[roto] de Castro, hijo legítimo de José de Castro [roto], ordena su memoria de testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con Josefa Hernández, durante su matrimonio han procreado a Sebastián de Castro, Alejandro de Castro, Manuel de Castro, Bernarda de Castro y Ana de Castro. Ítem declara debe al Capitán Juan José Fernández, Ignacio Rodríguez y a Pedro Nolasco. Ítem declara la casa de su morada y dos jacales, veinticuatro mulas, seis caballos, tres potros, tres yeguas y cuatro yuntas. Nombra como sus universales herederos a su esposa e hijos.
PEDRO JOSÉ DE MOYAALCALDES MAYORES
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Don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, Teniente de Capitán General en ella, el de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec, su partido y jurisdicción, como principal deudor; el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, Gaspar Rendón y Antonio Millán Quijada, vecinos y mercaderes en esta villa, como sus fiadores y principales pagadores que se constituyen del citado Alcalde Mayor; juntos y de mancomún acuerdo otorgan que se obligan de pagar al convento de señoras religiosas de Santa [Clara] de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y en su nombre y en virtud de su poder al Licenciado don José Maldonado, mayordomo de dicho convento, 5 000 pesos de oro común en reales, los 3 000 que pertenecen al convento y los 2 000 a la Venerable Madre María de la Encarnación, Monja de Velo y Coro del convento de Santa Clara, los mismo que por hacerle buena obra le han prestado al susodicho alcalde mayor, y se obligan a pagar de esta fecha en cuatro años.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Señor don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa, Teniente de Capitán General en ella, otorga haber recibido de don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa por Su Majestad, 1 000 pesos de oro común en reales de contado, los mismo que paraban en su poder sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Francisco de las Mesillas que compró en Real Almoneda de los bienes de don Nicolás de Olivera, difunto, los 3 000 pertenecientes a la dote de la Madre Rosa Francisca de Olivera, y hoy 2 000 pertenecientes a la Madre María de la Encarnación, ambas religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, que se obligó a pagar por escritura de obligación. Y de dicha cantidad por ser en poder de dicho señor otorgante de orden de las madres monjas, se dio por entregado a su buena voluntad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General en esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar al Licenciado don Marcos Pérez de Rivera, Presbítero, Vicario del pueblo de Chacatianguis [Chacaltianguis], 1 000 pesos de oro común, los mismos que le ha prestado en reales de contado, los cuales pagará de esta fecha de la escritura en un año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa, vecino del pueblo de Cosamaloapan, uno de los albaceas y tenedor de bienes de los que quedaron por fin y muerte del general don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán que fue de esta villa, otorga poder especial a don Pedro López, Teniente del pueblo de San Juan de la Punta de esta jurisdicción, para que en su nombre pueda proseguir los inventario de todos los bienes que quedaron por muerte del difunto, para ello haga cualquier pedimento, auto y demás diligencias que convengan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de Cosamaloapan, como albacea testamentario y tenedor de bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa, dijo que por cuanto el 29 de agosto de este presente año, el difunto otorgó en el pueblo de Orizaba que se obligaba a pagar al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, 5 000 pesos de oro común por término y plazo de un año, que empezó a correr desde dicho día, y es el caso que ahora de presente el dicho alguacil mayor le ha prestado al presente otorgante 2 500 pesos, por tanto, otorga que se obliga de pagar al citado alguacil 7 500 pesos en los plazos que se han ajustado.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba y de las provincias de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y San Antonio Guatusco [Huatusco], y Teniente de Capitán General por Su Majestad, del cual usa para nombrar a Thomas [Tomás] de Contreras, Teniente general de Alcalde Mayor de dicho pueblo de San Juan y sus jurisdicciones para que con vara de la real justicia la administre en todos los casos y cosas anexas y pertenecientes a ella, para lo cual le otorga poder con facultad y derecho que se requiere para ello.