Agustín Adorno, vecino de la ciudad de Jerez de la Frontera en los reinos de Castilla, estante al presente en el pueblo de Acultzingo jurisdicción de la provincia de Orizaba, otorga y ordena su testamento en la forma y manera siguiente: manda que se pague a Juan Mejía, mesonero del presente pueblo; a Gaspar de Aguilar, encomendero de la ciudad de la Veracruz; y a Andrea Sofía, estante en la Veracruz. Declara que Santi Fantoni, vecino de la ciudad de Cádiz, registró y despachó en diferentes naos que vinieron en la flota, que al presente está en el puerto de San Juan de Ulúa, 199 pipas de vino de su propiedad, siendo su voluntad que el dicho vino se entregue a sus herederos. Que Alonso Guerrero, arriero, y él concertaron que le llevase en una recua suya 100 pipas de vino a la ciudad de Oaxaca, y por cuenta de los fletes le dio 100 pesos de oro común y ciertas cargas de corambre; llevando en el primer viaje 14 pipas de vino junto con cartas del otorgante dirigidas a Rafael Pinelo y otras personas de la dicha ciudad para que los vendiesen; es su voluntad que Gentil Basilio cobre lo que procediere dichos vinos. Que Santi Fantoni tomó sobre sí el seguro de 400 ducados de Castilla, los cuales venían de ida y vuelta sobre la nao Misericordia de Gentil Basilio, misma que vino en salvamento en la flota que al presente está surta en el puerto de San Juan de Ulúa, es su voluntad que el susodicho Basilio nombre otra nao por ambas las partes para que corra dicho seguro hasta los reinos de Castilla; y manda se le pague a Santi Fantoni 40 ducados de Castilla para la vuelta de esta flota. También declara que ratifica el testamento que otorgó en la ciudad de Cádiz, y aprueba el vínculo de mayorazgo que junto con doña María Adorno, su mujer, hizo en la ciudad de Jerez. Nombra herederos universales a sus hijos don Francisco Adorno, don Pedro de Hinojosa Adorno, don Agustín Adorno, doña Clara Adorno, doña Casiana Adorno, doña Juana Melgarejo Adorno, doña Luciana Adorno y doña María Adorno, su mujer; y a Gentil Basilio como albacea testamentario y administrador de los bienes que tiene en la ciudad de Veracruz y Oaxaca.
ACULTZINGO, PUEBLO DE
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Don Juan de Montalvo, en virtud del poder que tiene conferido de su hermano, el difunto don Francisco de Montalvo, vecino y encomendero que fue del pueblo de Acultzingo, otorga su testamento, que al tenor dice: fue casado con doña Isabel de Tovar y Asorero, con quien procreó cinco hijos; dentro de sus bienes se encuentra la mitad de una labor de pan llevar, en el pago de Acultzingo que ambos heredaron de sus padres, y otra parte, que compraron de Juan Delgado; los padres de ambos dejaron una capellanía en la que dicho difunto era patrón, cargo al que renunció en Xeronimo de Montalvo [Jerónimo], se hace mención de otras propiedades, deudas y cuentas.
Poder para testar que Diego Pérez Sicilia, natural de los reinos de Castilla, Arzobispado de Toledo, Colmenar de [Oreja], otorga a Pedro Sánchez Yepes, vecino de este pueblo de Acultzingo. En el cual menciona ser hijo legítimo de Miguel Sicilia y Guiteria Pingarrón. Nombra por albaceas a dicho Pedro Sánchez Yepes y a Francisco Serrano. Ordena que el remanente de sus bienes los distribuya su albacea por su ánima.\n
Memoria de testamento de Melchora de los Reyes, viuda de José González, y aprobación de ella.
Marcos Zacarías, vecino de la villa de Córdoba y natural del pueblo de Sapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y de [roto], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: es su voluntad ser sepultado en la capilla de San Miguel que está en esta hacienda de trapiche de hacer azúcar que es del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; manda que se digan veintidós misas rezadas por su intención por la pitanza ordinaria. Ítem manda que se den 6 pesos a la Cofradía de la Sangre de Cristo, 3 pesos a la fábrica material de la santa iglesia parroquial de esta villa de Córdoba y 3 pesos al convento de religiosos del Señor San Antonio y a las mandas forzosas y acostumbradas. Declara que no tiene ningún adeudo con ninguna persona y señaló que le deben algunos pesos y manda que sus albaceas le cobren a Juan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba; le deben de los bienes del Capitán don José de Leiva Esparragosa, difunto; el Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; Miguel Tenorio, Mestizo, vecino del pueblo de Aculsingo [Acutzingo]; José [Zacarías] y Francisco Zacarías sus hermanos; María, la sombrerera; Juan de Molina y Francisco Sánchez. Declara por sus bienes: dos casas en la villa de Córdoba, una de su morada en solar entero que le compró a Juan de Betancourt; dos solares que le compró a Francisco Sánchez, indio vecino que fue de dicha villa; así como la herramienta de carpintería que está en la hacienda nombrada San José. Declara que tiene a su cuidado dos muchachos nombrados Pedro Moreno y Nicolás Rodríguez, pide que queden al cuidado de sus albaceas. Declara que se casó con Josefa de la Encarnación, difunta, durante su matrimonio tuvieron varios hijos pero que sólo le quedaron dos, Francisco Zacarías de edad de siete años y Gertrudis de la Encarnación de diez años. Nombra por sus albaceas testamentarios y tenedor de bienes al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su compadre y a don Nicolás de Olivera, dueños de trapiches y vecinos de dicha villa. Y por sus únicos y universales herederos nombra a sus hijos y por curador de sus personas y bienes a Miguel de Leiva y por su falta al dicho Nicolás de Olivera.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODiego de Altamirano, vecino de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Acultzingo, hijo legítimo de don Pedro de Altamirano y de doña Inés de Esparragosa, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena ser sepultado en el convento de del Señor San Antonio de religiosos Descalzos [roto], delante del altar de Nuestra Señora de los Dolores. Declara ser hermano de todas las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa, manda se le den a cada una 3 pesos de limosna. Declara que hace veinticuatro años más o menos contrajo matrimonio con doña Rosa María García de Meza, con quien ha procreado a doña María Francisca y a doña Narcisa Rita de los Ángeles, ambas de un vientre, de edad de siete años; a don Diego de Altamirano, de tres años; y a doña Ana Gertrudis, de un año. Ordena que, a Cristóbal Lorenzo, niño huérfano que ha criado en su casa, de edad de quince a dieciséis años de edad, se le den 200 pesos, dos mulas y dos caballos de su andar, luego que tome estado o tenga edad de veinticinco años, y encarga a su mujer lo mantenga en el trapiche y que no salga de él hasta que lo considere capaz. Declara por bienes el trapiche de hacer azúcar nombrado San José, fundado en tierras de los propios del Ilustre Cabildo de esta villa de Córdoba, a quienes paga de arrendamiento 80 pesos. Nombra albaceas a don Francisco José Bayro, su compadre; a don Francisco Pibot y Tapia, su sobrino; y a doña Rosa María García de Meza, su mujer. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos, a su madre.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Diego de Altamirano, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Acultzingo de la jurisdicción de Orizaba, hijo legítimo [Pedro de Altamirano] de doña Inés de Esparragosa, sus padres difuntos; y doña Rosa María García de Meza, su legítima mujer, vecina de esta villa, hija legítima de Pedro García de Meza y de doña Rosa María de Cabrera, sus padres difuntos, estando buenos del cuerpo y sanos de la voluntad, dijeron que ambos se tienen comunicadas las cosas del descargo de su conciencia, por tanto, se otorgan el poder para que el uno al otro y el otro al otro puedan hacer y otorgar su testamento con todas las declaraciones, obras pías y demás cosas que se tienen comunicadas. Ambos se nombran albaceas testamentarios y también nombran a Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa. Y como no tienen herederos forzosos, se nombran el uno al otro y el otro al otro como herederos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO