Item PX_0088_0100 - Sem título

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Código de referência

MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0100

Título

Sem título

Data(s)

  • 1831/01/29 (Produção)

Nível de descrição

Item

Dimensão e suporte

f. 244 - 248 vta.

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Nome do produtor

História biográfica

História do arquivo

Fonte imediata de aquisição ou transferência

Zona do conteúdo e estrutura

Âmbito e conteúdo

Don José Francisco Rivadeneira, a nombre propio; y don Manuel Martínez, como apoderado de doña María Manuela Yáñez, vecina de Puebla, en virtud del poder que ésta le otorgó en dicha ciudad el 31 de diciembre del año pasado, por el cual, se le autoriza, para que pidiendo a Rivadeneira cuentas, las liquide, adicione y apruebe conviniéndose y transigiendo con él sobre ellas y su pago, con arreglo a las instrucciones de doña María Manuela Yáñez. Dijeron que habiendo dado al citado Rivadeneira, en el año de 1824, 6 000 pesos para que los girara libremente y con sus utilidades sostuviera a su familia, Rivadeneira promovió una escritura pública de obligación a favor de la señora Yáñez, la que por consentimiento de ambos se otorgó en la ciudad de Puebla, por ante el escribano Nacional Ignacio de Urrutia el 27 de junio de 1825. Escritura en la que Rivadeneira se obligó a reconocer la citada cantidad por término de 8 años, pagando los réditos del 5 por ciento anuales y bajo la hipoteca de todos sus bienes. Posteriormente, el 21 de marzo de 1826, provoco la señora Yáñez una conciliación ante el alcalde quinto interino de esa ciudad, en la que confesando su patrono, el Licenciado don Manuel Ruiz, que su parte había hecho a Rivadeneira donación de 1 000 pesos y diciendo que ignoraba ella en que parte se hallaban los 5 000 pesos restantes, que eran los únicos a que con su respectivos réditos tenía derecho ya, quería se le expusiese aquello y se le asegurara su dinero con un instrumento e hipoteca de una finca raíz. Dificultándose el asunto por la falta de bienes de Rivadeneira, finalmente convino éste con el Licenciado don Manuel Martínez en nombre de la señora Yáñez, que el asunto se tenga por transigido en los términos y con las condiciones siguientes: 1.ª que la deuda que Rivadeneira tiene con la señora doña Manuela Yáñez, queda reducida a la cantidad de 1 650 pesos, así por el capital de 5 000 pesos, como por los réditos. 2.ª esta cantidad no ha de causar ninguno en adelante, y se ha de satisfacer parcialmente. 3.ª por lo pronto, el deudor debe entregar 300 pesos a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio, persona elegida por la Yáñez. 4.ª en los primeros días de marzo y en adelante, debe entregar 40 pesos mensuales a la misma persona hasta concluir el pago de los 1 350 pesos. 5.ª para realizar el pago, no se pediré fianza ni otra seguridad. 6.ª se deberá entregar a Rivadeneira escritura en donde conste que queda cancelada la de fecha de 27 de junio de 1825, y de alguna otra que en su contra pudiera obrar. Considerando que dan valor a la presente escritura para cumplir lo pactado en ella, por lo que ambos Martínez por la señora Yáñez, y Rivadeneira por sí mismo, quienes señalan que en la presente transacción no hay dolo ni engaño alguno, dando por nulos y rotos todos los instrumentos, obligaciones y papeles que se hayan extendido antes.

Avaliação, seleção e eliminação

Incorporações

Sistema de arranjo

Zona de condições de acesso e utilização

Condições de acesso

Condiçoes de reprodução

Idioma do material

  • espanhol

Script do material

    Notas ao idioma e script

    Características físicas e requisitos técnicos

    Instrumentos de descrição

    Zona de documentação associada

    Existência e localização de originais

    Existência e localização de cópias

    Unidades de descrição relacionadas

    Descrições relacionadas

    Zona das notas

    Nota

    Desfase en el orden cronológico del documento, comienzan los instrumentos otorgados por el Escribano Antonio María Buenabad. En el margen del documento se encuentra la cancelación de esta transacción, Xalapa a 26 de marzo de 1834. Al final del protocolo, en las fojas 511 - 512, se encuentra copia de un documento donde doña María Manuela Yáñez, otorga poder a don Manuel Martínez, para que en su nombre formalice el recibo y cancelación de esta escritura, en la ciudad de Puebla a 22 de marzo de 1834. El escribano registra el nombre Bernabé Elías, Bernabé de Elías, Bernabé de Elías Ballejo, Bernardo de Elías, éste firma Bernabé de Elías, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.

    Identificador(es) alternativo(s)

    Pontos de acesso

    Pontos de acesso - Assuntos

    Pontos de acesso - Nomes

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    Identificador da descrição

    Identificador da instituição

    Regras ou convenções utilizadas

    Estatuto

    Publicado

    Nível de detalhe

    Parcial

    Datas de criação, revisão, eliminação

    Línguas e escritas

      Script(s)

        Fontes

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