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJoseph [José] de Leiva Esparragosa, Capitán de Infantería Española de Su Majestad, de esta villa de Córdoba, otorga poder a don Diego [de] Dávila Barrientos, vecino de esta villa y residente en la ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España, y presente el nombramiento que se le hizo de capitán, por toda la infantería, y posesión que se le dio por virtud de mandamiento del Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente de Capitán General de ella y sus partidos. Para lo cual, muestre la lista de gente que baje [roto] suplique a dicho Excelentísimo aprobar y confirmar dicho nombramiento y posesión. Asimismo, luego que lo haya conseguido, haga demostración del mandamiento despachado a la vecindad y compañías de Xalapa [Jalapa] “por el Excelentísimo Señor Conde de Paredes Marqués de la Laguna, Virrey que fue de esta Nueva España, su data en México 17 de junio de 1686, firmado de Su Excelencia y refrendado por don Pedro Belazquez [Velázquez] de la Cadena, Escribano que fue de la gobernación de este reino, en orden a que dicho escribano, gobernador de las armas de la ciudad de la Nueva Veracruz, guarde, cumpla y ejecute el parecer que en él se halla inserto, y lo ejecute asimismo el alcalde de esta villa […] para que por el consiguiente suplique a dicho Virrey lo refrende y mande guardar según y en él se contiene por lo que mira a esta dicha villa, atento a que sucede que cuando se pide la gente de ella a fuerza se hace bajar aquella que no se necesita, quedando esta villa sin el resguardo necesario, mayormente estando cercada de gente y negros de que puede resultar en ella grave daño, quedando tan solamente en poder de las mujeres. Asimismo, para que todas las veces que se ofreciere bajar con orden a dicha ciudad mande Su Excelencia al gobernador y naturales del pueblo de Santiago Huatusco y otros, le den a la gente que hubiese menester, pagándoles su valor, así bastimentos como de bestias, sin que puedan poner de excusa alguna”.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de ella y estante al presente en la ciudad de México, y por su ausencia u otro impedimento a don [roto] Procurador del Número de la Real Audiencia [roto], para que en su nombre y representación, haya, reciba y cobre del Capitán [roto] de la Lama, Alcalde Mayor por Su Majestad [de esta villa] y su jurisdicción, 785 pesos de resto de 965 que lo importaron la guarda de novecientos sesenta y cinco reses pertenecientes a dicho capitán, que tuvo de su cuenta en el rancho que fabricó en tierras que a él le tiene arrendada el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa en su jurisdicción. Dicha cantidad la quiere para pagar el arrendamiento de dichas tierras, que había de haberlo hecho el dicho capitán como quedó con él. Entendiéndose que de los dichos 965 pesos se rebajan 138 pesos, valor de veintitrés reses que se le quedaron en dicho rancho, 35 pesos que por el otorgante pagó dicho capitán a los indios del pueblo de Amatlán, y 27 a los negros del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo]. De manera que lo que a él se le debe líquido son los 785 pesos, de que uno y otro podatario pueda dar y de carta de pago y demás. Y si por dicha cobranza fuese necesaria contienda de juicio, comparezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la ciudad de México, y para todo lo que fuere necesario, por lo que lo otorga éste con libre y general administración.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO[Andrés Martín], dueño de recua, y vecino del pueblo de Orizaba, dijo que hace tres años poco más o menos Martín de Figueroa [roto] barriles de aguardiente para que los [llevara] en su recua a la ciudad de los Ángeles a entregar al padre Fray Diego de Villa Real [Villareal], pero por tener mucha carga y no poder cargarlos en su recua se los entregó a Juan Ambrosio, dueño de recua y vecino del pueblo de Orizaba, para que los llevase en la suya y los pudiese entregar a dicho padre. En efecto los llevó y entregó al susodicho, quien le pagó de contado, y después de algunos días le dijo al otorgante [roto]. Por lo cual, otorga poder especial a Thomas [Tomás] de Ariola [Arriola], vecino del pueblo de Orizaba, para que en su nombre y representación, parezca en los autos ante el Capitán Juan [de la] Lastra Maderaco [Madrazo], Alcalde Mayor Orizaba [roto] quien [tiene] el conocimiento de ellos, y ante otros y cualesquier señores jueces y justicias de Su Majestad, que con derecho deba, haga pedimentos, requerimientos, pida términos, presente testigos [roto].
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO