Micaela Francisca Valencia, adoptada por los difuntos Tomás de Valencia y Francisca Montiel, casada con Vicente Ortiz, realiza testamento, en el cual nombra como albacea a José Núñez, Maestro de Herrero, y como herederos a sus hijos legítimos Manuel Antonio, Juan Antonio y José Antonio .
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Antonia Marina, natural y vecina del pueblo de Naolinco, dijo que en el camino a esta Villa, encontró en días pasados a una niña de dos meses de edad, llamada María Trinidad, que se la cedió su madre en artículo de muerte en un ranchito de dicho camino, y siendo la compareciente de un estado bastante infeliz, por la presente entrega para siempre jamás la expresada niña, María Paula de la Trinidad a Juana Gertrudis Licona, mujer de Gil Franco, para que la críe, eduque y alimente, guiándola por el camino de la cristiandad, tratándola y mirándola como su hija legítima según lo tiene ofrecido.\t
María Nieves Estefanía Tobal, natural del pueblo de Teocelo, soltera, mayor de 22 años, dijo que es mujer sola y madre de un hijo de 6 años nombrado José María Domingo Quesada, en cuyo fundamento no puede presentarlo públicamente por ser hijo natural y su padre lo niega como hijo, por lo que no contribuye en los gastos para su manutención, es por ello que entrega a su hijo a doña Eusebia Casado, quien lo recibió y comprometió criarlo y educarlo como si fuera hijo propio.
El escribano público de esta ciudad, acudió al llamado del hospital de Caridad de Mujeres de esta ciudad, nombrado San José, por una mujer que se haya enferma, quién hizo la siguiente declaración: Dijo llamarse María de la Luz Izquierdo, natural de la ciudad de Méjico [México], de veintidós años de edad, viuda de Marcos Lozano que falleció el año pasado en la ciudad de Veracruz de la epidemia del vómito, dejándole por fruto del matrimonio una niña de año y medio de edad, llamada María Cástula Lozano Izquierdo, sin bienes por ser ambos pobres. También, declaró que hallándose viuda, enferma y sin recursos, pasó a esta ciudad con objeto de recobrar su salud y desde que llegó recibió caridad para ella y su hija, de la señora doña María Petra Oropeza, esposa de don José de Alcalde, quién se hizo cargo de su niña, hasta hacerla su ahijada, llevándola a recibir el sacramento de la confirmación. Que la relacionante habiendo seguido enferma, pidió permiso para pasar a este hospital donde fue recibida, y por cuanto desea que si llegara a morir, su citada hija quede asegurada para siempre con la enunciada señora, por la presente otorga que, cede y abdica todos los derechos de madre que tiene en su citada hija en la memorada doña María Petra Oropeza, para que la sostenga, eduque y cuide de ella, hasta que salga de la menor de edad, adoptándola por hija; pues no teniendo ningún bien y aun cuando recobre la salud, su trabajo personal no podrá producirle lo necesario para sustentarle y educarla, por cuanto pide y suplica a dicha señora continué su caridad para con la niña.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOProtocolización que hace el escribano de un auto que tuvo a bien proveer el señor alcalde de primera nominación relativo a la entrega que hizo de una huérfana, nombrada María de Jesús, de trece años de edad, hija de José Antonio Alvarado y de Francisca Posadas, difuntos, a doña María Josefa Nogueira de Cordera, en los términos que explica dicho auto.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODon Pedro Miguel de Echeverría, de este comercio y vecindad, dijo que en la noche del cuatro del presente mes, fue tirada en el zaguán de su casa una criatura recién nacida la cual fue recogida por su familia y dispuso que en la misma noche, recibiera el santo bautismo, en brazos de Ana María Pérez, sirvienta de la misma casa, a quién se nombró María de la Concepción Víctor. Y como se tratase de remitirla a la cuna para su crianza y educación, se ha presentado María Luciana Pascuala González, de estado libre, vecina de esta villa, solicitando la criatura para adoptarla como hija, con la condición de que se cumpla el no quitársela ni reclamarla el exponente como por su madrina. El otorgante estando convencido que cumplirá con lo que ofrece, entrega la criatura María de la Concepción Víctor, desprendiéndose del dominio que a ella adquirió por haber sido levantada en su casa. Y Mariana Luciana declara haber recibido la niña y se obliga a criarla, educarla y alimentarla perpetuamente y hacer en ella todos los usos de madre para hija.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO