Don Antonio del Camino, vecino del pueblo de Jalapa, dueño de hacienda y abastecedor de carnes en estas provincias, otorga poder general a don Ignacio Covarrubias, Agente de Negocios de la Ciudad y Corte de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles, criminales y para cobrar, de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y otros géneros que le deban.
AGENTES DE NEGOCIOS
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Don Juan Lucas de Olavarrieta, de este comercio y vecindad y como albacea en primer lugar del finado don Pedro de Escuza; otorga poder general a don Manuel Maya, su coalbacea, a don Ignacio María del Castillo, agente de negocios, y a don Lucas Abdón de Olavarrieta, su sobrino, vecinos de la capital de México; a los tres mancomún y por falta de alguno a los dos restantes; para que en su representación hallen, demande, perciban y cobren judicial o extrajudicialmente de todas y cualesquiera personas del estado, calidad o preminencia que sean o de sus bienes, todo lo que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. También para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios. Y para que de todo cuanto percibieren y cobraren otorguen recibos, cartas de pago, finiquito o los demás documentos que les pidan. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituir.
Sans titreDon Domingo Franceschi, vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, dijo que en virtud del poder que le ha substituido don José María Elejaburo, Agente de Negocios de la Corte de México, por lo conducente al cobro de réditos vencidos de la capellanía, que con el principal de 5 000 pesos y fecha de 29 de marzo de 1794 mandó fundar don Ignacio Javier de Urrutia y Landaburu, vecino que fue de esta Villa, y la cual ejecutó como su albacea don Francisco Herrasti, cuyo principal se reconoce sobre dos casas ubicadas en la Ciudad de Veracruz, propias de los herederos de doña Josefa Villalobos, viuda que fue de don José [de] Pasalagua, de la que es capellán el señor Doctor Don Matías Elexaburo y Urrutia, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Cádiz; otorga que ha recibido de don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Alguacil Mayor de esta Villa, e hijo político de doña María Ignacia de Alba, la cantidad de 2 500 pesos que ha recolectado por razón de réditos de dicha capellanía de diez años hasta la fecha.
Don Lino Carasa Jiménez, vecino de esta Villa, otorga poder general a don Nicolás Calera, Agente de Negocios de la Capital de México, para que en representación de su persona, lo defienda de todos los pleitos, negocios civiles y criminales que tenga o en adelante tuviere, por lo que se le da éste con libre administración.
Don Juan Francisco de Noriega, de este comercio y vecindad, otorga poder general a Ignacio María del Castillo, Agente de Negocios del Número de la Capital de México, para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante; así también para que lo defienda en todos los pleitos, causas y negocios.
Don Juan Bautista Soler, don José Miguel de Arias y don Manuel de Allen, vecinos de esta Villa de Xalapa, Capitanes y Teniente de las Compañías de Realistas Fieles de esta Villa, comisionados representantes de los derechos y defensa de este cuerpo, otorgan poder general a favor de don José Volante Ocariz, Agente de Negocios del Número y vecino de la Capital de México, para que a nombre de ellos se apersone en aquella Capitanía general, como en otros tribunales, a defender el Cuerpo de Fieles Realistas de esta Villa que representan, en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, que al presente tenga o en adelante tuvieren contra cualquier magistrado; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo sigan, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación y testimonios, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituirlo.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de estado doncella mayor de 25 años, dueña del oficio de escribano público de esta Villa y la de Jalacingo, en virtud de la renuncia que con facultad real le hizo de dicho oficio su padre don Diego Cardeña, otorga poder especial a don Francisco Barrio, Agente de Negocios de la Corte de Madrid, y por su falta a don Lorenzo Victoria, vecino de la Ciudad de Cádiz, para que en nombre de la otorgante pida y suplique a Su Majestad la confirmación del título de escribano de cabildo que se le remató por la Intendencia de Veracruz, para agregarlo al público que ya posee.
El Bachiller José María Vázquez Ruiz [Guitián], Clérigo Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, otorga poder especial al Doctor José Miguel Guridi de Alcocer, Cura de la Villa de Tacubaya y Diputado en Cortes por la Ciudad de Tlaxcala, en primer lugar y en segundo a don Miguel Nájera y Bezares, Agente de Negocios de aquella corte, para que en su nombre comparezcan ante el Rey o en el Consejo Supremo de Regencia y demás tribunales y soliciten lo honre haciéndole merced que tuviere a bien concederle.
Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa, Teniente de Capitán en ella, en voz y en nombre de don Luis Antonio de la Concha Rebollar y Ceballos, Pariente Mayor de las Casas de la Garma, Caballero del Orden Santiago, Alcalde Mayor del partido de Gueguetenango [Huehuetenango], y de dicho poder usando otorga que lo sustituye en don Francisco Antonio de Castañeda, vecino de la ciudad de México, Agente de Negocios en ella, y como en él es relevado y obliga los bienes en dicho poder.
Sans titreEl Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa de Córdoba, Abogado de la Real Audiencia de Nueva España, otorga poder especial a don Manuel Garcés, vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios de la Real Audiencia de dicha ciudad, para que en su nombre se presente en la Real Sala del Crimen de esta Nueva España, ante los señores presidente y alcaldes de corte de dicha Real Sala, donde pida y suplique se sirva su alteza de remitirle la multa de 100 pesos en que lo sancionó por auto proveído el 27 de julio pasado, en los autos que se siguieron en esta villa de Córdoba contra Antonio Pascual y Gregorio Martín, por ladrones de bestias. Y para que insista en la suplicación que tiene interpuesta de dicha multa en la notoriedad que de [roto] hizo hasta que consiga su remisión.
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