Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda del Alférez Sebastián de Flores Moreno, vecina del pueblo de Jalapa, el Bachiller José Joaquín de Flores Moreno y doña Mariana de la Cruz Flores Moreno, mujer legítima de Luis González de Lucena, los 2 primeros hijos, todos de mancomún, otorgan poder general a don José de Ledezma, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en sus nombres parezca ante cualquier tribunal, jueces y justicias y haga cualquier manda, pedimento, requerimiento y todo lo que se requiera.
ALFÉRECES
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El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda del Alférez Sebastián de Flores Moreno su albacea, 1, 200 pesos de oro común, mismos que el dicho Juan de Thormes dejó por manda en su testamento a cuatro sobrinos suyos a 300 pesos a cada uno, de cuya cantidad se da por entregado a su voluntad, y los recibe por vía de depósito por el tiempo de la menor edad de los mencionados.
El Capitán Miguel Castellanos de Ibarra y Ezpeleta, vecino de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, residente en el pueblo de Jalapa, tutor y curador de un hijo menor de Pedro Miguel de Thormes, su yerno difunto, en cuya representación como hermano de Juan de Thormes y en cuenta de pago de la herencia, declara haber recibido del Alférez Sebastián de Flores Moreno y de doña Gertrudis de la Gala y Thormes, sus albaceas, 8, 168 pesos y 3 tomines de oro común por la tercia parte del caudal que dejó Juan de Thormes en los Reinos de Castilla en poder de don Andrés Martínez de Murguía; confiesa que dicha cantidad la recibió en mercaderías que remitió compradas en España a precios corrientes con el mencionado caudal.
Petrona de Arauz, viuda vecina del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda del Alférez Sebastián de Flores Moreno, tenedora de bienes de Juan de Thormes, 414 pesos y 4 reales de oro común que pertenecen a Juan José de Thormes, su hijo menor, por cuya cantidad tiene otorgada escritura con especial hipoteca de una casa y por no aparecer la escritura otorga la presente por la que recibe dicha cantidad en depósito, guarda y fiel custodia con obligación de acudirle al menor con los réditos pupilares que le corresponden en cada año durante el tiempo que lo tuviera en su poder a razón del 5% o en tanto es habilitado para administrar sus bienes, quedando la mencionada casa con hipoteca.
Juana Pérez, hija legítima del Alférez Nicolás Miguel y María Pérez, difuntos, vecina del pueblo de Jalapa, otorga su testamento donde declara le debe a don Luis González de Lucena, de la misma vecindad, 2 pesos y a Antonio de Herrera, 5 pesos. Tiene entre sus bienes lo que le corresponde de la casa de su morada, ya que se las heredó Ana González de Astudillo para que lo gozaran entre ella, María Pascuala, Bartolomé Gilberto, Melchor de los Reyes y María Manuela. Cuenta con otros bienes menores de casa. Declara tuvo 3 hijos: Pascuala, Melchor y Ventura, a quienes nombra sus albaceas y herederos.
Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, y don Juan José de Thormes, vecino del pueblo de Jalapa, otorgan poder a don Tomás Martínez Navarro, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, residente en Jalapa, para que en su representación reciba y cobre de los bienes, albaceas y herederos que quedaron por muerte de doña Gertrudis de la Gala y Thormes y del Alférez Sebastián de Flores Moreno, cualesquier cantidades que se les estuviere debiendo en virtud de hijuelas de partición, cuentas de libro otorgándose cartas de pago.
El Capitán José Camino y Velasco, Alcalde Mayor; el Bachiller Manuel de Estrada, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, don Pedro de la Cadena, los Capitanes Juan de Malpica y don José Robledano de Cardeña, los Alféreces Juan de Morales, Jerónimo de Acosta y Juan José Rincón, entre otros vecinos de la jurisdicción de Jalapa, quienes dicen que en el pueblo se carece de médico y cirujano, en grave daño de la causa pública para cuya solución han solicitado y convenido con don Joaquín Cortés, vecino de la Ciudad de los Ángeles, practicante en esas facultades, a darle por igual en cada año por la curación de sus familias, sirvientes y criados las cantidades que cada uno se compromete a dar, cuyo importe es de 252 pesos y 4 tomines.
Doña Catalina de Estrada, vecina de San Andrés Chalchicomula, y Juan de Vegil, vecino de la provincia de Tepeaca, juntamente de mancomún, dieron en arrendamiento al Alférez Don Juan [de] Torres, vecino de dicho pueblo, una hacienda de labor nombrada San Andrés, ubicada en la referida jurisdicción, con sus tierras, entradas,salidas, pastos, aguas, abrevaderos y aperos, por tiempo de 9 años, a partir del 16 de febrero de 1681, al precio de 300 pesos anuales.
El Escribano Alonso Tirado notificó el auto de arriba a Doña Isabel de Neira Claver, la cual exhibió una memoria de testamento que otorgó ante el Bachiller Diego Martín de los Reyes, cura beneficiado de este pueblo, su difunto esposo el Alférez Alonso Domínguez Muñoz.
En relación con la memoria de testamento de Doña Isabel de Neira Claver, el Juez hizo parecer ante sí a Sebastián del Moral, español, vecino de Naolinco, del cual se recibió juramento y dijo haber conocido al Alférez Alonso Domínguez, y a los 9 días del presente de julio, el susodicho mandó llamar al cura de este pueblo para que le dispusiera una memoria que sirviera de testamento, por no haber Teniente ni escribano en Naolinco. Y este testigo, vio decir las mandas y declaraciones en ella contenidas.