María Blanco Ramos, viuda del Alférez don Eugenio Serrano y Perea, vecina de este pueblo de San Juan Cuescomattepeque [Coscomatepec], tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y del citado difunto, otorga poder general a don Dionisio Serrano y Perea, su hermano, vecino de este pueblo, y próximo para hacer viaje a la ciudad de México, para que representando su persona parezca ante el Licenciado don Alonso de Abella Fuerte, del Consejo de Su Majestad y Alcalde del Crimen de la Real Sala y Audiencia de esta Nueva España y Juez General de Bienes de Difuntos, y ante José Manuel de Paz, Escribano de dicho juzgado, y pida a su señoría se sirva que en atención a haber muerto su marido ab intestato, como parece de los autos que están remitidos a dicho juzgado, el declararla en tal heredera y a los dichos sus hijos en la parte que les toque [roto].
Zonder titelALCALDES DE LA REAL SALA DEL CRIMEN
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El Licenciado don José de Barros, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], dijo que, como consta de escritura de obligación se obligó a pagar al Alférez Pedro Trujillo de Villavicencio, cierta cantidad de pesos, de la cual hizo algunos pagos y quedó debiendo un resto de la deuda. Asimismo, dijo que a esta villa llegó Anastasio Rendón Palomino, Juez Comisario de la Real Fábrica y Estanco de Naipes de este reino, por comisión del Licenciado don Francisco Saraza, del Consejo de su Majestad, su Alcalde del Crimen, Juez Superintendente y Administrador General de dicha Fábrica, a cobrar cierta cantidad de pesos, que debe a su Majestad don Pedro de Andrade, vecino de la ciudad de los Ángeles, causados de fianzas que hizo a favor de la Real Fábrica, por don Rodrigo de Rivera Maroto y don Alonso Galván; para lo cual trajo algunas escrituras que se le debían a dicho Pedro Ignacio de Andrade de cantidad de pesos. También, dijo que el citado Anastasio Rendón, hizo diligencia contra doña Josefa Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo, vecina de la provincia de San Andrés Chalchicomula, por cantidad de pesos de que era deudora la susodicha y su marido a Pedro de Andrade; en dicha diligencia, doña Josefa, por cuenta de su débito hizo cesión y traspaso de la cantidad que el presente otorgante le restaba debiendo a Pedro Trujillo, para que dicho comisionario recaudase lo que la susodicha y su marido debían a Pedro de Andrade. Por lo que, para su efecto, el presente otorgante otorga que se obliga de pagar a Su Majestad, y en su real nombre al Señor Licenciado don Francisco Saraza, 324 pesos [roto] como parte de la escritura de traspaso que hizo doña Josefa de Atienza.
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