VIUDAS

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              3201 Archivistische beschrijving results for VIUDAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0004 · Stuk · 1693/02/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, Regidor perpetuo, dijo que por cuanto por decreto de los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, proveído en la ciudad de México, está mandado que doña Gertrudis de Gatica, vecina de esta villa, viuda, mujer que fue del Alguacil Mayor Francisco de Solís, pague 1 013 pesos que dicho su marido debía al Capitán Gonzalo Duarte, vecino que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, difunto. Asimismo, señala que dicho decreto manda se remita la cantidad a la Real Audiencia, “no se dice por cuenta de quién”, en ese sentido doña Gertrudis exhibió los 1 013 pesos de contado. Por otra parte, menciona que el señor Alcalde Francisco de Aguilar mandó que la cantidad se ponga en depósito en el presente otorgante, ínterin que los señores [señalen] a quien deban entregarse; y en aquella vía y forma otorga que ha recibido de doña Gertrudis de Gatica, 1 013 pesos, los cuales se obliga a tener en depósito promptor [sic] para que cada que se le manden por dicho juez entregarlo, lo hará sin poner en ello excusa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0026 · Stuk · 1693/04/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Joseph de Segura y Sevallos [José de Segura y Cevallos], vecino de esta villa de Córdoba, como uno de los albaceas testamentarios y tenedores de bienes del Capitán Joseph [José] Blanco, difunto, vecino que fue esta villa, dijo que el susodicho dejó una hacienda de trapiche de hacer azúcar en términos de esta jurisdicción hacia la parte del norte, nombrada Acatengo, fundada en un sitio de tierras de ganado menor, con 4 caballerías más de tierra laborea y un pedazo de tierra que llaman el Comedero del Monte. Dicha hacienda fue valuada en 16 421 pesos 7 reales, de los cuales se rebajaron 3 139 pesos por el valor de setecientos cuarenta toros a razón de 4 pesos y 2 reales cada uno que se sacaron de la hacienda para el abasto de las carnicerías de esta villa, de que era obligado el citado difunto; por tanto, el valor de la hacienda quedó en 13 282 pesos y 7 reales, “inclusos” en ellos 1 000 pesos que sobre ella están cargados a censo redimible a razón del 5 por ciento, a favor del convento de religiosas de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles. Por otra parte, dijo que en atención “a que dicha hacienda luego que falleció dicho difunto se la adjudiqué en dicha cantidad y con el cargo de dicho censo a doña María [de] Valero de Grageda [Grajeda], viuda mujer que fue de dicho difunto, por pacto y concierto que hicimos para que de su valor se adjudicase a sí 4 200 pesos que los bienes del citado difundo le debían por razón de las arras que le mandó al tiempo que contrajeron matrimonio”. Además de adjudicarse los 4 200 pesos, debía pagar a [Jerónimo] de Villaseca 9 735 pesos que dicho difunto era deudor; y 1 000 a doña Catalina Valero de Grajeda [Catalina de San Francisco Valero Blanco], Religiosa del convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles, mismos que dicho difunto debía pagar como albacea y tenedor de bienes de doña Francisca Jiménez de Encinas, su primera mujer. “Y porque con efecto la dicha doña María Valero de Grajeda ha pagado las cantidades de pesos referidas, de que me ha dado cuenta que tengo ajustadas con la susodicha, y porque hasta ahora no le había otorgado la escritura de adjudicación de dicha hacienda y me ha pedido se la otorgue atento a que estamos ajustados y no deber como no debe cosa alguna a dichos bienes y yo lo he tenido por bien y para que tenga efecto como tal albacea y tenedor de bienes de dicho difunto, otorgo que le entrego la dicha hacienda de hacer azúcar nombrada Acatengo en precio y cantidad de los dichos 13 282 pesos y 7 reales, la cual le entrego y adjudico con las tierras, casas, ganados, esclavos, cañaverales que constan de dichos autos”.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0065 · Stuk · 1693/10/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], vecina de esta villa, viuda, mujer que fue de Salvador de Brito Lomelín, difunto, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento abierto en esta villa, y al presente por vía de codicilio se le ofrece declarar y añadir las cláusulas siguientes: Declara que en dicho testamento mandó se le diese a doña Antonia Gutiérrez, su nieta, hija del Alférez Juan Gutiérrez de Aguilar y de doña Ángela de Brito, su hija, vecina de la ciudad de los Ángeles, un negrito su esclavo nombrado Francisco Rodríguez, y porque dicho negrito lo vendió al Capitán Francisco de Brito [Lomelín], su hijo, en cantidad de 150 pesos, del cual no la ha hecho escritura, ordena que si falleciera sin hacerla, manda se le haga por sus albaceas, y en lugar de dicho negrito manda se le dé a la dicha Antonia otra negra nombrada Ana de la Cruz [roto]. Declara que como consta en dicho testamento mandó 100 pesos a doña María de Brito, su nieta, hija de Diego de Brito Lomelín, los cuales se sacarán del valor de 300 pesos de la tejería que declaró por sus bienes en dicho testamento. Ítem declara que en la hacienda trapiche nombrada San Antonio que quedó por bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, su hijo difunto, tiene 1 000 pesos que le legó, por tanto declara dicha cantidad por sus bienes. Manda que de dichos 1 000 pesos se le den a Diego de Brito Lomelín, su hijo, 400 pesos que de ellos le manda. Y en atención a que su testamento tenía nombrado por tutor y curador de la persona y bienes de doña Josefa de Brito, su hija, al citado Antonio de Brito Lomelín, difunto, en cuya atención nombra por tutor y curador de la persona y bienes de la susodicha al Capitán Francisco de Brito, así como también lo nombra como primer albacea.