Don Francisco Fernández y Agudo, vecino y del comercio de esta villa, otorga poder especial a don Andrés Pizarro, vecino de la ciudad de México, para que cobre a don Pedro Unanue, cantidad de pesos que le adeuda y si buenamente no pudiere conseguir precedido que sea el juicio conciliatorio parezca ante tribunales inferiores y superiores de este Estado y en los demás de la Federación seculares o eclesiásticos y en ellos presente escritos, pedimentos, memoriales y cuantos papeles y recados sean favorables.
JOSÉ VICENTE DE LAS CASAS, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE TERCERA NOMINACIÓNALCALDES
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Protocolización que hace el escribano de un auto que tuvo a bien proveer el señor alcalde de primera nominación relativo a la entrega que hizo de una huérfana, nombrada María de Jesús, de trece años de edad, hija de José Antonio Alvarado y de Francisca Posadas, difuntos, a doña María Josefa Nogueira de Cordera, en los términos que explica dicho auto.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODoña Ana Josefa Flores, viuda y albacea de don José Alonso Bonilla; don José María Bonilla y Flores, actual Alcalde de primera nominación en esta propia villa, hijo, heredero y albacea del mismo finado; don José Joaquín Bonilla, igualmente hijo y heredero del mismo finado, con su curador don Luis Uribarry; y don Dionisio Camacho, albacea del difunto don José Francisco Bonilla, igualmente hijo y heredero del repetido José Alonso, todos vecinos de esta villa; dijeron que por fallecimiento del predominado José Alonso se procedió a los inventarios de sus bienes, formándose el respectivo expediente que principió en el juzgado de primera nominación de esta propia villa, y que habiendo sido electo Alcalde primero en ella para el presente año el referido don José María pasó el conocimiento de dichos autos al Juzgado de segunda nominación, donde han finalizado; que aunque por parte de don José Francisco se hicieron algunas objeciones a los inventarios y primera descripción y partición de bienes, quedaron avenidos y transigidos sobre todos los puntos en que diferían, reformándose la descripción y partija de bienes, aplicándoselos en pago de sus respectivos haberes. Y por la presente, otorgan que mutuamente se aplican y adjudican las fincas y bienes que a cada uno le quedó, señalado en la cuenta de partición del 2 de junio de 1827, la cual aprueban y ratifican y la dan por formada. Por lo que se dan por enteramente pagados y satisfechos de sus respectivas porciones, confiriéndose las siguientes adjudicaciones: a doña Ana Josefa Flores, los muebles de la casa en 458 pesos y en existencias de la tienda, 7 342 pesos con que se cubrió la mitad de gananciales y su dote, en suma, uno y otro de 7 800 pesos. A don José María Bonilla y Flores, el resto de existencias de la tienda, 3 682 pesos, los 1 182 de ellos parte la tercera parte de utilidades como socio en el giro de la negociación de la testamentaria, 2 500 restantes por su herencia paterna. A don José Joaquín Bonilla, la casa situada frente a la parroquia en el pueblo de Coatepeque [Coatepec] en 1 500 pesos y 1 000 pesos que a su favor se imponen sobre la casa que se aplicó a don José Francisco Bonilla, componiendo ambas partidas la de 2 500 pesos, mismos que debe haber por su porción hereditaria. Y a don José Francisco Bonilla, la casa grande, ubicada en dicho pueblo de Coatepeque [Coatepec] en 3 000 pesos, ocho solares en el propio pueblo en 340 pesos y 160 pesos en la deuda suya a favor de la testamentaria, siendo el monto de estas tres partidas de 3 500 pesos, de los que reducidos 2 500 que le tocan por su legítima los 1 000 restantes son los que a favor de don Joaquín quedan impuestos sobre la referida casa. Y a fin que se formalice la hipoteca de la casa que se le aplicó a don José Francisco, ubicada en el pueblo de Coatepeque [Coatepec], con las colindancias se mencionan en el acta, el referido don Dionisio Camacho, albacea de don José Francisco Bonilla y a demás apoderado que fue del difunto, quién entendió y concertó en los pactos y transacciones de la testamentaria referida, por la presente otorga que sitúa, carga impone sobre la casa mencionada, el capital de 1 000 pesos a favor del menor don José Joaquín Bonilla para redimirlos dentro de cuatro años, a partir del día que quedo firmada la partición, pagándole el entretanto el rédito de un 5 por ciento anual, como se ha estado pagando desde que se verificó la aplicación del referido fundo. Además por haber fallecido dicho don José Francisco con posterioridad a los convenios explicados, dejó un usufructo por sus días a doña María del Carmen Ballesteros, viuda del repetido don José Francisco y por fallecimiento de esa señora, quedará a una obra pía, que ha de fundar el relacionante y, en caso de no redimir el capital y para seguridad del mismo, hipoteca la casa de que va hecha mención, la cual no podrá vender, ni censarla, ni en manera alguna disponer de ella sin expresa declaración de esta carga, en cuya obligación constituirá también el otorgante a la usufructuaria y a la obra pía en la escritura. Finalmente, todos los comparentes ratifican el contenido de esta escritura, se obligan a no reclamarla ni oponerse a su tenor. Y de la misma manera, el menor don Joaquín, jura que no hará reclamación alguna, ni por su menor edad, lesión ni otro motivo, ni pedirá restitución ni alegará excepción que le favorezca, porque está cierto y satisfecho, antes bien ha adquirido mejora, más aun, cuan así no fuese, renuncia formalmente todo beneficio.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINOEl señor don José María Rivera, actual Alcalde de Segunda Nominación en esta villa, dijo que posee una casita de edificio bajo ubicada en este mismo suelo a la calle que nombran de San Juan, y es la que da tránsito de la plazuela de la Constitución a la del Carbón, con 7 y media varas de frente que lo hace al poniente con dicha calle de San Juan, y del otro lado accesorias y paredes de los herederos del difunto don Juan José Florido; y de fondo se le miden 50 varas al rumbo de oriente, por donde linda por otro resto de solar que pertenecía a la misma casa y está en litis con don José Joaquín Rincón; por el costado del sur linda con casita que hoy es de José María León; y por el norte con casa de Catalina Casanova; cuya deslindada casita la obtuvo por compra que de ella le hizo a doña Francisca Rosas. Y en los mismos términos que la posee, ha pactado venta de ella con su hermana doña María del Carmen Rivera, por lo que otorga que se la vende en precio de 400 pesos, de cuya suma se da por entregado a su entera satisfacción.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICOJosé Luciano y Félix Cristóbal, alcaldes de los barrios de Santa María y de San Miguel en el pueblo de Xicochimalco [Xico]; Pascual de los Reyes e Isidro Vicente, escribanos pasados de aquel cabildo, con Higinio José Tlaxcalteco, también de aquella vecindad; otorgan poder general a don José María Rodríguez Roa, secretario de este Ayuntamiento Constitucional, para que en su nombre y representación, los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales, eclesiásticos o seculares que al presente tengan o en adelante tuvieren.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Antonio Vázquez, alcalde primero, declara que por petición de la esposa de José Francisco Bonilla, de estado enfermo, fue a visitar éste a su casa, para tomarle declaración, en la cual otorgó poder y nombró por albacea a don Dionisio Camacho, de la villa de Xalapa, para que haga su testamento de acuerdo a las indicaciones verbales que le dio el día anterior. Declara que el mencionado Bonilla no alcanzó a firmar la declaración por la gravedad de su enfermedad.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl Teniente Coronel y Comandante de Fieles Urbanos de esta villa, Antonio Juille y Moreno; el Capitán de la Segunda Compañía de Caballería, Manuel Badillo, alcaldes de primera y segunda elección; don Juan Francisco Bárcena, el Licenciado José Mariano Morales, don Andrés Farías, don José María de Goiri, don José María Gutiérrez de Zamora, don Joaquín de Herrasti y Alba, don Juan Esteban de Olaziregui y don Luciano Dámaso Flores, Regidores; con don Manuel Allen y don José Antonio Franceschi, Síndicos procuradores, quienes componen el Ilustre Ayuntamiento, otorgan poder general al Licenciado Vicente Guido y Guido, Relator del Crimen de la Audiencia Nacional de esta Nueva España, para que en representación de todos ellos los defienda en sus pleitos, causas y negocios que al presente tengan o en adelante tuvieren y si es necesario parezca en juicio ante el Rey.
Lino Carasa Jiménez, de este comercio y vecindad, dijo que doña María Josefa Arieta de Samaniego y doña Manuela de Arieta, en unión del marido de la primera, el coronel don Saturnino Samaniego; le confirieron poder, mismo que usa para señalar que ha practicado las diligencias para el logro de la enajenación o empeño de la finca que se habla en dicho poder. Por lo que a través de la presente, otorga vende, cede y traspasa en favor de don Manuel María Carasa, su hijo, actual alcalde constitucional de segunda denominación, una casa habitación, de paredes de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en la segunda cuadra de la calle Real a la que hace frente hacia el norte, y del otro lado, casa de doña Josefa Barradas, por el fondo al sur va a terminar a la calle de San Francisco de Paula en la primera cuadra, y por los costados del oriente y poniente, linda con casa baja y alta del otorgante. Cuya deslindada finca, es la misma que doña Petra Zavala, madre de las mencionadas, hubo y heredo de sus padres. La vende al precio de 3 000 pesos, que declara haberlos recibido al contado, otorgando recibo en forma.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Domingo Nogueira, de este comercio y vecindad, dijo que don José Antonio Hernández, alcalde Constitucional del pueblo de Jilotepec se haya arrestado en estas casas consistoriales, por la causa criminal que le siguió el juez de letras interino licenciado don Ramón [Ruiz], por quejas de aquel Ayuntamiento y por otras faltas que se imputan y en virtud de la solicitud de Hernández pidiendo que se le ponga en libertad bajo fianza, el dictamen es aceptar la solicitud, ampliándole el arresto al recinto de la villa y restando solo el otorgamiento de la indicada fianza; por lo tanto, el otorgante se constituye como su fiador y carcelero del citado don José Antonio Hernández a quién recibe en arresto y guardará hasta que se determine su situación.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Francisco González, actual alcalde constitucional de tercera denominación, dijo que en uso del poder que le confirió don José Fernández de Castañeda; otorga que vende, cede y traspasa en favor de Juan Benítez de esta vecindad, una casita de madera revocada, muy arruinada, cubierta de teja, con pedazo de solar donde está ubicada ésta, que se compone el terreno de 15 varas de frente, que lo hace hacia el sur en la calle de Santiago, y del otro lado, casa de los herederos del difunto Patricio de Santa María, con 120 varas de fondo hacia el norte, por donde linda con solar que fue de Andrés Basilio, por el costado del oriente, linda con el de casa y solar de José Hilario Ortega y por el poniente con el de otra que fue de Juan Ayala. Cuya casita y terreno la hubo y compró su constituyente de doña Juana Jiménez en esta villa el 30 de junio de 1810. Y aunque la vendió al finado Miguel Viveros su fecha a 5 de agosto de 1811 y como aquel falleció sin haberle satisfecho su valor, sus herederos le hicieron devolución de ella. La vende en cantidad de 200 pesos en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO