Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar al Licenciado Juan de Palafox y Mayorga, Abogado de la Real Audiencia de México, residente en el pueblo de Jalapa, 300 pesos de oro común, en el término de 5 años los cuales se cumplirán el 8 de junio de 1724, cuya cantidad por carta de crédito había dado a Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Puebla y por vía de convenio y concordia y evitar pleitos se allana a pagar de su cuenta y orden al dicho Licenciado Juan de Palafox.
ABOGADOS DE LA REAL AUDIENCIA
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El Capitán Luis González de Lucena, mercader vecino del pueblo de Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a la voluntad del Licenciado José Joaquín de Flores Moreno, su hermano, Abogado de la Real Audiencia de México, 2, 000 pesos de a 8 reales, mismos que le quedó a deber del valor de la casa que le compró, ubicada en este pueblo en la forma que estipularon en la fecha de compra.
Pedro Antonio de Aro, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que Clara Lorenza de Vargas, viuda de Juan de Palafox Jiménez, le confirió poder general con facultad de poderlo sustituir, en cuya virtud lo sustituye en el Doctor Felipe Neri de Apellanis y Torres, Promotor Fiscal del Arzobispado de México y Abogado de la Real Audiencia para todos los casos en él contenidos sin reservación ni limitación alguna.
Don Juan Montañés de la Cueva, vecino de este pueblo de Jalapa, Escribano Público, Real y del Cabildo y Regimiento de la Ciudad de la Nueva Veracruz, informa que por concurso de los acreedores de los bienes del señor Juan José de Thormes, éste posee unas casas que están gravadas con impuestos, los cuales se pagan por medio de limosnas al convento del señor San Francisco, de este pueblo de Jalapa, por un monto de 1, 000 pesos, los que está obligado a cubrir, por medio de un poder que se otorga al Brigadier don José Joaquín de Flores Moreno, Abogado de la Real Audiencia, Promotor y Fiscal, vecino de la Ciudad de México, facultado para hacer valida la citada obligación.
El Gobernador y demás Oficiales de República del pueblo de San Jerónimo Coatepec, en representación de los naturales de dicho pueblo, otorgan poder general al Doctor José Becerra, Abogado de la Real Audiencia y Catedrático de Vísperas de Sagrados Cánones de la Ciudad de México, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don José Miguel de Luna y Arellano, vecino de la provincia de Tepeaca y residente en este pueblo de Naolinco, con escritura de poder general, otorgado a su favor por doña María Gertrudis de Avendaño, el Licenciado don José Francisco de Aguirre, Abogado de la Real Audiencia, Regidor Perpetuo y Alcalde Ordinario de la Ciudad de México y doña Francisca Teresa de Avendaño, su legítima mujer, da en arrendamiento a Juan Rodríguez y don Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, vecinos de este pueblo de Naolinco, el rancho nombrado San Socomostla, incluyendo el Potrero de la María hasta la Angostura, cuyos linderos son con la mesa de Soyahuatlan y el potrero Topiltepeque, por el periodo de 3 años, en la cantidad de 7 pesos de oro común, por cada año.
El Alférez don Blas Fernández Álvarez, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general al Doctor don Antonio García, Abogado y vecino de la Real Audiencia de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
El Capitán don Manuel de Olmedo, vecino de este pueblo de Jalapa, compró por vía de remate unas casas y mesón de Juan José de Thormes, en el precio de 3, 000 pesos de contado, por lo cual otorga poder general a don Agustín de la Sanguren y don Tomas Rodríguez de Vargas, vecinos de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, junto con el Licenciado don Diego Ruiz Romualdo, Presbítero y Abogado de la Real Audiencia de la Ciudad de México, y don Gil Lelo de la Rea, vecinos de la Ciudad de México, para que en su nombre, acepten el referido remate, muestren la cantidad de 3, 000 pesos y lo obliguen al reconocimiento de un censo de 2, 000 pesos sobre dicha casa.
Cosme Lobato, vecino de esta jurisdicción, otorga poder general a Miguel Venegas, Abogado de la Real Audiencia de México y residente en este pueblo, para que lo represente en todos sus pleitos y negocios civiles y criminales.
El Presbítero don Francisco Pablo Verenguier [y Acosta], Teniente de Cura de esta Iglesia Parroquial y encargado de su curato, por legítima ausencia del propietario don Juan Miguel García de Paredes, y don Anastasio Cruz, de esta vecindad, actual Mayordomo y Hermano Mayor de la Cofradía del señor San José de la Laguna, otorgan poder especial al Licenciado José Francisco de Castro, Abogado de la Real Audiencia de México, para que a nombre de los derechos que les asisten, el primero como patrono de las fundaciones y obras pías que pertenecen a dicha iglesia, y el segundo como Mayordomo Hermano Mayor, comparezca en la Junta Subalterna de Consolidación de la Puebla de los Ángeles, y pida se les satisfagan los premios o réditos que se hayan devengados de los capitales que han entrado en dicha caja de consolidación mediante los enteros que de ellos hayan hecho los últimos censualistas, dando los recibos y cartas de pago de los que le fueran pedidos.\t