El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del Ingenio La Santísima Trinidad, aceptó como en ella se contiene, la escritura en favor de Su Majestad y de Doña Ana Fernández de la Calleja, viuda de Fernando de Arriaga, para el cumplimiento del remate que se le hizo al dicho difunto de las reales alcabalas de esta provincia.
VIUDAS
11 Descripción archivística resultados para VIUDAS
Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, viuda del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, como madre y tutora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, sucesora del Mayorazgo de la Higuera, dio su poder cumplido al Lic. Don Juan de Dios Ocampo, presbítero, domiciliario del Arzobispado de la ciudad de México, para que en su nombre celebre y otorgue una escritura de transacción con dos pensionarios del Mayorazgo de la Higuera, con el propósito de que acepten 400 pesos de renta anuales cada uno, ínterin que se da en arrendamiento el ingenio La Santísima Trinidad.
Alonso García de la Torre, vecino de la provincia de Jalapa, en nombre de Juana Díaz, vecina de Jalapa, viuda de Sebastián Díaz, vende a Francisco Hernández de la Higuera, dueño del Ingenio de La Santísima Trinidad, un sitio de potrero que linda con su ingenio, en 200 pesos de oro común.
El Capitán Don José de la Higuera Matamoros, Alcalde Mayor de Jalapa, dio su poder cumplido a Don Luis de Miranda y Ocampo, mercader, y a Don Juan Matías, corredor, vecinos de la ciudad de Puebla de los Ángeles; y al Padre Fray Juan Alfonso, religioso dominico de dicha ciudad, para que en su nombre puedan poner en empeño dos esclavos de su propiedad: el uno negro, nombrado Juan de Castro, criollo, hijo de Antonio de Castro, chino, y de Teresa, negra criolla, difuntos, que fueron esclavos del Ingenio La Santísima Trinidad; de 22 años de edad, el cual le fue donado por su hermano Don Francisco de la Higuera Matamoros el año pasado de 1667. Y el otro, un mulatillo de 14 años de edad nombrado Agustín Hernández, criollo del dicho ingenio, hijo de Margarita, negra esclava de la dote de Doña Josefa de Arellano y de Irala, viuda del Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, quien como madre del otorgante le fue dado desde pequeño; el dicho Juan en 400 pesos y Agustín por 300 pesos de oro común, libres de empeño, hipoteca y otra enajenación, por el plazo de seis meses.
Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, viuda del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, como tutora y administradora de los bienes de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, dio su poder cumplido al Lic. Don Juan de Dios Ocampo, presbítero domiciliario del Arzobispado de México, para que en su nombre pueda dar en arrendamiento el ingenio de La Santísima Trinidad, con lo avíos, tierras, esclavos, ganados y todo lo que le pertenece; por el tiempo y el precio que mejor le pareciere.
Don José Joaquín Cortes de la Higuera, Administrador del Mayorazgo y demás tierras y bienes de doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, viuda del Capitán don Fernando Niño de Córdoba de la Higuera, vecina de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder que la señora Petronila le otorgó al citado José Joaquín, renta a Inés de Lezama, viuda de don Domingo Navarrete, vecina de esta jurisdicción de Jalapa, unas tierras que van desde el cerro de los Mabobos hasta el rincón de Los Chininos, de largo y ancho hasta la cerca de piedras, donde son tierras del ingenio nombrado La Santísima Trinidad, propiedad de doña Josefa Petronila, mismas que anteriormente rentó don Domingo Navarrete y que ahora, su viuda se compromete a arrendar por el tiempo de 5 años, pagando en cada año 28 fanegas de maíz.
Doña Magdalena de Tejeda, vecina de Jalapa, viuda de Rodrigo Fernández y como curadora de sus menores hijos, vende a don Andrés Pérez de la Higuera, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, un sitio de venta y cinco caballerías de tierra, ubicadas en términos de Jalapa, donde dicen Xalatengo El Viejo, a poco más de media legua del pueblo, por el precio de 480 pesos de oro común.
Doña Francisca Ramírez, viuda de Francisco de Orduña Castillo, vecina de Jalapa, como tutora y curadora de sus menores hijos, confesó que el Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, dueño del ingenio San Pedro Buenavista, le ha dado y pagado en reales, y libranzas suyas, ciertas cantidades de pesos, en una de 200 pesos que dio a Diego Alonso de Villasana, su yerno, por cuenta de la legítima paterna de Doña Agustina de Orduña Castillo; y otra, que para dicha cuenta le da de 211 pesos, que ajustadas las cuentas y réditos le restaba debiendo el referido Capitán de una escritura de 4946 pesos y 5 tomines, fechada el 31 de diciembre de 1655 en el ingenio La Santísima Trinidad, de los cuales hoy se dio por pagada y satisfecha a su voluntad.
Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, viuda del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, como madre y tutora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, heredera del Mayorazgo de la Higuera, dio su poder cumplido al Lic. Don Manuel del Pozo, Vicario y Juez Eclesiástico del ingenio La Santísima Trinidad, para que en su nombre reciba y cobre del Padre Rector del Colegio de San Ildefonso de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y de su Procurador, 3000 pesos de oro común, que están cargados a censo redimible sobre dos sitios de ganado menor con 10,000 cabezas, por modo de sufragio y capellanía, que fundaron Don Andrés Pérez de la Higuera y Doña Francisca Díaz Matamoros en este ingenio, el 6 de junio de 1616.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, vecino del ingenio de La Santísima Trinidad, y el Capitán Don José de Ibelli, residente en este pueblo, en nombre y con poder de Doña Mariana de Iturbe y Ubera, vecina de la nueva ciudad de Veracruz, viuda del Capitán Don Antonio de Dueñas, ajustaron cuentas de los avíos para el ingenio y entregas de azúcares que han tenido; y la dicha Doña Mariana lo alcanzó en 1200 pesos de oro común, los cuales Don Francisco de la Higuera se obligó a pagarlos en un plazo de 6 años, a partir del 1 de enero de 1679, a razón de 200 pesos anuales, una paga en pos de la otra.