Doña Ángela Francisca del Pino, vecina de este pueblo, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes de don Bartolomé Salvo, informa que por muerte de don Dionisio José Salvo, su hijo, acordó con doña Petra Antonia Bonilla, su nuera, viuda, el adjudicarse los bienes del difunto, por lo que vende a don José de Herrera y Campo, el Rancho Zoncuantla, con sus tierras, casas, jacales, ganados, aperos y abrevaderos, en 2, 800 pesos.
ZONCUANTLA, RANCHO DE
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José Irineo Castañeda, vecino de las goteras de esta villa, dijo que don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, dio en subarrendamiento a Petra Báez, viuda de Alfonso Jiménez, el rancho y terreno nombrado de Soncuantla [Zoncuantla], bajo los términos y condiciones que constan en la escritura que de ello otorgaron en esta villa, su fecha a 18 de febrero de 1824, por 400 pesos en cada un año, bajo la fianza y garantía de José Manuel Villa. Por la presente otorga que subroga la fianza de José Manuel Villa, constante en la misma escritura, con expreso acuerdo del subarrendador Bernabé de Elías Vallejo.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOManuela Antonia de Ochoa, vecina de este pueblo de Jalapa, viuda y albacea del difunto Simón Blanco Navarrete, tenedora de los bienes de sus menores hijos, junto con Domingo de Ochoa, curador de los referidos menores, otorgan en arrendamiento a don Luis Antonio Ortiz de Zárate, de esta vecindad, un potrero para ganado mayor llamado Zoncuautla, por el tiempo en que dicho Zárate esté a cargo del abastecimiento de carne de este pueblo, y por la cantidad de 180 pesos anuales.
Manuela Antonia de Ochoa, viuda y albacea de Simón Blanco Navarrete, vende a don Francisco Javier Fernández de Ulloa, un rancho de labor y potrero nombrado Zoncuantla, que hubo por remate, adjudicación y merced que junto con otras tierras le hizo su suegro don Francisco de Ochoa, con los linderos que se mencionan en el instrumento de 29 de enero de 1749. La venta se hace en 4, 000 pesos de oro común que le han pagado de contado.
Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, como arrendatario principal que es del Mayorazgo de la Higuera, ubicado en jurisdicción de esta villa, otorga en subarrendamiento en favor de Petra Báez, también de esta vecindad, viuda del finado Alfonso Jiménez, a saber el rancho y terreno nombrado Zoncuantla inmediato al río que nombran Sordo, hacia el sur de esta villa, que es parte del indicado mayorazgo de la Higuera, con todos sus campos, montes, aguajes, pastos y abrevaderos, por el término de siete años, que deben contarse desde el primero de marzo próximo venidero, por el precio de 400 pesos anuales, bajo las siguientes condiciones: Que José Manuel Villa, vecino de aquel territorio, ha de constituirse por su fiador y principal pagador por el monto de la renta como de todo lo que le incumbe a Petra Báez en este contrato y será de su cargo la recaudación de las rentas menores de los rancheros y colonos avecindados en dicho territorio, para que con esto complete y entregue el monto de la renta y estando presente se constituye como tal. Segundo que no se realizarán más cortes de leñas, que los precisos para sus gastos y del consumo para los hornos de quemar cal. Tercero que es de la obligación de la inquilina el defender los términos y linderos conocidos hasta esta fecha, sin permitir que terceros se introduzcan en esta propiedad, dando cuenta oportunamente de cualquier novedad.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO