Stuk PC_0034_0096 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0096

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1699/11/17 (Vervaardig)
  • Córdoba (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

144 vta. – 146

Context

Naam van de archiefvormer

Geschiedenis van het archief

Directe bron van verwerving of overbrenging

Inhoud en structuur

Bereik en inhoud

Juan Vásquez [Vázquez] y Diego Saúl, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto Diego Saúl le ha prestado a Juan Vásquez [Vázquez] 500 pesos en reales de oro común por hacerle bien y buena obra, por el tiempo de su voluntad y con el rédito del 5 por ciento anual que importan 25 pesos, los cuales ha de pagar Juan Vásquez [Vázquez] al síndico del convento de San Antonio de esta villa; a quién desde ahora otorga poder para que los pueda cobrar u otorgar carta de pago a favor de dicho Juan Vásquez [Vázquez]. Y cada síndico en su tiempo, han de ser obligados a convertir dichos 25 pesos en veinticinco misas rezadas por la pitanza de a 8 reales cada una, trece cada lunes en la iglesia parroquial de esta villa, en el altar de las Benditas Ánima del Purgatorio; y las doce restantes en la iglesia del Señor San Antonio de esta villa, en el altar de la Virgen de Ánimas. Señala que todas las misas se han de decir y aplicar por las Benditas Ánimas del Purgatorio, por el Licenciado Pedro Rubio de Gabiria [Gaviria], Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa; y por fin y muerte de dicho licenciado han de ser dichas por el Bachiller Pedro Franco de Algarín, habiéndose ordenado de sacerdote; y por fin y muerte del susodicho, por el sacerdote que nombre el síndico. Con la condición de que si en cinco años no se tuvieran noticia del otorgante, por estar próximo a ausentarse de esta villa, es su voluntad que dicho síndico cobre los 500 pesos, los imponga a censo redimible y funde una capellanía por las Benditas Ánimas del Purgatorio, de cuya capellanía ha de ser patrón el síndico que sea de dicho convento y por capellán el Licenciado Rubio de Gabiria [Gaviria]. Por su parte Juan Vásquez [Vázquez] se compromete a pagar dicho adeudo y para mayor seguridad hipoteca una casa que tiene en esta villa.

Waardering, vernietiging en slectie

Aanvullingen

Ordeningstelsel

Voorwaarden voor toegang en gebruik

Voorwaarden voor raadpleging

Voorwaarden voor reproductie

Taal van het materiaal

  • Spaans

Schrift van het materiaal

    Taal en schrift aantekeningen

    Fysieke eigenschappen en technische eisen

    Toegangen

    Verwante materialen

    Bestaan en verblifplaats van originelen

    Bestaan en verblijfplaats van kopieën

    Related units of description

    Related descriptions

    Aantekeningen

    Aantekening

    Documento deteriorado. El escribano registra Juan de la Beguellina y Sandobal, éste firma de igual manera, para su ubicación se registró Juan de la Veguellina y Sandoval.

    Alternative identifier(s)

    Trefwoorden

    Naam ontsluitingsterm

    Genre access points

    Beschrijvingsbeheer

    Identificatie van de beschrijving

    Identificatiecode van de instelling

    Toegepaste regels en/of conventies

    Status

    Publicado

    Niveau van detaillering

    Gedeeltelijk

    Verwijdering van datering archiefvorming

    Taal (talen)

      Schrift(en)

        Bronnen

        Voorwaarden voor raadpleging en gebruik