Stuk PX_0095_0077 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0077

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1838/09/03 (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

f. 280 vta. – 283 vta.

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Doña María Josefa Monroy de Franceschi, viuda y albacea de su finado esposo, don Francisco de Paula Franceschi y Castro; y don Manuel Arizavalo, curador ad litem de la persona y bienes de don Francisco de Paula, doña Rosa María Dolores, doña María Josefa y don Domingo Antonio Franceschi y Monroy, hijos de las expresados; dijeron que habiendo fallecido intestado don Manuel Ignacio Franceschi y Castro, sus ocho hermanos que debieron heredarlo y en nombre y representación de los que ya no existen, sus hijos como sus legítimos herederos, procedieron a la división y partición de los bienes que a dicho difunto le correspondieron por la herencia de sus difuntos padres, la que ejercitaron extrajudicialmente y tocaron 1 212 pesos 4 reales 4 granos a cada uno de aquellos que los son: don José Antonio; doña Antonia; don Domingo Maria; doña Rosa María [Franceschi y Castro], esposa que fue de don Matías Martínez de Espinosa, ambos difuntos, y en su representación al albacea de éste, hija de ambos, doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi; doña María de Jesús Franceschi y Castro y en su nombre sus hijos don Santiago, don Manuel y don [Arizavalo]; doña María Josefa Franceschi y Castro y en su nombre el difunto don Francisco de Paula Franceschi, por sí, por dicha señora y por su hermana doña Marí Manuela [Franceschi y Castro], monja profesa en el convento de San Sebastián en la Península Española. De cuyas herencias le hicieron cesión según consta en un expediente que queda archivado en este oficio público, en cuyos trámites del expediente se encuentra la fianza de mutuo saneamiento, en la cual los otorgantes ofrecieron formalizar la correspondiente obligación con hipoteca, a lo cual doña María Josefa Monroy de Franceschi y don Manuel Arizavalo dijeron que por el bien que resulta a la testamentaria y a los menores, han convenido reconocer sobre la casa situada en la calle Principal, que en el reparto de los bienes del difunto le tocó a don Manuel Ignacio y a don Francisco Franceschi, y es una que por dicha partición y escritura se le ha adjudicado 1 127 pesos 2 reales 4 granos a la señora doña Antonia Franceschi y Castro; 723 pesos 2 reales 4 granos a don Domingo Franceschi y en su nombre a dicha señora doña Antonia; y 731 pesos 5 reales 4 granos a doña Rosa María Franceschi y Castro y en su nombre a sus hijos doña María Dolores, doña María Josefa, doña Ramona y don José Pablo[Martínez de Espinosa y Franceschi], que igualmente se obligó a afianzar en favor de sus menores hijos, las dos cantidades que correspondieron a doña María Josefa y a doña María Manuela Franceschi y Castro, importando ambas sumas 2 425 pesos, de manera que las cinco cantidades hacen una total de 5 008 pesos 8 granos. Dicha cantidad doña María Josefa Monroy de Franceschi se obliga a reconocer sobre dicha casa, con causa de réditos de cinco por ciento al año, por el término de nueve años los tres capitales: dos de doña Antonia, que unidos hacen la suma de 1 850 pesos 4 reales 8 granos; y 731 pesos 5 reales 4 granos de las Espinosas, y los 2 425 pesos 6 reales 8 granos de doña María Josefa y doña Maria Manuela Franceschi, sin réditos porque éstos deben invertirse en los alimentos de sus menores hijos a quienes fueron donados, todo de común acuerdo con el curador de ellos. Y para mayor seguridad de los cinco capitales y réditos de los tres primeros, en favor de sus acreedores hipoteca la mencionada casa de altos y bajos, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la calle Principal de esta ciudad con el número público 14.

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    En el margen de la escritura se menciona que los herederos de la finada doña Antonia Franceschi y Castro otorgaron escritura de subrogación o cesión de acciones a favor de don José María Ruiz, por el capital perteneciente a dicha finada, con fecha en la ciudad de Xalapa a 31 de agosto de 1846. En el margen de la escritura se menciona que doña María Josefa Monroy otorgó escritura de venta de la casa en cuestión, a favor de don José María Ruiz, quedando cancelada esta escritura, con fecha en la ciudad de Xalapa a 21 de septiembre de 1847. El escribano registra los nombres Antonia Franceschi, Antonia Franceschi de Castro, Antonia Franceschi de Echagaray, María Antonia Franceschi, ésta firma Antonia Franceschi de Echagaray; Francisco Franceschi, Francisco de Paula Franceschi, Francisco de Paula Franceschi y Castro, Francisco Franceschi y Castro; Manuela Franceschi, María Manuela Franceschi, María Manuela Franceschi y Castro, Manuela Franceschi de Castro; Manuel Franceschi de Castro, Manuel Ignacio Franceschi y Castro; Manuel Franceschi de Castro, Manuel Ignacio Franceschi y Castro; Dolores Martínez de Espinosa, María Dolores Martínez de Espinosa, María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi, ésta firma María Dolores Martínez de Espinosa; María de Jesús Franceschi, María de Jesús Franceschi y Castro, María de Jesús Franceschi de Arizavalo; María Josefa Franceschi, María Josefa Franceschi y Castro, María Josefa Franceschi de Cia, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.

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