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0085 · Stuk · 1693/11/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Valero Gragera [Grajeda], vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue del Capitán Joseph [José] Blanco, difunto, natural de la ciudad de los Ángeles, hija legítima del Alférez Mayor don Juan García Valero que lo fue de esta villa y regidor, y de doña Josepha de Grageda [Josefa de Grajeda], difuntos, dijo que por cuanto los descargos de su conciencia los tiene comunicados con don Joseph Valero de Grageda [José Valero de Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad en esta villa, y con el Alférez Mayor Diego Valero [de] Grageda [Grajeda], sus hermanos, vecinos de esta villa; por tanto en aquella vía y forma otorga que les da su poder cumplido para que en caso de que fallezca hagan y otorguen su testamento en la forma y con las cláusulas que les tiene comunicadas. Manda a las mandas forzosas y Casa Santa de Jerusalén 4 reales a cada una; y para la beatificación del hermano Gregorio López manda 4 reales. Declara que fue casada con el dicho Capitán Joseph [José] Blanco, durante su matrimonio procrearon por su hija legítima a Josepha [Josefa] Blanco, que al presente será de edad de once años. Y para cumplir y pagar su testamento nombró albaceas testamentarios a los dichos José Valero de Grajeda y don Diego Valero de Grajeda. Del remanente que quedara de sus bienes nombra como heredera a Josefa Blanco, y en atención a que la susodicha está en edad pupilar nombra como tutor y curador al Alférez Mayor don Miguel García Valero de Grajeda [Miguel Valero Grajeda].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0091 · Stuk · 1693/12/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Brito Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue del Capitán don Thomas Lopes de Sagade [Tomás López de Sagade], difunto, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y de dicho difunto, otorga que da su poder especial al Veedor don [Domingo] Rodríguez Díaz, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre venda un negro nombrado Joseph [José], casta Mina, que será de edad de treinta años, que es uno de los que le fueron adjudicados en la parte de su haber por su dote.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0039 · Stuk · 1694/07/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Barrios, vecino de esta villa, y [Alcalde por Su Majestad], vende a Diego de Roxas [Rojas], vecino de esta villa, una casa de piedra y madera, cubierta de teja de un agua, con un cuarto de solar en que está edificada con 25 varas de frente y 25 de fondo. Dicha casa por una parte hace frente con casa de doña María de Brito Lomelín, por la otra hace frente con solar de doña María Rodríguez [Palomino], viuda del Alférez Juan de Aguilar, y por el fondo con casas de doña María Gómez [Dávila], viuda de Juan Rodríguez Durán; la cual quedó por bienes de doña Isabel Rodríguez, su primera mujer. La vende en precio de 400 pesos de oro común, con sus entradas y salidas, usos, derechos y servidumbres, libre de empeño, censo e hipoteca.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0014 · Stuk · 1695/08/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, otorga que debe a doña [Marina] Gómez Dávila, viuda de Juan Rodríguez Durán, 1 400 pesos de oro común, mismos que por hacerle buena obra le ha prestado en reales de contado, y se los pagará en cuatro años, contados a partir de hoy día de la fecha, en esta villa o en el lugar que se le señalare.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0056 · Stuk · 1695/11/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de don Joseph [José] de Olibera [Olivera], vecina de esta jurisdicción y natural de esta villa de Córdoba, hija de [Juan] García de Miranda y de doña María de [Leiva], difuntos, otorga su testamento en el que señala lo siguiente: Ordena se digan 1 000 misas rezadas por el alma de su marido y sus padres; y por su alma se digan las misas de la Emperatriz y las de San Vicente Ferrer. Ordena se den 300 pesos al convento de Señor San Antonio de esta villa y 300 a la iglesia parroquial para ayudar a la continuación de sus obras materiales. Declara ser deudora de diferentes cantidades de pesos a don Nicolás de Olibera [Olivera], su hijo, y al Regidor Miguel de Leiba, su primo, persona que tiene su poder y ha corrido con sus negocios, y a quien manda no se le pida cuenta alguna. Declara haber sido albacea y tenedora de bienes de su marido, tutora y curadora ad bona de sus menos hijos. Durante su matrimonio procrearon a Nicolás de Olibera [Olivera], que fue casado con doña Magdalena de [Gatica], difunta; a María de la Encarnación, Religiosa en el monasterio de Santa Clara de la ciudad de la