ALFÉRECES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0036 · Item · 1704/06/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala y residente en esta villa de Córdoba, en nombre de Miguel Yáñez Morón, vecino del pueblo de Guamantla [Huamantla], en virtud del poder que le dio y usando de dicho poder, otorga que vende realmente a Marcos Zacarías, vecino de dicha villa, una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Defensa, que se compone de 10 caballerías de tierra en cuadro, que por el oriente linda con un paraje que llaman Tenexcalco; por el poniente con tierras del Capitán Pedro López del Castrillo; por el sur con la sierra de Teplatlaxco [Tepatlaxco] que va a dar al pueblo de San Juan de la Punta y por el norte con tierras del sitio Tlacomulco, con nueve suertes de caña de diferentes nombres y edades; tres calderas de cobre; entre otras cosas inventariadas en el acta; la cual dicha hacienda la vende libre de censo, empeño, hipoteca y otra enajenación especial ni general, en precio y cantidad de 4 603 pesos, en las condiciones de realizar diferentes pagos que se mencionan en el acta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0032 · Item · 1705/03/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España, del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos, debajo de la escritura que pasó en la villa de Madrid el 12 de julio de 1696, y en virtud del nombramiento que le hicieron los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa el 22 de mayo de 1699 y refrendado de Francisco Méndez de Barros que en testimonio está protocolizado en el oficio de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Nueva Veracruz, y usando la facultad para otorgar ventas de esclavos, cobrar sus procedidos y para distintos negocios tocantes a dicho asiento y armazón de esclavos, otorga que ha recibido del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda que lo es de esta villa, 2 800 pesos de oro común en reales que son los mismos que el susodicho se obligó a pagar por el valor de ocho esclavos que le compró de los del armazón de su carga en 17 de diciembre de 1702, de cuya cantidad se dio por entregado y a su vez canceló dicha escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0072 · Item · 1705/07/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Factor que fue del Asiento de Negros esclavos en este reino, celebrado con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, otorga haber recibido de don Juan Valero Grajeda, Regidor perpetuo de esta villa, 1 400 pesos de oro común en reales procedidos del valor de cuatro negros esclavos que le vendió a Antonio Hidalgo por escritura en la cual el citado Juan Valero quedó como fiador, en que se incluyen 100 pesos que dio al Alférez Antonio González Candelas, persona nombrada por el otorgante para la recaudación de los débitos para los costos de dicha cobranza, su fecha 10 de noviembre de 1700. De cuya cantidad se dio por entregada y a su vez canceló la citada escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0044 · Item · 1706/05/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              María Rodríguez, mujer legítima de Miguel de Salcedo, vecinos de esta villa de Córdoba, con licencia expresa por su marido, otorga que vende al Sargento Miguel Díaz de Aguilar, vecino de esta villa, un medio solar eriazo de 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en el barrio que llaman del Señor San Antonio, el cual hace frente las 25 varas calle en medio con casa de Diego de Rojas, linda por una parte con casa suya y por otro lado calle en medio con solar eriazo del Capitán Manuel Gómez Dávila, por el fondo con solar eriazo de doña Juana de Contreras Gatica. Dicho solar lo heredó juntamente con Manuel de Aguilar, del Alférez Juan de Aguilar y María Rodríguez, sus padres difuntos; al presente lo vende en precio de 130 pesos de oro común, los cuales se han convertido para los avíos y estudio del citado su hermano.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0086 · Item · 1706/08/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepec, natural de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], hija legítima de Francisco Ramos y de doña Mariana Franco, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera y forma siguiente: Manda se diga por su alma, la de Marcos Blanco su marido, sus padres y sirvientes difuntos, 1 100 misas rezadas. Declara que es hermana de todas las cofradías de este pueblo y pide a sus mayordomos cumplan con la obligación que deben. Ítem manda a la fábrica material de la santa iglesia de este pueblo 200 pesos. Ítem declara que debe las cantidades de pesos siguientes: 35 pesos a la Cofradía del Patriarca San José; 1 224 pesos de resto del ganado que le compró su hijo a don Jerónimo Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan; 30 pesos al Veedor don Antonio Lorenzo de [Riascos], Alcalde Mayor de este partido. Ítem declara que por una de las cláusulas del testamento de su marido el Capitán Marcos Blanco, mandó se le diesen 200 pesos a Josefa Galván, manda que luego que tome estado se le entreguen. Ítem manda que de sus bienes se le den 200 pesos a Miguel Blanco, pardo libre, que le ha servido. Ítem manda que de sus bienes se le dé una mula aparejada a Ambrosio Cocinero; asimismo, se le den 45 pesos a Manuela, niña que ha criado en su casa. Ítem manda que Lucía López muchacha que tiene en su casa se le entreguen a su madre 40 pesos, y luego que tome estado, la susodicha se los entregue. Manda a su nieta doña Ana, hija legítima de don Dionisio Serrano y Perea y de doña Nicolasa Blanco, una gargantilla de perlas y unos aretes. Ítem declara le adeudan las personas siguientes: El licenciado don Diego Tenorio, vecino de la ciudad de los Ángeles; don José de Arrucha; el Licenciado don Antonio Téllez; el Licenciado don José Rodríguez de la Peña; el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, su hijo; el Regidor Baltazar González de Velilla Blanco y el Regidor don Juan Valero Grajeda. Ítem declara por sus bienes dos escrituras de obligación que a su favor y la de su hijo don Lorenzo Antonio Blanco otorgó don Juan Mellado de Rivadeneira, una de 6 000 pesos pertenecientes a la paterna de su hijo, y la otra también de 6 000 pesos a su favor. Ítem declara que fue casada con el Capitán Marcos Blanco, difunto, de quien fue albacea, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus menores hijos; de dicho matrimonio procrearon a doña María Blanco Ramos, mujer legítima del Alférez Eugenio Serrano y Perea; doña Nicolasa Blanco, mujer legítima de Dionisio Serrano y Perea; y al dicho don Lorenzo Antonio Blanco, de edad de dieciocho años. Ítem declara por bienes adquiridos del citado su hijo don Lorenzo Antonio Blanco, ganados con su industria y su permiso, ocho mulas aparejadas, nueve caballos, dos escopetas y un par de carabinas, de las cuales le hace gracia y donación. Declara por sus bienes los siguientes: una mulata nombrada Jacinta, esclava de edad de veinticuatro años, con una hija nombrada Gertrudis de ocho meses; una negra nombrada Isabel de cincuenta años; un negro nombrado Juan de cuarenta años; un mulato nombrado Marcos de trece años y otro nombrado Gabriel José de cuatro años; seiscientos sesenta y cinco toros del abasto de las carnicerías de este pueblo; ochenta y cinco cabestros y bueyes; doscientas vacas y algunas con sus crías; cuarenta y cinco caballos y yeguas; 200 novillos y treinta y cinco mulas de recua; la casa de su morada y otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra albacea, en primer lugar, a su hijo don Dionisio Serrano, en segundo al Bachiller don José de Arucha, Presbítero, Vicario del pueblo de San Pedro Ixhuatlán; y en tercero al Alférez Eugenio Serrano, su hijo. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus universales herederos a doña María, doña Nicolasa y don Lorenzo Blanco, sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0087 · Item · 1706/08/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Alférez don José Gómez Dávila, su sobrino, vecino de esta villa, dos mulatos esclavos, el primero nombrado Alejandro, criollo de la ciudad de la Habana, que será de veintiséis años y el otro nombrado Manuel de Centeno, criollo de la ciudad de Tehuacán, de edad de treinta y cuatro años, los mismos que quedaron del Regidor don José Gómez Dávila, su hermano difunto, los cuales se remataron en pública almoneda para él. Los vende en precio de 400 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0109 · Item · 1706/10/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Tomás López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, y el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, residente en ella y vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] de esta jurisdicción, dijeron que por cuanto en esta fecha doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor que fue de esta villa, tutora y curadora ad bona de las personas y bienes de don Lucas, don Bernardo, doña Narcisa, doña Francisca y doña Josefa de Buendía, menores sus hijos legítimos y del citado difunto; presentó escrito ante el Señor Capitán don Manuel Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa, en él los propone como fiadores de la tutela que a cada uno de los menores les pertenece de la parte paterna que les toca en el juicio divisorio que se hicieron de los bienes del difunto. Y por dicho señor alcalde fueron admitidos y notificados de los autos, en cuya virtud, para que tenga validación, otorgan que se obligan como fiadores y principales pagadores de Inés María de Serrano a que tendrá en su poder la cantidad de pesos que a cada uno de sus menores hijos les toca en la hijuela de partición de los bienes de su marido, asimismo, dicha Inés María de Serrano y Perea se obliga a que dará lo que corresponde cuando sus hijos tengan la mayoría de edad, en caso de que no lo haga, los fiadores se obligan a entregar las cantidades que les toque, y para asegurar el pago, el primero hipoteca la parte que tiene y le pertenece por herencia paterna y materna de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San José [Suchiatl] en esta jurisdicción, que quedó por bienes de don Tomás López de Sagade y doña María de Brito Lomelín; por su parte don Eugenio Serrano y Perea hipoteca una casa que tiene en dicho pueblo de San Juan Coscomatepec fabricada de su caudal y una tenería aperada.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0116 · Item · 1707/08/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de trapiche en la jurisdicción de ella, dijeron que por cuanto el 19 de julio otorgaron escritura de fundación de capellanía de 3 000 pesos de principal sobre todos sus bienes, especialmente sobre las casas de su morada, altas de piedra y madera, que la dicha Josefa Maldonado heredó del Alférez Juan Maldonado y de doña María Manjarrez Azañón, sus padres difuntos, y nombraron capellanes, propietarios y patronos e hicieron los demás nombramientos, en la cual lo ratifican y aprueban en todo y por todo, y por habérseles quedado algunas cláusulas que son importantes a ella y tengan validación, lo reducen a esta escritura y como ciertos y sabedores de su derecho, otorgan que añaden a dicha capellanía las condiciones siguientes: Primeramente, es su voluntad y condición que en caso que el capellán que fuere propietario de dicha capellanía estuviere enfermo y no pueda celebrar, le conceden facultad para que mande decir las 25 misas rezadas, llevando el dicho capellán lo demás de la renta para su curación. Asimismo, es su voluntad que en caso de quedar vacante la capellanía y estuviere para ordenarse el que le sucediere, ordenan que la mitra nombre al capellán interino que diga las 25 misas y lo demás lo lleve el capellán que ha de ser propietario para ayuda de sus estudios, con lo cual se guarde, cumpla y ejecute dicha fundación de capellanía.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0143 · Item · 1707/10/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud de su poder general otorga que vende al Alférez don José Gómez Dávila, su sobrino, vecino de esta villa, el paraje que llaman el Potrerillo, con 4 caballerías de tierra y herido de molino, que por la parte del norte está entre el río de Atoyaque [Atoyac], y por la parte del sur con el río de Tleapa, que es el mismo que se le remataron a dicho su parte entre 57 sitios de tierra, en el juzgado general de bienes de difunto de esta Nueva España por bienes de Pedro Barrero. Las vende en precio de 500 pesos que han de quedar a censo principal redimible.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0174 · Item · 1707/05/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Blanco Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda del Alférez don Eugenio Serrano y Perea, difunto, como madre y administradora de las personas y bienes de sus hijos legítimos, otorga poder general al Capitán don Felipe Serrano y Perea, su hermano, que los es actual de una de las compañías del presidio de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que representando su persona y como tal tutora de sus hijos, su marido, y en representación de su dote, arras y bienes gananciales, pida, demande, reciba y cobre de cualquier persona todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y esclavos que se le estuvieron debiendo a su marido. También para que pida y tome cuenta a quienes se las deba dar, en especial las que tuvo con don Jacobo Rodríguez Díaz, su hermano difunto, de ciento cuarenta y siete curtidos que le remitió. También le otorga poder para que en su nombre y en razón de su dote venda una negra su esclava nombrada Josefa Gatica con un criollito nombrado Maximiliano de edad de un año, que son los mismos que llevó en su dote.

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