Doña María Valero [de] Grageda [Grajeda], vecina de esta villa de Córdoba, viuda y albacea testamentaria del Capitán Joseph [José] Blanco, tutora y curadora de la persona y los bienes de doña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], niña menor de dos años; otorga poder a don Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda] y al Alférez Mayor Miguel Valero [de] Grageda [Grajeda], sus hermanos, para que en su nombre demanden, reciban y cobren cualesquier pesos de oro, plata, joyas, esclavos y otros bienes que se le deban por escritura, vales, libranzas y cuentas de libros, tomen cuentas a cualesquier albaceas y tenedores, de todo lo cual entregue carta de pago, finiquito y lastos, por lo que se le da éste con libre y general administración.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTORVIUDAS
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Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, vecina de esta villa de Córdoba, dueña del trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco, otorga que se obliga de dar y pagar al Contador don Martín Calvo, vecino de la ciudad de la Puebla, por haberle prestado en reales de contado [roto].
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALJuana de Contreras [Gatica], vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Jacinto Pérez Padrón, hija legítima de Pedro [de] Gatica y Magdalena [de Alcalá], otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que se le den 200 pesos a Estefanía niña que ha criado en su casa, hija de Manuel [Gómez] Dávila; y 100 pesos a Magdalena niña su sobrina, hija legítima de Luis Gómez [Infante] y Jerónima [Gerónima] de Gatica. Declara por sus bienes la casa de su morada; una esclava mujer nombrada Ana, casta Mina, la cual tiene dos hijos, por lo que ordena que sus padres adquieran el poder de ambos niños. También declara que una mulata nombrada Nicolasa vuelva a poder de Marcos Blanco, y como al presente se halla con una cría de un año, es su voluntad que dicho niño sea esclavo de Antonio, niño de ocho años de edad que está criando. Asimismo, menciona por bienes la cantidad de 600 pesos que tiene su tienda que ha corrido por cuenta de Antonio Sebastián Pérez Padrón. Y para pagar y cumplir este testamento nombra como su albacea a Antonio Sebastián Pérez Padrón, y como heredera de todos sus bienes a su alma para que se conviertan en sufragios por ella.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALMaría de la Cruz, natural, viuda de Diego Bautista, vecina de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Joseph [José] Jorge Pérez, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, linda por el oriente con casa y solar de Mateo García, por el poniente de con solar y casa de Luis Fernández.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALJuana [de] Contreras [Gatica], viuda, vecina de esta villa de Córdoba, declara que entre los bienes de su padre, Pedro Gatica, quedó en esta villa un solar de 50 varas en cuadro, ubicado por la calle que atraviesa del cementerio de la iglesia parroquial para el río; linda por una parte con solar de Juan de Aguilar y por otra con solar del Regidor Joseph [José] de Leiva; dicho solar lo ha poseído desde la muerte de su padre. Y en atención a la buena voluntad que le asiste Antonio Sebastián Pérez Padrón, su sobrino, digno de remuneración, otorga por esta presente carta que le hace donación de dicho solar.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDoña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel, difunto, otorga poder a don José Miguel de Vargas, residente en esta villa, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don Pedro de Ledezma, Prebendado de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, y de sus bienes, albaceas y herederos y de quien con derecho pueda y deba, la cantidad de 300 pesos de oro común en reales que le debe a la otorgante en virtud de [roto]; asimismo, 430 pesos que le está debiendo el Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario que fue del pueblo de Santa Cruz Tlacotepeq [Tlacotepec], y patrón que fue de la obra pía que mando fundar de sus bienes el Capitán José de Álvarez Ricardo y el Bachiller don Juan Francisco Álvarez Ricardo, para casar huérfanas, como consta en el decreto del señor obispo de este obispado de la Puebla y que para en poder del dicho Bachiller don Gaspar Durán.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Marina Gómez Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan Rodríguez Durán, dijo que posee una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción y que ha tenido noticia de que en esta villa se promulgó despacho del Señor Licenciado don Baltazar de Tovar, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en la Real Audiencia de la ciudad de México y Juez de la Composición de Tierras en su distrito, quién manda que comparezcan las personas que tuvieren tierras y que presenten sus títulos para reconocer su legitimación; por lo consiguiente para dar cumplimiento a dicha orden otorga poder al Señor Licenciado don José de Ledezma, Procurador del Número de la dicha Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante dicho señor juez presente los títulos y pida que se den por buenos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMaría Iñiguez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan Esteban Abad, difunto, dijo que Juan Vázquez, vecino de esta villa, le prestó su marido y a ella cierta cantidad de pesos y a la muerte de su marido le quedaron a deber 129 pesos, y por cuanto Juan Vázquez la ha solicitado le pague dicha cantidad, hallándose imposibilitada de poderlo hacer, se han convenido en que le dé en cuenta medio solar que tiene la otorgante en esta villa, por el precio y cantidad de los 129 pesos. Por lo cual, otorga que vende a Juan Vázquez medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicado en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el pueblo de Orizaba; y linda por el norte con casa de Francisco Díaz de Ada, calle en medio; y por el oriente y sur con solar que le pertenece. Lo vende en precio de 129 pesos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, en nombre y con poder de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda y albacea del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino de la provincia de San Andrés Chalchicomula, cuyo poder le confirió en la hacienda de labor nombrada La Candelaria, doctrina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, el 2 de noviembre de 1699, ante Fernando Gutiérrez Soltero, Escribano Público; otorga ha recibido de Juan Rodríguez de Piña, vecino de esta villa, 521 pesos y 2 tomines, los mismos que el susodicho le estaba debiendo a doña Josefa de Atienza Palacios de resto de mayor cantidad, y de los cuales le hizo escritura de espera y prorroga en esta villa. Por lo cual, da por cancelada dicha escritura y otorga carta de pago.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan García de Miranda, vecino de esta villa, otorga que debe a doña Francisca de la Madriz y Gorriti, viuda y vecina de la Nueva Veracruz, 276 pesos y 2 tomines que por amistad le ha suplido y pagará a quien en su poder hubiere y en la parte que se le pida; en la fecha de seis meses con las costas de la cobranza y salario de 2 pesos de oro de minas.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO