Unidad documental simple PX_0086_0143 - Sin título

Área de identidad

Código de referencia

MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0143

Título

Sin título

Fecha(s)

  • 1829/12/30 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

f. 361 - 363 vta.

Área de contexto

Nombre del productor

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Doña Bárbara Apolbón, hija legítima de don Antonio Apolbón y de doña Francisca Aguilera, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa, de la que es originaria. Estando de pie, pero de edad avanzada, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado libre, por lo que carece de descendientes en línea. Declara que la casa que posee y disfruta, ubicada en esta villa, en la calle que sube de la de Belén para la de la Constitución se la dejó en usufructo y solamente por sus días su sobrina María Josefa Baldero y Apolbón, como consta en la memoria de comunicados y última voluntad que tiene en su poder, en el que también ordenó su sobrina que deducidos 500 pesos que le pertenecen a don Manuel Baldero Apolbón, el resto del valor de la referida casa lo disfrutara y que cuando llegase a fallecer, se hiciesen de lo que quedase, en cuatro partes iguales: aplicándose una a la casa de ejercicios; otra a la Santa escuela de Mujeres; otra en misas para las ánimas y la cuarta, en limosna para los pobres. Expuso que tiene algunas deudas pasivas, por préstamos que solicitó para sus alimentos, los cuales le es imposible pagar, como tampoco los 500 pesos por lo que tiene resuelto enajenar la dicha casa, con el fin de pagar o que quede impuesto a su favor. Y en el evento de que al tiempo de su fallecimiento no haya logrado verificar la venta de dicha casa, lo efectuará su albacea, cubriendo con su producto los 500 pesos de Manuel Baldero Apolbón y las cantidades que debe. Además, declara que su sobrina le dejó en herencia absoluta 100 pesos que le debía don Matías Espinosa y 26 pesos que le debía don Dionisio González y Cabrera, de cuyas deudas ha cobrado muy poco y ordena que se recaude por su albacea. Nombra por su única y universal heredera su alma. Y como albacea a don Dionisio Camacho, de esta vecindad.

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Condiciones

Idioma del material

  • español

Escritura del material

    Notas sobre las lenguas y escrituras

    Características físicas y requisitos técnicos

    Instrumentos de descripción

    Área de materiales relacionados

    Existencia y localización de originales

    Existencia y localización de copias

    Unidades de descripción relacionadas

    Descripciones relacionadas

    Área de notas

    Notas

    El escribano registra los nombres Manuel Apolbón, Manuel Baldero Apolbón; Dionisio González, Dionisio González y Cabrera, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.

    Identificador/es alternativo(os)

    Puntos de acceso

    Puntos de acceso por lugar

    Puntos de acceso por autoridad

    Tipo de puntos de acceso

    Área de control de la descripción

    Identificador de la descripción

    Identificador de la institución

    Reglas y/o convenciones usadas

    Estado de elaboración

    Publicado

    Nivel de detalle

    Parcial

    Fechas de creación revisión eliminación

    Idioma(s)

      Escritura(s)

        Fuentes

        Área de Ingreso