrecen en el partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], usando de la facultad de hacer nombramientos y atendiendo a las calidades que concurren en don Nicolás Cano Moctessuma [Moctezuma], le nombra por tal teniente de dicho partido y sus pueblos por tiempo de la voluntad, cuenta y riesgo del otorgante.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDoña Marina Gómez Dávila, vecina de esta villa, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, su albacea testamentaria y tenedora de bienes nombrada en poder que para testar otorgó en esta villa el 6 de junio de 1691; dijo que por lo que le toca en el juicio y división que entre ella y su hijo Nicolás Rodríguez Durán, menor y heredero, se hizo de los bienes de dicho su marido ante la Real Justicia de esta villa, de su dote, arras y mitad de multiplico [roto], vende a don Gregorio [Martínez] de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja, en la esquina [roto], que está fundada en medio de un solar [roto] varas de frente y 25 de fondo, que por una parte linda con casa de Francisco de Barrios; por la otra hace frente, calle en medio, con casa de los herederos de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa]; y por el fondo con casa de Diego de Rojas. La vende en precio de 1 000 pesos de a 8 reales casa uno de oro común.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDon Nicolás de Olibera [Olivera], vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de su madre doña Josefa García de Miranda, y heredero universal de ella junto con su hermana doña Rosa Francisca de Olivera, dijo que por cuanto los bienes que heredaron le fueron entregados a él en los precios de los avalúos, obligándose a pagar a su hermana lo que le corresponde de herencia paterna y materna. Por tal razón, como poseedor de todos los bienes, es obligado a dar entero cumplimiento a las mandas y legados, deudas y disposiciones testamentarias de su madre. Una de estas disposiciones ordena que cumplidas las mandas y legados que dejó declarados, los cuales han de ser pagados del quinto de sus bienes, lo que quede líquido de su remanente se imponga a censo redimible sobre el trapiche de hacer azúcar que quedó por sus bienes en esta jurisdicción, para que con sus réditos se le acuda a la madre María de la Encarnación, su hija, Religiosa profesa en el convento de Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, para ayuda y socorro de sus necesidades. Y habiéndose sacado del quinto 2 978 pesos 4 reales en el funeral, mandas y legados, quedó de remanente 110 pesos 3 reales 10 granos, los cuales el otorgante sitúa y carga sobre todos sus bienes y especialmente sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco de las Mesillas, para que sus réditos se destinen al socorro de las necesidades de su hermana la Madre María de la Encarnación, hasta su fin y muerte, y después se conviertan dichos réditos en misas por las almas del purgatorio.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALLos Capitanes don Miguel de Valero Gragera, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Don Diego Valero [Grajeda], Francisco de Aguilar, don Baltazar González de Velilla Blanco, don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal, don Juan Valero Grageda, Regidores y en nombre de la vecindad de esta dicha villa, otorgan poder especial al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de la vecindad de esta dicha villa, parezca ante dichos señores, contador general y jueces oficiales reales de la ciudad de México, y pida que se haga el remate de dichas Reales Alcabalas de esta villa, su jurisdicción y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], en la cantidad de 1 100 pesos en que se le había rematado al Alférez Juan Jiménez por el tiempo de nueve años los cuales se expresan en dicho remate, obligando a este Cabildo a la paga de ello en la misma manera y cantidades de exhibición y contado.
JUAN DE LA BEGUELLINA Y SANDOVAL, JUEZ RECEPTORFrancisco de Solís, Alguacil Mayor y vecino de esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Ignacio de la Torre, vecino y obligado de la carnicería de carnero de la Nueva ciudad de la Veracruz, dos negros nombrados [roto] de nación Angola y Diego de nación Malemba, ambos de cincuenta años de edad más o menos, por precio de 100 pesos de oro común cada uno.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], vende al Capitán don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa, un esclavo negro nombrado Benito, criollo de la Isla de Santo Domingo, de veinticinco años de edad, por precio de 400 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, vecino de ella, en nombre de Magdalena de Milla Gutiérrez, parda libre, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga que vende al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una negra nombrada Juana, de nación Mina, de edad de 20 años. La venta se realiza por precio de 200 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, menciona que el 17 de octubre del mes de agosto del presente año otorgó testamento, sin embargo a la fecha se le ofrece añadir y quitar algunas cosas a dicho testamento y para darle efecto por vía de codicilio ordena lo siguiente: Declara que por cláusula testamentaria ordenó que después de los días de doña Gertrudis de Gatica, su mujer, con lo que rentaren en una casa que tiene en la ciudad de la Veracruz y otra en la villa de Córdoba, se saque una huérfana el día de San Antonio de cada año, y por la presente fecha ordena que a la huérfana que saliere se den solamente 300 pesos para su dote y de lo que restare de dichos arrendamientos se han de pagar los réditos de los censos que la casa de Veracruz tiene impuestos. Asimismo, ordena que en la elección que el Cabildo hiciere de las huérfanas que dicha obra pía hayan de salir, sean preferidas las parientas del susodicho o de su esposa. También declara que le adeudan las siguientes personas: Luis de Ulloa, hermano de la Tercera Orden; Salvador Pérez Milián; y los bienes del difunto don Gaspar González. Declara que de los “dos mil treinta y tantos pesos” que entregó al Capitán Francisco Canales [y Gacio] para llevar a Castilla se le adeudan 900 pesos, y si pareciera haber cobrado algo más de que no se acuerda se rebaje de dichos 900 pesos. Por otro lado señala que tiene en su poder el valor de un tercio de cordobanes de cuenta de Juan de Arebalo [Arévalo], vecino de Tecamachalco, y otro tercio de cordobanes del susodicho, ordena se le pague. Por último declara por sus bienes una mulata nombrada Antonia que está en servicio de doña María Pastrana.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO