ABOGADOS DE LA REAL AUDIENCIA

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0019 · Pièce · 1676/09/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando reunidos Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores Perpetuos, por ellos y en nombre de los demás capitulares, otorgan poder general a Jacinto Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa y su jurisdicción, y al Doctor Juan Pérez Rivero, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de México, para todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares que este Cabildo tuviere, así demandando como defendiendo con cualquier cabildo, comunidad o personas. También lo otorgan especial para que ante la Real Audiencia y Chancillería y donde con derecho dan y deban pedir todo lo que importe a esta villa, en orden a que se le guarde y cumpla todo lo que se le concedió en su fundación, y que esta villa no sea despojada de la antigua cesión que tiene de su jurisdicción.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0061 · Pièce · 1688/05/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar [Carlos] de Rivadeneira, labrador y criador de ganados menores en la provincia de Tepeaca, otorga poder especial a Luis de Arévalo, vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], para que se presente ante el Rey, su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, así como ante los jueces comisarios en quienes está cometida la medida de los términos, tierras, ejidos y dehesa que debe tener en propiedad esta villa de Córdoba, las cuales se le adjudicaron por el excelentísimo Virrey Marqués de Guadalcazar, en cuya ejecución están entendiendo al presente el Licenciado don Diego de Salamanca, Abogado de la Real Audiencia y el Capitán y Sargento don Pedro López del Cano, y pida cuentas a cualquier persona que se las deba dar, haciendo cargos y recibiendo sus descargos; nombrando para ello terceros, contadores [roto]. Asimismo, le da poder para que acabe por todos artículos el pleito que mantiene contra la Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba en razón de las tierras y sitios de estancia que le pertenecen. Finalmente, le otorga poder para que pueda arrendar las tierras y sitios que posee en esta jurisdicción; y también para que pueda vender a las personas, por el precio que hallare, cualquier sitio de estancia para ganado mayor y caballería de tierra que en la jurisdicción le pertenezcan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0022 · Pièce · 1718/04/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 18 de enero pasado del presente año otorgó poder general al Licenciado don Pedro Ovando de Ledezma, Abogado de la Real Audiencia, y previendo que pueda sucederle alguna enfermedad o ausencia; por la presente, otorga poder general a don Alejandro Castro y Velasco, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona siga todos sus pleitos causas y negocios civiles y criminales que tenga o tuviere con cualesquier persona, y en caso que se tenga que revocar el poder al Licenciado don Pedro Ovando, que lo haga y lo deje en su honor y buena fama.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0001 · Pièce · 1714/01/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Pedro Díaz de Florencia, [Abogado] de los Reales Consejos y Audiencias de este [reino de la Nueva España], residente en esta villa de Córdoba, otorga poder general y cesión en causa propia al Reverendo Padre Predicador Fray Francisco Polanco, Presbítero, [roto] para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Excelentísimo Señor Duque, Gobernador y Capitán de este [reino] y pida se sirva mandar se le haga pago [roto] pesos que se le quedó debiendo de honorarios y costas [roto] el Señor don Francisco [roto] Caballero de la Real Orden de Alcántara, Gentilhombre [de las Cámara de su Majestad] de su Consejo [de Indias] y Visitador [roto] pedir todos los reales intereses de Su Majestad a sus deudores, asimismo, pedir contra los que resultasen culpados en los [roto] y excesos cometidos contra la Real Hacienda, cuyas [roto] ya sentenciadas y mandadas pagar dicho honorario y costas [roto] el otorgante por dicho Señor Visitador General en virtud de [roto] dejó en poder de los oficiales reales del Real y Minas de [Guanajuato] a donde el otorgante ejerció dicho cargo de abogado fiscal prorrateando las costas entre todos los reos que resultaren culpados en dichos excesos y fraudes contra la Real Hacienda. En este estado avoca en si dichas causas indultando [a los] mismos reos y penándolos por sus excesos y delitos [roto] o indultos que su gran justificación hallaría [roto] al real servicio dejando sin mandar pagar dicho honorario y costas al otorgante, ni haberlas querido pagar después de lo [referido] los dichos reos aunque para ello dichos oficiales reales hicieron [roto] diligencias como consta de carta misiva [roto] original que entregó a dicho Reverendo Padre Predicador Fray Francisco [roto] para la justificación de no estar pagado dicho honorario y costas cuyo resto como va expresado son los [roto] y 54 pesos los cuales ande [roto] dicho padre pague lo que han suplido las personas [roto] ha recibido dicha cantidad para la curación de las enfermedades [roto] de su persona y otros gastos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0014 · Pièce · 1714/02/14
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro Díaz de Florencia, residente en esta villa de Córdoba, Abogado de los Reales Consejos y de las Audiencias de esta Nueva España, otorga poder a don Juan Picado Pacheco, del Consejo de Su Majestad y Fiscal en la Real Audiencia de la ciudad de Guadalajara, Nuevo reino de Galicia, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre de los bienes y rentas que quedaron por fin y muerte del Ilustrísimo Señor Doctor don Diego Camacho y Ávila, Arzobispo y Obispo que fue la iglesia catedral de dicha ciudad, todos los salarios que fue por razón de su abogado de Cámara, su provisor y vicario general y gobernador de aquel obispado se le hubieren de regular y tasar desde el tiempo que él ejerció los cargos referidos hasta el fallecimiento de dicho Ilustrísimo Señor. También, cobre de todas personas que le hubieren de pagar, así como testamentarios y albaceas como del cabildo y diputados de dicha catedral y de cualesquier personas que los deban, de lo que recibiere y cobrare otorgue los recibos, cartas de pago y demás instrumentos, y para lo que se ofreciere se le da este poder con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0128 · Pièce · 1715/12/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Licenciado don Antonio de Vargas, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualesquier personas hasta el día de hoy y en adelante, así demandando como defendiendo, en las audiencias, juzgados y tribunales superiores e inferiores de los fueros eclesiásticos y seculares. Para lo antes mencionado, haga los pedimentos, requerimientos, protestaciones, presente testigos, escrituras, papeles, pida términos, ofrezca y pida fianzas, oiga autos, sentencias y para su dependiente y anexo se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0013 · Pièce · 1704/02/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Amaro González y Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar, juntos en mancomunidad, dijeron que por cuanto, por auto que proveyó el 22 del corriente, el Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, por el cual nombró por tutor y curador ad bona de los hijos del Capitán don Juan de Soto Noguera a don Luis Martínez de Figueroa, vecino de esta villa, y en él se le notificó que otorgase fianza de la cantidad y monto de tutela que ha de percibir de los bienes del dicho, difunto. De modo que, los presentes otorgantes se constituyeron por tales fiadores del dicho don Luis Martínez, principal y tutor y curador, y se obligaron a que lo que recibiere de dicha tutela estaría siempre segura y si por accidente tuviera dicha tutela algún menoscabo o se perdiese por omisión del dicho don Luis Martínez de Figueroa, lo pagaran de sus bienes todas las personas involucradas por medio de esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0043 · Pièce · 1700/07/04
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Margarita Jaimes Alfonso, viuda, mujer que fue de don Diego Dávila Barrientos, y don Diego Dávila Barrientos, su hijo, vecinos de esta villa de Córdoba, como albaceas testamentarios y tenedores de bienes de don Diego de Dávila Barrientos, difunto, dijeron que dicho difunto, al tiempo de su fallecimiento, se hallaba en la ciudad de México siguiendo algunos pleitos pendientes en la Real Audiencia de dicha ciudad y en otros tribunales, que miran y pertenecen su seguimiento, definición y conclusión según el derecho que le asiste a sus hijos y herederos, y con la finalidad que se prosigan, fenezcan y acaben dichos pleitos, otorgan poder general al Doctor don José Sáenz de Escobar, Abogado de dicha Real Audiencia de la ciudad de México, para dar seguimiento a todos los pleitos, causas y negocios que dicho difunto dejó con cualesquiera personas, conventos, pueblos y comunidades.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0090 · Pièce · 06/06/1766
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Bachiller don Ignacio Javier de Campo, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la Doctrina de San Antonio Huatusco jurisdicción de la Villa de Córdoba y residente en Jalapa, otorga poder especial al Licenciado don José Monfort, Abogado de la Real Audiencia de México y vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que efectúe la permuta de curatos que tiene tratada con el Bachiller don José Antonio del Castillo de Altra, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Ixhuacán de los Reyes, y tome colación del de Ixhuacán.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0096 · Pièce · 1700/01/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doctor don José Valero Grajeda, Cura por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico en esta villa de Córdoba y su jurisdicción, dijo que por cuanto el Capitán Nicolás Blanco, vecino que fue de esta villa, por testamento y codicilo, otorgó e hizo legado a la santa iglesia parroquial de esta villa para la ayuda de la fábrica material de ella y para obras pías, dejando a cargo a los curas que fueran de esta villa, sin embargo, el albacea no dio cumplimiento a la mayor parte de los legados; por tanto, el presente otorgante como acreedor que es de dichos bienes, además de poseer el cargo de cura que es de esta villa y representado a la misma iglesia, otorga poder especial al Doctor don Felipe Barrales, Abogado de la Real Audiencia de la ciudad de México, vecino de ella, y al Capitán don Diego Dávila Barrientos, primo del otorgante y residente en dicha ciudad, para que parezcan ante el Rey Nuestro Señor en su Real Audiencia y Cancillería de dicha ciudad de México, y pidan se les dé cumplimiento a los legados que dicho Nicolás Blanco hizo a la iglesia parroquial y lo que se les está debiendo que va expresado en el acta.

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