Don Marcos Díaz Aparicio, de esta vecindad, actual mayordomo de las Benditas Ánimas de esta iglesia parroquial, con anuencia del párroco rector de cofradías, recibe de doña María Antonia Marín, viuda de don José Francisco Ortiz y Ortega, la cantidad de 50 pesos y sus premios al 5 por ciento anual, desde 20 de junio de 1836, de lo cual entrega recibo en forma.
Zonder titelVIUDAS
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Don José María, doña María Josefa, doña Francisca, doña Juana, y doña María de Jesús Córdoba y Zambrano, todos mayores de veinte y un años, con los señores don Francisco Rosas y don Manuel Patiño, esposos de doña Juana y aquel de doña Francisca con previa licencia de ellos, dijeron que todos son vecinos de esta ciudad, y que por fallecimiento de la señora su madre doña Rafaela Joaquina Zambrano, heredaron un solar eriazo. Fundo que está situado en el callejón que llaman del Chorro Poblano, haciendo esquina y dos frentes, uno al citado callejón al lado del sur, y otro al que nombran del Rastro así al oriente, dicho callejón en medio, y del otro lado casa que fue de Carlos Gómez, midiéndose de aquel al norte 45 varas, por donde linda con casa y solar que fue de Marcial el velero, después de Miguel Viveros y hoy del ciudadano José María Jiménez, y de éste al del poniente con 40 varas por donde linda con casita y solar que poseía Mariano Peretón y hoy es del ciudadano José María Santos y Roldán. Cuyo deslindado solar lo hubo y compró la señora Zambrano de María Josefa García, viuda de Juan Arbona, Felipe de Jesús y María Arbona, sus hijos, por escritura pública que a su favor otorgaron en la ciudad de Veracruz, ante el escribano Antonio Figueroa, el 25 de abril de 1808, mismo que vende al ciudadano Demetrio Montero, al precio de 100 pesos. Los comparentes aseguran que, aunque don José María y doña María Josefa Córdoba y Zambrano a nombre propio y en representación de sus demás hermanos otorgaron escritura de 6 de diciembre de 1819, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, en el que el solar quedó afecto a la cantidad de 241 pesos, en favor de don Luis García, ellos pagaron, como consta en carta de pago del presente mes y año, que éste les otorgó como vendedores.
Zonder titelComparecieron María Basilia, María Gregoria, María Catarina Sánchez, esposa la segunda de Juan Torres y la tercera de Manuel Bonifacio ambas con licencias previas de sus esposos, José Rafael Sánchez y el señor Manuel María Quiroz, curador de la menor María Manuela Sánchez. Señala María Basilia, que su señora madre doña Basilia Martínez, viuda de don Gregorio Sánchez, falleció bajo memoria simple, y de conformidad con lo que aquella dispuso se dividieron los bienes previo avalúo de la casa, el cual ascendió a 200 pesos como lo acreditaron ante el señor alcalde segundo de esta ciudad don Pascual Campomanes. Que en consecuencia ha entregado a su hermana Gregoria y a sus sobrinos María Catarina, José Rafael, y al señor curador de María Manuela Sánchez sus respectivos haberes, y percibido lo que a ella corresponde. Siendo por el valor de la casa en los términos siguientes: 66 pesos 5 reales 4 granos a María Gregoria, 22 pesos 1 real 9 granos a María Catarina, e igual cantidad a José Rafael y otra tercera al señor curador de María Manuela, hijos los tres del finado Marcelo de los Santos Sánchez, su hermano, quedando la relacionante con la casa de pared cubierta de madera y teja, por el valor de los citados 200 pesos en que se le adjudica, por lo deteriorado que se encuentra. Los comparentes, otorgan que adjudican a María Basilia, la casa enunciada, que está situada en terrenos del común de indígenas de esta ciudad a orillas del camino principal que sube para la Garita que llaman de México, haciendo frente al sur con dicho camino, y por los costados de oriente y poniente como por su fondo al norte linda con terrenos de la misma comunidad.
Zonder titelDoña María Antonia Gutiérrez, de esta vecindad, viuda, mayor de cincuenta años de edad, otorga poder a don Enrique de la Lanza, vecino de la heroica ciudad de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, se encargue de las acciones administrativas y judiciales que tenga o en adelante tuviere.
Zonder titelDon Dionisio Luis Camacho y Reyes, de esta vecindad, dijo que el finado don José María Gutiérrez de Zamora le suministró a don Felipe Cruz la cantidad de 200 pesos, de lo que le otorgó obligación como consta en escritura de 14 de marzo de 1814, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, y para seguridad de la deuda hipotecó dos casas. Que este crédito con sus premios de 5 por ciento anuales no pudo cubrirlo Cruz ni sus herederos, hasta el 24 de diciembre de 1830 que don Manuel de la Torre y Carvia lo hizo a la viuda y herederos de Zamora en cantidad de 400 pesos 2 reales 1 grano en los que se incluyeron los 225 pesos del principal y los réditos hasta dicha fecha; por lo cual le otorgaron escritura de traspaso, y después por compra que la señora María Inés Gutiérrez de Villaverde hizo de una de las casas mencionadas a doña María Josefa Cruz Ortiz de Zárate, hija y heredera de dicho finado, quedó reconociendo la expresada suma a favor de Torre y Carvia por escritura que otorgó el 11 de agosto de 1832, en la que solo se obligó a satisfacer los 400 pesos y sus réditos desde esa última fecha, y habiendo Torre y Carvia percibido esta suma del relacionante, otorgó subrogación en 7 de septiembre de 1832. Y el expresado Dionisio Luis Camacho dijo que la citada Inés Gutiérrez le ha satisfecho todo el principal que lo formaban los 400 pesos, y a fin de hacer constar dicho entero de una manera legal, otorga que ha recibido la indicada suma y sus premios hasta la fecha, de ello entrega recibo en forma, dando por cancelada dicha obligación.
Zonder titelDoña Victoriana Josefa Aguilera, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, dijo que por escritura de 22 de diciembre de 1829 convino con sus hijos en enajenar una casa que en terrenos de la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia poseía su esposo el finado don Carlos José Rebolledo, en favor de don Isidro Fuentes, esposo de Teodora Morales, en cantidad de 100 pesos. Por dicha venta entregaron de forma extrajudicial un papel con sus firmas, entrando Fuentes en posesión de dicha casa, pero por ausencia de éste y muerte de los hijos de Aguilera, la señora Morales solicitó se formalice la correspondiente escritura. Por lo antes mencionado, la comparente a nombre de sus hijos y demás herederos, ratifica el contrato de venta que celebraron en el citado día, mes y año, en favor de Isidro Fuentes, de la casa mencionada, que es de lodo revocada, ubicada a la entrada del paseo que llaman de los Berros en esta ciudad, en terreno de la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia, a quien se le satisface la respectiva renta, y tiene de frente 10 varas así al oriente, y 33 varas de largo así al poniente, teniendo el solar 95 varas, lindando por ambos rumbos, por el del sur con terrenos de la misma cofradía y por el norte con solar de doña Rafaela Villatoro, cuya venta verificaron en 100 pesos.
Zonder titelDoña Manuela Hernández, viuda de don Antonio Hernández; y Luis Hernández, soltero, mayor de veinticinco años; otorgan que venden a don José Antonio Segovia, vecino de Coatepec, una casa de cal y piedra con su correspondiente solar, que posee en el citado pueblo de Coatepec, y da frente a la calle cerrada del finado don José Alonso Bonilla, por el lado del oriente; por el poniente linda con solar de Ignacia Pozos; por el norte con la calle que va para el cerro; y por el sur con Isidoro González; con 38 varas de frente y 76 de fondo. Cuya casa y solar heredaron de Cipriano Hernández, padre y abuelo de los otorgantes. La venden en precio de 200 pesos.
Zonder titelDon Dionisio Camacho, de esta vecindad, con poder de doña Manuela del Solar Campero, viuda de don Fermín de Aguirreolea, otorga que ha recibido del señor Diputado don Juan Francisco de Bárcena, patrono de la obra pía fundada para la escuela de esta ciudad, los 300 pesos con que está fundada, los que seguirá reconociendo su podataria. Y para mayor seguridad hipoteca una casa situada en esta ciudad en la segunda calle nombrada de San Francisco de Paula.
Zonder titelDoña María Francisca Migoni, viuda del finado don Pedro Miguel de Echeverría, otorga poder especial a su hijo don Pedro José de Echeverría, residente en esta ciudad, dispuesto a marchar a Londres, para que a nombre de la otorgante, representando su propia persona y todos los derechos y acciones que le competen en la testamentaria y bienes de su hermano don Francisco de Borja Migoni, que residió y murió en Londres, ya como su albacea testamentaria parcial, fideicomisaria, tenedora de bienes, y ya como una de sus herederas, haya perciba, demande y cobre cuantas cantidades de pesos, alhajas, efectos, frutos y bienes le deban a la testamentaria de su citado hermano y ésta a la señora otorgante. Para que use de la acción llamada interdicto exhibitorio u otra que convenga, por medio de las cuales se apodere de todos los papeles, cuentas, libros de caja y demás documentos pertenecientes a dicha testamentaria, así como, del testamento del difunto, los inventarios y justiprecios de sus bienes, sacándolos de cualquier tenedor. Para que haga cuenta de albaceazgo y finalmente de división y partición de bienes. Para que venda los bienes muebles o inmuebles. Para que la represente en todos sus pleitos, ente otras especificaciones que se mencionan.
Zonder titelDoña María Francisca Migoni, viuda del finado don Pedro Miguel de Echeverría, y sus hijos don Francisco Javier y don Antonio Echeverría, vecinos de la ciudad de Veracruz y residentes en ésta; don Manuel María Gorospe y don Jacinto Rivas, en representación de sus esposas doña María del Pilar y de doña Guadalupe Echeverría; la primera por sí y los demás como herederos del finado don Pedro Miguel de Echeverría, y como socios que son los tres primeros de la casa de comercio de que tienen establecida en la ciudad de Veracruz con la denominación de Viuda de Echeverría e hijos; otorgan poder general a don Pedro José de Echeverría, uno de los hijos de don Pedro Miguel de Echeverría y socio de la expresada compañía, residente en esta ciudad y próximo a marchar a Londres, para que en sus nombres promueva todos lo concerniente al giro y conclusión de todos los negocios que tienen pendientes correspondientes a dicha compañía.
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