Stuk PC_0044_0004 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0004

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1707/01/05 (Vervaardig)
  • Córdoba (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

6 vta. – 8 vta.

Context

Geschiedenis van het archief

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Por una parte, pareció el Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, en virtud de poder de doña Gertrudis Jaimes Navarro, viuda y albacea de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, y de la otra parte, don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, albacea y uno de los herederos del citado difunto; dijeron que por cuanto en el juicio divisorio de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, el citado alguacil presentó su cuenta de cargo y data de lo que fue a su cargo como tenedor de dichos bienes [roto] 1 600 y más pesos [roto] que le pertenecían como tenedor de ellos; y sobre que se formó artículo por los curadores ad lítem, y dicha doña Gertrudis Jaimes adicionando dicha partida y otras de dicha cuenta. Por lo cual, con reconocimiento de los otorgantes que de seguirse dicho juicio de adiciones se dilatará la cuenta de división y partición de bienes entre los herederos y se menoscabará el caudal, han convenido y ajustado lo siguiente: Que el Alguacil don José de Carvajal y Contreras haya de remitir y perdonar a los herederos sus hermanos y dicha doña Gertrudis Navarro los 1 600 y más pesos del premio del 4 por ciento [roto] a los bienes del dicho su padre como tal tenedor de ellos [roto]. Diez negros que se obliga dicho don José de Carvajal a sacar y entregar a doña Gertrudis Jaimes Navarro del armazón de negros que vinieren del puerto de San Juan de Ulúa de la Nueva ciudad de la Veracruz, con declaración que pasado dicho término no viniendo dicho navío de negros se ha de obligar el susodicho a pagar de cinco en cinco en meses a doña Gertrudis 1 000 pesos con sus réditos, 500 pesos que asimismo se ha de obligar el dicho José a pagar a la doña Gertrudis [roto]. Por lo cual, don José de Carvajal otorga que se obliga a guardar y cumplir las condiciones y a que pagará al Capitán don Pedro López del Castrillo los 1 300 pesos y también a doña Gertrudis Jaimes Navarro los 700 pesos luego que salga dicha cuenta de división y participación; como asimismo a entregar los diez negros del armazón que viniere de San Juan de Ulúa.

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    Observaciones: Documento muy deteriorado y difícil de comprender. El escribano registra el nombre Joseph de Carbajal y Contreras, pero firma como Joseph Carbajal, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta. El escribano registra el nombre de Gaspar de Carvajal, Gaspar de Carbajal, Gaspar de Carabajal, Gaspar Ramires de Caravajal, Gaspar Carabaxal, éste firma Gaspar de Carbajal y Gaspar de Carvajal, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.

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