Doña María Josefa de la Cruz, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Miguel Pérez Chamorro, actualmente casada con don Domingo Díaz Mier, viudo de doña Juana Jiménez Román, ella con licencia expresa de su citado esposo, dijo que donó a sus dos hijas, doña Mariana Chamorro [Mariana Pérez Chamorro], casada con don Juan Manuel Castañón, y María Chamorro [María Matiana Pérez Chamorro], casada con don Antonio Pérez Maldonado, dos casas, una a cada una, y ahora valiéndose de las leyes que para este caso la favorecen, revoca dicha donación debido a las malas correspondencias de los yernos.
VIUDOS
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Doña Margarita Josefa Martínez Navarro, viuda de don Laureano Fernández de Ulloa, junto con su hijo don Francisco Javier Fernández de Ulloa, albaceas, don Antonio Primo de Rivera, viudo de doña Antonia de Acosta, en nombre de sus hijos menores y con poder de sus hermanas doña Gertrudis Agustina, doña Sebastiana y doña María Antonia de Acosta, todos vecinos del pueblo de Jalapa, declaran que ambas familias tienen casas que son separadas por una pared.
Don Juan José Rodríguez de Morzo, Regidor Perpetuo de la Ciudad de la Veracruz, Comisario de Guerra y Controlador del Hospital Real de Jalapa, natural del lugar de Tembleque en la provincia de la Mancha y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Juan Rodríguez de Morzo y doña María Catarina Nieto, difuntos, viudo de doña Ana María Moreno, otorga poder para testar a doña Simona Rodríguez, y a don Francisco Javier de Ulloa, asimismo los nombra albaceas testamentarios y herederos universales, vecinos de este pueblo.
Don Juan Mateo Juille, del Comercio de España, residente en esta Villa de Xalapa, viudo de doña María Josefa Moreno de cuyo matrimonio quedaron 4 hijos menores, otorga poder especial a don Manuel Moreno y por su falta a don José María Zavaleta, vecinos de la ciudad de Veracruz, para que en su nombre y como padre legítimo de sus 4 hijos, nietos del difunto don Pedro Moreno, Regidor que fue de dicha ciudad, pueda proceder a la aceptación de la herencia que por muerte de dicho regidor les corresponde a sus hijos.
Miguel Rivera Infante, hijo legítimo de don Antonio Rivera y de doña Margarita Mariana Infante, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa, de donde es originario, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser viudo de doña María Manuela Alfaro, de cuyo matrimonio procrearon a Francisco Epifanio [Rivera] que hoy tiene treinta y un año y permanece en estado de celibato; a Miguel Arcadio que murió sin sucesión alguna, aunque dejó viuda a María de los Ángeles Barrientos; a María Josefa Gorgonia de la Natividad [Rivera] que está casada con don Ignacio Ortiz de Zárate; a Francisco de Paula casado con doña Teodora Maldonado; a José Hilario que aún es soltero y tiene diecinueve años de edad; y a Manuel soltero de quince años. Declara que durante el matrimonio adquirieron dos casitas, de la cuales ordena se distribuyan entre sus cinco hijos en la forma siguiente: La casa que hoy habita, que se ubica en esquina hasta un lindero de don Juan Francisco de Bárcena, la aplica para Francisco Epifanio y José Hilario; la otra casa que está contigua, será dividida en tres partes, aplicándose el zaguán y el cuartito que está junto a Francisco de Paula; la pieza última a María Josefa Gorgonia; y el cuarto de en medio a Manuel; y por lo respectivo al terreno del patio se dividirá cada uno su porción, sacando la línea de pared divisoria respectiva; y en cuanto al agua de que disfruta la casa, quedará para el uso común de todos, sea cual fuere el terreno donde resulte situada. Declara que las fincas son responsables de 200 pesos que reconocen con rédito de 5 por ciento anual, los 100 pesos de ellos pertenecientes al Santísimo de la parroquia de esta villa; 50 a la obra pía de San Pascual Bailón de señor San José, y los otros 50 a San Francisco de Paula también de señor San José. Ordena que los 100 pesos del Santísimo los reconozcan Francisco Epifanio y José Hilario sobre la casita consignada de éstos; los 50 pesos de San Pascual Bailón los reconozca por sí sola María Josefa Gorgonia; y los 50 pesos de San Francisco de Paula los reconocerá Francisco de Paula; quedando libre de gravamen la parte de la casita que le toca a Manuel. Declara ser primer albacea de don José María Alfaro y doña Gertrudis Díaz de la Cueva, padres de su esposa y que han estado en su poder tres casas pertenecientes a esa testamentaría, de la cual se encargará de concluir dicha testamentaría su hermano político el Presbítero don José Estanislao Alfaro y Díaz, Cura actual de Tonayán. Nombra como albacea a su hijo Francisco Epifanio y al Presbítero don José Policarpo Rodríguez; y si por alguna razón se descubrieran otros bienes que le pertenezcan, nombra como sus herederos a sus nominados cinco hijos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODoña Manuela Jácome y don Francisco Jácome, vecinos de Coatepec, albaceas, hijos y herederos de don José Jácome, otorgan la primera que da y el segundo que recibe en adjudicación un jacal de rajas cubierto de teja y un solar en que se halla ubicado en Coatepec, compuesto de 41 y media varas de frente y 42 de fondo, lindando por el oriente, calle Nueva de por medio, con solar de Josefa Vallecillo; por el poniente con el de doña Manuela Rebolledo; por el sur, calle de San Juan de por medio, con el de don Francisco Galván y Segovia; y por el norte con el de don Dionisio Camacho; siendo propias de este solar las dos cercas de madera del oriente y sur. Cuya adjudicación la hace la expresada doña Manuela Jácome por sí y a nombre de sus coherederas: doña María Celidonia [Jácome], doña Guadalupe [Jácome], don Cruz Galván, viudo y en representación de doña María de Jesús, y de don José María Jácome, por quienes prestan voz y caución. En tal virtud queda hecha esta adjudicación en la cantidad de 180 pesos de que deduciéndosele a don Francisco lo que le corresponde por su hijuela y lo que acredite haber gastado a beneficio de la testamentaria de su padre, el resto le entregará en efectivo en dicho juzgado, para que allí se satisfagan a sus coherederos sus respectivas hijuelas de todo lo que se pondrá constancia pro el juez al pie del testimonio de esta escritura para que así conste quedarle la casa y solar libres de esta responsabilidad, como lo está libre de gravamen e hipoteca.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, viuda albacea de su primer marido don Mariano Ladrón de Guevara, y única heredera de su hija, doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa, quien falleció sin sucesión y abintestato, dejando viudo al alférez de navío don Antonio Fernández de Landa, que se haya en España; dijo que conforme a la voluntad de su difunto marido y del remanente del quinto de sus bienes, establece y funda una obra pía con el principal de 1 000 pesos en favor de los religiosos del convento de San Francisco, para que con sus premios de un 5 por ciento celebren una misa anual a beneficio de su alma. Y como única heredera de su hija, establece y funda otra obra pía con el principal de 1 500 pesos, en favor de los mismos religiosos del citado convento, para que con sus premios de un 5 por ciento, se celebre en aquella iglesia otra misa anual para el alma de su hija. Teniendo como tiene fincas valiosas, capaces de reportar ambos capitales, por lo que se da por recibido el monto de ambas fundaciones que es de 2 500 pesos y se obliga a tener esta suma en su poder por vía de depósito irregular por el término de nueve años, a partir del 26 del corriente mes; y del segundo desde el 18 de agosto de año pasado, cubriendo en cada uno de ellos, el premio de un 5 por ciento. Y a favor de las referidas obras pías, hipoteca una casa de paredes de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, haciendo esquina a las calles de Belén y la Nueva, su frente principal al poniente y del otro lado casa alta de los herederos de doña Juana Robledano; por su fondo, al oriente, linda con el costado de casa del presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate; por el costado del sur con casa de los herederos de don Francisco Javier Gorospe; y por el del norte hace el otro frente a la calle Nueva y casa de los herederos de don Manuel Rincón.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo, Alférez Real de Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, apoderado general de don Pedro José Sáenz de Navarrete, viudo y albacea de la difunta doña [María] Josefa Bandala, otorga que se constituye a tener en su poder por vía de depósito irregular, las cantidades que les corresponden a los menores de esta testamentaria, don Andrés Hilario y don José María Bocelo, y a contribuirles el acostumbrado 5 % sobre las que así resultare, el que deberá correr desde esta fecha en adelante, hasta que salgan de la menoría.
Don Juan Lucas de Olavarrieta, natural del Valle de Oquendo, Provincia de Álava en Vizcaya, hijo de los difuntos don Juan de Olavarrieta y de doña Teresa de Lartundo, otorga su testamento en donde declara es viudo, no tiene hijos, encarga a sus albaceas que el día de su entierro se repartan de sus bienes entre los pobres que se hallaren enfermos en sus casas en esta Villa, 200 pesos de acuerdo a la necesidad de cada uno, y con preferencia al más necesitado, nombra por sus albaceas a don Pedro de Escuza, don Manuel Pérez y Suárez, Cura y Juez Eclesiástico de esta Villa, y a don Francisco Cia, a quienes también nombra como sus herederos, ya que no tiene herederos forzosos.
Don Juan Francisco de Toledo, vecino y del comercio de México, natural de la Provincia de Guipúzcoa, en el lugar de [Goyaz], hijo legítimo de don Juan Antonio Toledo y de doña Joaquina [Otaegui], difuntos, otorga su testamento donde declara ser viudo de doña María Ignacia de Roncal, con quien procreó a María Luisa, quien falleció sin sucesión estando casada con don Juan José de Barrena. Declara que sus bienes consisten en reales efectivos que lleva consigo en el convoy en el que viaja y lo demás queda en poder de varios vecinos de México, esperando se los remitan a España, para donde él sigue viaje. Declara que el Rey le debe por concepto de varios suplementos 10 000 pesos. Ordena que de sus bienes se den 3 000 pesos al Monasterio de Nuestra Señora de Aranzazu de su provincia. Ordena se impongan en finca segura 3 000 pesos, para que de su réditos se pague un maestro de escuela de primeras letras que se establezca en el lugar de Vidania, de su misma provincia. Nombra como albacea a su hijo político don Juan José de Barrena, en primer lugar, y en segundo a don José Domingo de Guerra, del comercio de México, quien también viaja en compañía del otorgante. Nombra como herederos universales a sus sobrinos carnales en primer grado, hijos de sus hermanos Bartolomé, Juan Antonio y María Luisa de Toledo.