Puebla; y a doña Rosa Francisca, de quince años. Nombra como herederos a don Nicolás de Olivera y a doña Rosa Francisca de Olivera, en atención a que la madre María de la Encarnación, al tiempo de su profesión renunció a las herencias paterna y materna. Declara que en una de las cláusulas del testamento de su marido, mandó se sacaran 1 000 pesos de sus bienes y se le diesen a la madre María de la Encarnación, y con sus réditos hacer vestuario o lo que quisiese, para cuyo efecto se pusiesen en depósito, lo cual no ha tenido efecto. También es su voluntad que de sus bienes se saquen 200 pesos para Francisca de Miranda, su sobrina y ahijada. Declara tuvo en su [administración] la hacienda de trapiche que quedó por bienes del dicho su marido y la casa de su morada, cuyo trapiche se encuentra libre de cuentas. Manda se den 200 pesos a la niña Francisca de Betancor, su sobrina; a Isabel de Arebalo [Arévalo], su hermana, 100 pesos; 100 pesos a Thomasa [Tomasa de Herrera], la viuda de Mathías [de] Tamaris [Matías Tamariz]; 100 pesos a [roto] de Algarín, viuda de Juan de Manecas; asimismo, 50 pesos de limosna para el santuario del Señor San Miguel del Milagro, de la jurisdicción de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala]. También, manda se saque de sus bienes lo que importare un vestido de lama para la Limpia Concepción de Nuestra Señora, sita en la iglesia de esta villa. Ruega a su hijo Nicolás, continúe sacando a procesión el paso del Santo Sepulcro como se acostumbra todos los viernes santos. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes, se imponga a 5 por ciento y sus réditos se adjunten a los 1 000 pesos referidos, para que le sirvan de alivio a la madre María de la Encarnación. Declara por bienes la hacienda de trapiche en esta jurisdicción, nombrada San Francisco de las Mesillas, con las suertes de caña, casa y todo lo que le pertenece, junto con los esclavos que se mencionan en esta escritura, y medio solar. Nombra por su albacea testamentario y tenedores a dicho [Nicolás] de Olibera [Olivera], y al Regidor Miguel de Leyba [Leiva].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0065 · Stuk · 1695/12/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              María de Suñiga [Zúñiga], viuda, vecina de esta villa de Córdoba, otorga poder a Joseph [José] de Fuentes y a Agustín de los rreyes [Reyes], vecinos de la ciudad de Tepeaca y procuradores en ella; a cada uno in solidum, para que en su nombre y representación, demanden y cobren, judicial o extrajudicialmente del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador de dicha ciudad, 410 pesos de oro común, por otros tantos que contiene [roto] que a su favor dio el Regidor Joseph [José] de Leyba [Leiva], [roto] para el Capitán Diego López de Luna, vecino y encomendero de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de quien con su contenta cobró el dicho Pedro de Trujillo, los 400 de ellos y los 10 que le dio en reales para petates y lías, atento a que dicha cantidad quedó de pagárselos a la otorgante en trigo puesto en el molino [roto] jurisdicción de Orizaba, a su costa y mención de dar y recibir [roto] 17 pesos carga lo cual no ha cumplido [roto]. Y si por dicha cobranza es necesario contienda de juicio, comparezcan ante cualesquier jueces y justicia de su Majestad, por lo que se le da este con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0098 · Stuk · 1695/05/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Miguel de Leyba, vecino de [roto], en voz y en nombre de doña Josepha [Josefa García de Miranda], viuda, mujer que fue del Capitán Joseph [José] de Olibera [Olivera], y dueña de la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada de San Francisco de las Mesillas, en términos de esta jurisdicción. Dijo que doña Josefa ha tenido diferentes cuentas y dependencias con don Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad de la Nueva ciudad de la Veracruz y Regidor perpetuo de ella por Su Majestad, a razón de [remisiones] de azúcar que le hizo a dicha ciudad, donde las vendió y le suplió, y asimismo, gastó por doña Josefa, invirtiendo diferentes cantidades de dinero en la compra de esclavos, aperos, fábricas de casas y otros gastos necesarios para la perpetuidad y adelantamiento de dicho trapiche. Cuyas cuentas se liquidaron y ajustaron por el dicho Capitán Francisco Cruzado con Juan García de Miranda, vecino de esta villa, a quien las cometió doña Josefa en virtud de poder, y en las que fue alcanzada doña Josefa en 5 317 pesos y 4 reales. Y por cuanto el Capitán Francisco Cruzado le ha pedido escritura de obligación por dicha cantidad, otorga por la presente que se obliga de dar y pagar al susodicho los 5 317 pesos y 4 reales, en la forma siguiente: 1 000 pesos para fin de mes de junio próximo venidero del presente año; otros 1 000 pesos para el día 30 de abril de 1697; y los 3 317 pesos y 4 reales, en los tres años siguientes, dando 1 000 pesos anuales de los dos primeros, y los 1 317 y 4 reales en el último de los referidos, de modo tal, que para el 30 de abril de 1700 debe estar pagada toda la citada cantidad. Estando presente [Nicolás] de Olivera, hijo de legítimo y uno de los herederos de doña Josepha [Josefa] García de miranda, dijo que aceptaba esta escritura.

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