Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1705/03/12 (Creación)
- Córdoba (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
59 vta. – 61
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Antonio Amaro González, vecino de esta villa de Córdoba, padre legítimo de doña Nicolasa de Amaro, viuda, mujer que fue de Antonio Martínez Romano, dijo que habiendo fallecido el susodicho ab intestato el día 8 de febrero de 1704, su hija obtuvo licencia del alcalde mayor para hacer el inventario y avalúo de los bienes de su marido, por haber dejado hijos de dos matrimonios, los cuales importaron 1 728 pesos y 3 reales. Asimismo, declara que Nicolasa hizo pedimento para que los bienes se adjudicaran a su padre, el presente otorgante, por los gastos que podían generar, lo cual proveyó el alcalde que dicha petición se trasladara al Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de Real Audiencia de esta Nueva España, de cuyo parecer mandó que la susodicha justificara que los hijos del primer matrimonio y de ella fueran del citado Antonio Martínez Romano. Por lo cual, después de verificadas las legitimidades de los hijos, dicho juez proveyó auto en el que declaró por legítimos herederos de Martínez Romano y de su primera mujer a María y Josefa Martínez Romano, y a los hijos del susodicho y de Nicolasa de Amaro a Agustín y Pedro José, y que con esta información mandó que los bienes se le adjudicarán al presente otorgante. Por tanto, cumpliendo con la obligación dicho otorgante como principal y don Luis Martínez de Figueroa como su fiador otorgan que se obligan de dar y pagar a María, Josefa Martínez Romano hijas legítimas de Antonio Martínez Romano y doña Catalina de Chávez su primera mujer, y Agustina y Pedro José, hijos legítimos del susodicho y de Nicolasa de Amaro su segunda mujer, la cantidad de pesos que a cada uno tocare de los bienes que dejó por suyo en esta villa y los cuales fueron adjudicados a su persona.
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
español
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
Observaciones: Documento deteriorado. El escribano registra el nombre Antonio de Amaro, pero firma como Antonio Amaro Gonsales, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta. El escribano registra los nombres Juan Ximenez, Juan de la Veguellina y Sandoval, Antonio Martines rromano, Josepha Martín, Josepha de Chávez, Pedro Joseph y Cathalina de Chaves, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta. El escribano registra Josefa Chávez, Josefa Martin Romano, Josefa Martinez Romanos, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
- AMARO GONZÁLEZ, ANTONIO (Materia)
- AMARO, NICOLASA DE (Materia)
- CHÁVEZ, CATALINA DE (Materia)
- CHÁVEZ, MARÍA DE (Materia)
- MARTÍNEZ DE FIGUEROA, LUIS (Materia)
- MARTÍNEZ ROMANO, ANTONIO (Materia)
- MARTÍNEZ ROMANO, JOSEFA (Materia)
- VEGUELLINA Y SANDOVAL, JUAN ANTONIO DE LA (Materia)