Doña Margarita Josefa Martínez Navarro, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Laureano Fernández de Ulloa, madre legítima de Sor María Micaela del Sacramento Fernández de Ulloa, Religiosa Profesa del Sacramento del Convento de Jesús María de la Ciudad de México, otorga poder especial al Licenciado Miguel Toledo, vecino de la Ciudad de Puebla, para que cobre, de manera judicial o extrajudicial, al Mayordomo de la Archicofradía de Nuestra Señora del Rosario de la Ciudad de Puebla, la cantidad de 300 pesos por concepto de un nombramiento que su citada hija otorgó a don Diego José de Gorozpe Irala y Padilla.
VIUDAS
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Don Ventura Rosende, vecino del pueblo de Jalapa, vende a María Juliana Ibáñez, viuda de Pedro de Guevara, con anuencia de su cuñado y albacea, don Ignacio de Guevara, vecinos de Jalapa, una casa de cal y canto con su solar que mide 15 varas de frente y 46 varas de fondo, linda al norte con la Calle Real que sale de este pueblo para Veracruz y casas de don Antonio Vázquez Ruiz, al sur con tierras de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción, al poniente con tierras de la citada cofradía y casas de Francisco López y al oriente con casa y solar de Pedro López. La venta la hacen en 215 pesos.
Doña Ignacia Montañés de la Cueva, viuda del Capitán Alonso de Alba, exhibió copia de escritura hecha en Veracruz el 15 de junio de 1776, en la que consta que Mateo de Labayen y José de Labayen se obligan a pagar la cantidad de 10, 500 pesos el 11 de junio del presente año, cantidad que la otorgante tiene recibidos en reales de contado y entrega recibo a favor de los mencionados hermanos, dando por cancelada la escritura de obligación.
Doña María de Ayala, viuda de don Juan Manuel de Morales, junto con don José Antonio Morales, su legítimo hijo, vecinos del pueblo de Jalapa, venden a don Vicente Vela una casa de cal y piedra, cubierta de madera y tejas, labrada en un solar que mide17 y 3 cuartas de varas de frente y 45 varas de fondo, linda al oriente con el callejón del caño de Techacapa con el que hace frente, al poniente con solar de los herederos de don Bartolomé Salvo, al norte con casa y solar que fue de don Pedro Cano y ahora lo es de Argumedo y al sur linda con solar de Santiago de Ana. La venta la hacen en 500 pesos.
Doña María Francisca Tejeda, viuda de don Pascual Limón, vecina del pueblo de Tepeyahualco, y presente en este suelo, otorga poder general a don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, se encargue de sus cobranzas y pleitos que tenga o en adelante tuviere.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que doña Nicolasa Cardeña, como propietaria que fue del oficio público de esta ciudad, hizo formal renuncia a su favor por instrumento otorgado el 12 de mayo de 1812, ante Juan Bautista Soler, alcalde de primera nominación. Por la facultad que tiene del mencionado oficio público, otorga que lo renuncia en su hija doña Prisciliana Rascón y Ulloa, y por falta de ésta, en su otra hija doña María Josefa [Rascón y Ulloa], viuda de don Joaquín Leño, y en defecto de ésta en su nieta doña María Josefa Leño, hija de los nominados don Joaquín y doña María Josefa, para que después de los días de la otorgante, presenten esta renuncia donde corresponda para que se declare la propiedad a favor de las personas nombradas.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña Piedad Due, residente en este suelo, viuda de don José María Suárez, dijo que el 20 del presente mes, otorgó su testamento ante el presente escribano, y deseando darle firmeza a lo que declaró en la cláusula sexta acerca de los créditos pasivos y activos a la testamentaria de su difunto esposo, por la presente, por vía de codicilio ordena lo siguiente: ratifica que los créditos activos y pasivos de la testamentaria del nominado su difunto esposo, expresados en los autos son verdaderos, y manda se recauden los unos y se paguen los otros. También declara, que don Juan Nogueira le ha ministrado cuanto ella ha necesitado y le ha pedido, lo cual manda se le pague, sin exigirle comprobante alguno. Manda que se cumpla lo antes mencionado, junto con todo lo que dispuso en su testamento.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Juan José Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec y presente en este suelo, dijo que le ha comprado a don Pedro Paredes y Serna, dueño de la hacienda de Santa Rosa, con intervención de su administrador don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, veinticinco novillos al precio de 24 pesos cada uno, cuyo importe ha de satisfacer en moneda de plata u oro, al vencimiento del plazo de tres meses, contados desde el día primero de diciembre del próximo entrante. Por lo antes mencionado, el comparente se obliga de pagar al señor Paredes, la cantidad de 600 pesos en el plazo de tres meses, contados desde el primero de diciembre del próximo entrante. Para caución y seguro del capital, hipoteca una casa que disfruta por suya, ubicada en el referido pueblo de Coatepec a la calle principal, con la cual hace su frente al norte, lindando por oriente con casa que fue de don Antonio Matías Rebolledo, por sur con casa y solar que fue de la difunta doña Josefa Maldonado, y por poniente con la calle que nombran de Cantarranas. El comparente señala, que la referida finca reconoce 1 000 pesos en favor de don José María Contreras, por escritura de 10 de noviembre de 1834, ante el presente escribano, por lo que queda en segundo lugar el gravamen que ahora le carga.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Rosario Garez de Ibáñez, mayor de edad, viuda, otorga poder especial a don José Rafael Carrillo, vecino de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, perciba de don Mariano Pasquel, de la misma vecindad, la cantidad de pesos que pertenece a la otorgante por el quinto de sus bienes que dejó su difunto esposo don Martín Ibáñez, y practique las gestiones conducentes.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODoña Piedad Due, viuda, mayor de edad, vecina del Plan del Río y presente en este suelo, otorga poder general al señor licenciado don José María Cordera, residente en esta ciudad, para que en su nombre gestione todo lo conducente en los negocios que estén pendientes por el intestado de su difunto esposo, promoviendo todo lo que sea necesario. Para que rija, gobierne y administre los bienes que le toquen a la comparente por fallecimiento de su esposo, girándolos, realizándolos, hipotecándolos, imponiéndolos o dándolos a partido según crea ser más ventajoso. Para que como tutora legítima que es de una niña que le quedó de su matrimonio, nombrada María del Carmen Suárez Due, se encargue dicho apoderado de percibir el haber que a esa menor le corresponde.
FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, JUEZ RECEPTOR