Pièce PX_0086_0006 - Sans titre

Zone d'identification

Cote

MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0006

Titre

Sans titre

Date(s)

  • 1829/01/17 (Création/Production)

Niveau de description

Pièce

Étendue matérielle et support

f. 8 vta. - 13

Zone du contexte

Histoire archivistique

Source immédiate d'acquisition ou de transfert

Zone du contenu et de la structure

Portée et contenu

Los ciudadanos Juan Bautista de Garaicoechea, Antonio María de Casas y las señoras María Manuela Montero y Ana María Rodríguez Montero, madre política la primera y mujer la segunda del ciudadano Antonio María de Casas, las dos mayores de edad; el citado Casas dijo que desde el año de 1814 es deudor al ciudadano Juan Bautista de Garaicoechea de la cantidad de 2 208 pesos, como se muestra el papel que se agrega, y que no habiendo hecho el pago le fue requerido extrajudicialmente por su acreedor, quién lo presentó al juzgado de esta villa, en el que con arreglo a las leyes se procedió al juicio conciliatorio y de él resultó que el compareciente otorgase escritura en forma para asegurar su crédito a Garaicoechea, puesto que en el acto no podía hacer el pago por la paralización del comercio. Y habiéndose conformado con el proceder, don Antonio María de Casas otorga que debe al ciudadano Juan Bautista de Garaicoechea la cantidad de 2 208 pesos y sus réditos, y para seguridad de los mismos hipoteca una casa baja, de la pertenencia de su madre política señora María Manuela Montero, de cal y piedra cubierta de teja, sita en la calle del Calvario, que linda por el norte con la colecturía de diezmos; por el sur con casa del ciudadano Pablo Álvarez; por el oriente con la del finado Durán, calle en medio; y por el poniente con solar de la misma colecturía. Y estando presente la señora Montero, de la propia vecindad, otorga que hipoteca la deslindad casa y otorga poder y facultad al acreedor, para que cumplido los plazos si su hijo político no le hubiere satisfecho dicha cantidad y los réditos vencidos, dirija su acción contra ella y pueda vender la mencionada casa.

Appraisal, destruction and scheduling

Accruals

System of arrangement

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Conditions d'accès

Conditions governing reproduction

Language of material

  • espagnol

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    Language and script notes

    Caractéristiques matérielle et contraintes techniques

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    Zone des notes

    Note

    Contiene pagaré por la cantidad de 2 208 pesos, con fecha en Xalapa a 13 de agosto de 1827, f. 9. En el margen del documento se citan tres notas, la primera dice, esta escritura queda registrada en el libro de hipotecas. 2.ª A pedimento de don Juan Francisco de Bárcena y por mandato del señor juez de primera instancia se libró testimonio de la presente escritura, f. 8 vta., 10; solicitud y actuaciones se ubican al final del protocolo, su fecha 11 de octubre de 1855, f. 368 - 368 vta. 3.ª Se otorga que queda libre de gravamen la casa contenida en esta escritura, fecha 24 de abril de 1856, f. 10 -10 vta. El alcalde registra el nombre Ana María Rodríguez, Ana María Rodríguez de Casas, Ana María Rodríguez Montero, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.

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    Mots-clés - Genre

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    Statut

    Publicado

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    Moyen

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        Sources

        Accession area