VIUDAS

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              4 Archivistische beschrijving results for VIUDAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0025 · Stuk · 1833/02/19
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María de la Luz Ramírez Parra, viuda de esta vecindad, dijo que su difunto marido don Rafael Castorena compró del Presbítero don José Manuel Casas, un solar eriazo, situado en la calle del Toronjo de esta ciudad, cuya escritura de venta fue otorgada el 12 de febrero de 1830. Y que el citado marido edificó una casa en dicho solar y habiendo fallecido y dejado varios acreedores, ella ha tratado de venderla para cubrir los créditos de éstos. Además, por haber tenido un hijo único, durante su matrimonio, que se haya en edad pupilar, se presentó al alcalde primero solicitándole licencia para efectuar la venta y después ésta obtenida; otorga que vende a don Vicente Mora, vecino de la hacienda de Pacho, una casa situada en ésta ciudad, en la calle del Toronjo, con 29 varas de frente y 49 de fondo, lindando por el oriente con casas de don Mariano Cadena; por el norte con solar de doña Joaquina Aravalles y por el sur con el de casa de María Josefa Pérez. La vende en precio de 800 pesos, de los cuales declara haber recibido en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0056 · Stuk · 1825/04/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Juana Manuela de Alba, natural y vecina de esta villa, viuda de don José Miguel de Iriarte [y Lezeta], hija de don Alonso de Alba y de doña Ignacia Montañés de la Cueva, difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: Declara que es viuda de don José Miguel de Iriarte, de cuyo matrimonio le quedaron tres hijos mayores de edad. Declara los siguientes bienes: la casa de su habitación afecta a 3 000 pesos de principal y algunos réditos que se adeudan. La parte que le corresponde en otra casita, que fue de sus padres, ubicada en el callejón frente al Beaterio. La cantidad de 10 516 pesos, 3 y 1 cuartilla reales con sus réditos, de su haber paterno, los cuales recibió su marido e invirtió en su hacienda de Pacho, entre otros bienes que se mencionan en el acta. Es su voluntad que, del quinto de sus bienes, la mitad de ellos se inviertan en bienes y sufragios para su alma y la otra mitad, encarga a su albacea, los imponga y se acuda mensualmente con sus rendimientos a sus nietecitos Juana y Guadalupe Cobos e Iriarte. Finalmente nombra por albacea a su hijo José Miguel de Iriarte y Alba. Y por únicos y universales herederos a sus tres hijos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0069 · Stuk · 1839/06/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Guadalupe de Iriarte y Alba, viuda de don Bernardo de los Cobos, y doña María Francisca de Iriarte y Alba, que lo es del finado don Juan Lucas de Olavarrieta, otorgan poder general al licenciado Luis Gonzaga Gago, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de sus personas, derechos y acciones, promueva lo conducente para el giro con relación del concurso a bienes del señor su finado padre don José Miguel de Iriarte, como dueño que fue de la hacienda de Pacho. Asimismo, se encargue de los asuntos administrativos y judiciales que tengan o en adelante se les ofrecieren.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0118 · Stuk · 1839/09/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Guadalupe y doña María Francisca de Iriarte y Alba, de esta vecindad, viudas, la primera de don Bernardo de los Cobos y la segunda de don Juan Lucas de Olavarrieta; dijeron que por escritura que pasó ante el actual escribano, el 11 de julio del presente año, don Martín Sánchez y Serrano, de esta vecindad, se obligó a satisfacerles por orden del licenciado don José Ildefonso Arnoble, síndico del concurso de la hacienda de Pacho, de la que es dueño Serrano, la cantidad de 1 595 pesos 1 y medio real con sus correspondientes premios, en el término de dos meses contados desde dicha fecha. Cuya cantidad, las comparentes, otorgan que han recibido junto con los correspondientes premios, por lo que entregan carta de pago y dejan sin ningún valor la mencionada obligación.

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