María de Leyva [Leiva], vecina de esta villa, viuda de Juan García de Miranda, otorga que da en arrendamiento a Juan de Peralta, vecino de esta jurisdicción, un rancho con 4 caballerías y media de tierra, que lida por la parte del oriente y sur con tierras del Alférez Juan García Valero, por el norte con tierras de Gaspar González y por el poniente con baldíos de esta villa. El arrendamiento incluye lo siguiente: Primeramente un jacal de 9 brazas; doce bueyes [roto]; nueve yeguas y una potranca de dos años; un potro [roto]; un burro que hace a las yeguas; cinco rejas calcadas, tres yugos y dos arados; tres pares de coyundas; una cazuela; un escoplo; un machete milpero; un corral de equimites plantados. Lo arrienda por tiempo de cuatro años, que cuenta desde primero de enero de 1664 hasta fin de diciembre de 1668, en precio de 80 pesos de oro común cada año. Estando presente dicho Juan de Peralta se obliga de pagar la cantidad mencionada, sin que el susodicho pueda alegar caso fortuito “pensado o no sucedido por suceder yelo [hielo], fuego, granizo, langosta, abundancia o falta de agua u otro cualquier accidente de cielo o tierra que lo pueda evadir de la paga”.
DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTORVIUDAS
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Antonio [de] Mayorga y Felipa de la Cruz, vecinos de esta villa de Córdoba, venden al Bachiller [Andrés de] Madrid, Clérigo Presbítero vecino de esta villa, un solar de [50] varas en cuadro que tienen en la calle Real, que linda por el [roto] con solar de Juan Antonio Xuárez, [Juárez]; y por el poniente con otro de los herederos de Joseph [José] de Brito, el mozo. Asimismo, le venden tres casas de madera, embarradas y cubiertas de zacate, viejas las dos y una que es de vivienda a medio servir, un horno de pan cocer y un pozo, todo lo cual está en dicho solar, por precio y valor de 80 pesos de oro común. Los otorgantes declaran que el solar lo adquirieron por compra que hicieron a Clara [roto] Melo, viuda de Antonio Vélez.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALMaría [de] Ferrera [de Tévez], natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija de Antonio Ferrera de Tebes [Tévez] y de Francisca de la Peña, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, otorga su testamento donde declara ser viuda del Regidor Juan Francisco Ramírez, con quien procreó a Juana Ramírez, difunta, quien estuvo casada con Juan Rivas, vecino de la Puebla de los Ángeles; a Nicolasa Ramírez, difunta, mujer que fue de Alonso López de Cuéllar; a Francisco, difunto; Antonio, difunto; Francisco, difunto; María de veinticuatro años de edad; y Joseph [José] Ramírez, de diecinueve años. Declara por bienes un solar de 50 varas en cuadro en esta villa, que hace esquina a la calle Real y a la de San Juan, y en dicho solar una casa; [cuatro] solares de tierra y en ellos un horno de hacer cal, ubicado junto al cerro de la Peñuela de esta jurisdicción, entre otros bienes. Nombra como albaceas testamentarios a Jacinto Pérez Padrón, su compadre, y a Marcos Blanco, su primo, y como herederos a María y Joseph [José] Ramírez, sus hijos, y a Juana, su nieta, hija de Alonso López de Cuéllar y Nicolasa Ramírez.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDoña Juana de Gatica Aguilar, [viuda] de Pedro Suárez, como albacea testamentaria de su marido hace inventario de los bienes que quedaron por su muerte, entre los que se encuentra una casa de vivienda en esta villa, con el solar en que está fundada, que linda por el oriente con solar de Domingo Pérez y por el poniente con casa y solar del Alguacil Mayor Francisco de Solís, calle en medio. Una negra bozal llamada María, mayor de treinta años, una negrita llamada Juana, de seis meses de edad, hija de María, y otra negrita de tres años nombrada María, y demás bienes y personas que le son deudoras, todo descrito en esta escritura.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALPedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa, vende a Fernando Nieto Solano, vecino de ella, medio solar para casa en esta villa, de 25 varas de ancho y 50 de largo, que linda por el oriente con Juan de Betancur [Letancur]; por el sur con solares de las Casas Reales, calle Real en medio; y por el poniente con medio solar de Antonio de Pedraza, su cuñado. Declara que obtuvo el solar de su madre Ana de Leiva, viuda de Toribio García, como parte de lo que recibirá de herencia cuando ella muera. Lo vende en precio de 20 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALAntonio Ortiz, mulato libre, vecino de esta jurisdicción de la villa de Córdoba, se obliga a pagar a Diego de Brito Lomelín, vecino de dicha villa, la cantidad de 64 pesos 3 reales de oro común, sirviendo en la hacienda de trapiche de hacer azúcar que en esta jurisdicción tiene la viuda de Pedro López del Castillo [Castrillo] y que Diego de Brito administra, a razón de 5 pesos mensuales. De los 64 pesos 3 reales, 51 pesos 5 reales corresponden al pago que hizo Diego de Brito en su nombre y ruego a Pedro García de Meza, a quien se los debía de consentimiento de Pedro López, mayordomo del trapiche de hacer azúcar del Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, por cuyo débito lo tenían preso en la cárcel. Y los 12 pesos restantes por cumplimiento a lo que Diego de Brito le ha dado para las costas del carcelaje, prisión, paga de esta escritura y para otras cosas que ha necesitado.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero, como apoderado de doña Juana Ramón y Espinosa, viuda del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, albacea y tenedora de bienes del susodicho; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas y el Alguacil Mayor don Amaro José Bocarando, dueños de haciendas de trapiches en la jurisdicción de esta villa, como sus fiadores; dijeron que los señores jueces de los autos de testamento e inventarios de los bienes que de dicho difunto se siguen, le han mandado a dicho Bachiller don José Gutiérrez, como apoderado de doña Juana Ramón, otorgue fianza para asegurar que dará cuenta cierta, leal y verdadera de todos los bienes que han entrado en su poder como tal albacea de dicho difunto. Y por cuanto, les ha pedido a don Lope Antonio de Iribas y don Amaro José Bocarando otorguen fianza en el ínterin que se nombra tutor y curador ad bona de los menores hijos de dicho difunto, por la presente se obligan a que entregará todos los bienes que ha recibido y que constan por inventarios y lo procedido de los que se vendieron en almoneda, dando cuenta verdadera de los gastos hechos en dicho albaceazgo, de lo contrario Iribas y Bocarando, como sus fiadores, pagarán la cantidad que a cada uno les quepa, rata por mitad, de la cantidad de pesos que importen los bienes que no entregue, más las costas, daños y menoscabos que se causen a los bienes de dicho difunto. Y para mayor seguridad, don Lope Antonio de Iribas y don Amaro José Bocarando hipotecan sus haciendas y trapiches.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Juan Gómez Dávila y doña Josefa de Pedraza, marido y mujer, se obligan de pagar a doña Josefa Matías Carretin, viuda, vecina de la ciudad de la Nueva Veracruz, la cantidad de 1 565 pesos de oro común de 8 reales de plata cada uno, mismos que les ha dado y prestado en reales de contado y se obligan de dar y pagar de la forma siguiente: 565 pesos en el mes de agosto y los 1 000 restantes a fin del mes de diciembre del presente año, cuya paga harán sin pleito alguno y con hipoteca de la hacienda de trapiche que poseen en esta jurisdicción, nombrada Santa Teresa.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALJuan de Leiva, vecino de esta villa, dijo que heredó de Jerónimo de Leiva, difunto, y de Isabel Pérez de Moya, vecina de esta villa, la cantidad de 135 pesos de oro común que recibió de Gertrudis Pérez, vecina de esta villa, viuda, albacea y tenedora de bienes de Andrés de Leiva, difunto, y don Francisco Valero y Alvarado, también albacea de dicho difunto; cuya cantidad tenía dicho Andrés en su poder por escritura de 30 de diciembre de 1711 y se obligó a pagarle de su legítima, mismos que se da por entregados, cancelando dicha escritura.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALMicaela de Estrada, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Micaela de Estrada, su hija, viuda de Diego de Piña, vecina de la ciudad de la Nueva Veracruz, en virtud del poder especial que de ella tiene otorgado, vende a don Diego Ventura Márquez, vecino de esta villa y maestro calderero, un medio solar que quedó por bienes de Diego de Piña, ubicado en esta villa, en la calle que llaman del Mesón, con 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con solar de Antonia de Piña, su cuñada; por la otra parte, calle en medio, con casa y solar de Miguel González; y hace frente, dicha calle en medio, con solar y casa que fue de Baltazar González y hoy es de Diego Ventura Márquez. La venta la hace libre de empeño, enajenación e hipoteca, por precio de 90 pesos.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL