Doña María Gertrudis Segura, vecina de esta villa, viuda de don Manuel Martagón, vecino que fue de los Teteles, otorga poder especial a don Juan Peña, vecino de dicho Teteles, para que en su nombre y representación, cobre la cantidad que manifiesta en una lista que con carta instructiva le remite, que le quedaron a deber a su difunto esposo, según la declaración que hizo extrajudicialmente otorgó en esta villa el 26 de diciembre de 1823. Y si por virtud de esta cobranza se ofreciere contienda de juicio, comparezca ante todo lo que le convenga y sea oportuno hasta lograr el cobro.
Zonder titelVIUDAS
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Doña Francisca López de Santa Ana, de esta vecindad, viuda del licenciado don José Agustín de Castro, asociada con don Tomás Rubio Roso, dijo que los pocos bienes que le dejó su esposo son: una casa, en la calle del Ganado y una pequeña parte en otra de la calle de Santiago y siendo tanto el número de acreedores que la acosan, cómo el crecido de réditos que adeuda en los reconocimientos de dicha casa del Ganado y que éstos son mencionados en el acta. Y para evitar que la referida casa, vaya en decadencia por falta de fondos, se ve en la necesidad de venderla. Por la presente otorga que vende, cede y traspasa a don José Gamero, vecino de Veracruz, una casa con su solar, de piedra y lodo, cubierta de madera y teja, que su difunto esposo la hubo por herencia de su padre don Francisco de Castro Pérez, quien a su vez la hubo y compró en esta villa a 22 de octubre de 1788. Dicha casa situada en la calle que llaman del Ganado, haciendo frente con el oriente, lindando por el costado del norte con casa que fue de los señores Rosos, por el costado del sur, con casa y solar de Juana Rivera y por su fondo al poniente, con casa de los herederos de Domingo de Ochoa; compuesta de 19 y 3 cuartas varas de frente y 94 de fondo en su solar con más 14 varas que componen 108, compradas a su colindante. La vende en la cantidad de 1 700 pesos libres escritura y alcabala de plata corriente moneda del cuño que circula; 1 000 pesos de contado y los 700 pesos restantes en que queda empeñada dicha casa y deberá entregar a don Juan Francisco de Bárcena, tutor y curador ad bona de doña María Dolores Castro, a quién el difunto de la otorgante le debía por obligación simple y sin réditos, en un tiempo de seis meses a partir de esta fecha. Y en favor del comprador entrega recibo en forma de la cantidad recibida.
Zonder titelJerónima Domas, natural y vecina de la Nueva Veracruz, viuda de don José Castañeda, hija de don Antonio Domas y de doña María Gregoria Espinosa, ambos difuntos, ordena su testamento en la siguiente manera: Declara por bienes una casita baja que tiene en Veracruz por el barrio de Punta de Diamante, la que reporta cierto gravamen que consta en la escritura que existe en poder de don Pablo Valdez y algunos otros piquitos sueltos a su favor. Declara ser deudora a doña Manuela Portillo de 40 pesos, que encarga que se satisfagan. Nombra por su albacea al citado don Pablo Valdez. Y en atención a no tener herederos forzosos, ascendentes ni descendientes nombra por heredera a su hermana María Piedad Domas y después de su fallecimiento, recaiga para su distribución por partes iguales a sus sobrinos, hijos de referido don Pablo Valdez. Y revoca y anula cualquier testamento o últimas disposiciones que antes de esta haya hecho.
Zonder titelDon Rafael Velad, notario público de la Curia Eclesiástica de esta villa, en uso del poder general, concedido por doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega; otorga que ha recibido de don José Camilo Jiménez, actual cura interino de esta parroquial, la cantidad de 100 pesos. Mismos que acaba de redimir Ana Ortiz, viuda de José Antonio Amuedo, pertenecientes a las limosnas y sobrantes del culto de Santa Teodora Mártir, que se venera en esta parroquia. Y se obliga a tener dicha cantidad en calidad de depósito irregular, por el tiempo de cinco años, que deben contarse desde esta fecha en adelante, abonándole al encargado del culto, los réditos de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad del principal y réditos, hipoteca una casa de paredes alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, al confín de la calle de Santa Úrsula a la que hace esquina con la que nombran de San Roque, por el costado del norte y el frente principal al oriente tienen del otro lado casas de Felipe de la Rosa, de don José Antonio de la Peña y de otros dueños; por el fondo al poniente y costado del norte linda con terrenos de los naturales de esta villa; por el costado del sur con unas paredes y corral de la misma poseedora. Finalmente se obliga a que no vender ni enajenar dicha finca, hasta no estar pagado este principal y sus réditos.
Zonder titelDon Antonio Velasco Quiroz, de esta vecindad, actual hermano mayor de la Venerable Orden Tercera de Penitencia del Padre San Francisco, en quién reside el patronato de las obras pías de su convento, otorga que ha recibido de doña Francisca López de Santa Ana, de esta vecindad, viuda del finado licenciado don José Agustín de Castro, la cantidad de 250 pesos en reales de contado con más los réditos devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que don Francisco de Castro Pérez, percibió de los fondos del convento, por vía de depósito irregular con causa de réditos de 5 por ciento anual. Por la que otorgó escritura de obligación y reconocimiento en esta villa, el 1 de marzo de 1796. Y en la que para la mayor seguridad del principal y premios, hipotecó una casa que poseía en esta villa, en principio de la calle del Ganado, bajo los linderos que se expresan en dicha escritura. Y en virtud de esta redención declara por libre la finca de esta afección y consiente que se anote y tilde en dicha escritura y el registro de hipotecas para que no valga.
Zonder titelDon José María Rebolledo Maldonado, vecino de la jurisdicción y doctrina del pueblo de Xicochimalco, declara ser deudor a doña Rita Guapillo, de esta vecindad, como viuda de don José Rodríguez, la cantidad de 3 057 pesos, 2 y medio reales, por resto de cuentas del subarriendo que Rodríguez le hizo del trapiche de la Laguna que estaba a su cargo, por escritura que pasó en esta villa a 11 de septiembre de 1815, de cuya suma le otorgo recibo en forma. Y se obliga a satisfacerle dicha suma abonándole 500 pesos anuales, de la siguiente manera: para el día último de este mes entregará 250 pesos y los otros 250, el último día de agosto de este presente año. Y en igual fecha del año venidero de 1825, le pagará los réditos de 5 por ciento anual sobre la cantidad que le resta. Así sucesivamente lo realizara en los demás años. Y para el cumplimiento de ello en favor de su acreedora hipoteca un rancho y trapiche de caña, con todo lo que le pertenece a excepto las tierras situado en la doctrina del pueblo de Teocelo, el cual no podrá vender, ceder, cambiar ni enajenar, hasta no estar pagada esta deuda, e incluso pueda su acreedora sacarla de tercero venderlo, rematarlo y con el producido cubrirse con el principal, réditos, décima y costas.
Zonder titelDon Manuel José Pensado, labrador en esta jurisdicción, otorga que es deudor de su hermana doña Juana Pensado y Navarrete, viuda del finado don Pedro Francisco de Villa, como tutora y curadora ad bona de su hijo, por la cantidad de 1 311 y medio pesos, por concepto del resto de cuentas y administración que fue de su cargo, desde que vivía don Pedro. De cuya suma otorga recibo en forma. Y como no le ha sido posible pagar dicha suma, ha convenido con su acreedora en ceder, renunciar y trasferir la parte que le pueda corresponder en el ingenio Viejo, sus tierras y casa, en el paraje nombrado Ánimas, en las goteras de esta villa, únicos bienes que, aunque hipotecados, quedaron por muerte de sus padres divisibles entre sus varios hijos y participes. De modo que adjudica y entrega, tanto de la remota parte, que de su valor le pueda corresponderle en la enajenación de la finca, como de la de los cortos rendimientos que hasta hoy le ha producido como también de los réditos del capital.
Zonder titelDon Juan Manuel de Revilla, albacea de Josefa Barradas, dijo que para cumplir con la testamentaria que es de su cargo, otorga que vende a doña María Josefa Cubas de Valle, viuda de don Pedro José del Valle y Vieyra, a saber una casa de edificio bajo, de piedra y madera, cubierta de teja cuando la contrato con dicho Valle y ahora sin techo por haberlo tirado el mismo para modificarla, situada en esta villa, en la segunda cuadra de la calle Real, en la acera de la banda del norte, haciendo frente al sur con casa que fue de don Miguel de Arieta, por el oriente linda con casa y solar de las Soleres, por el costado opuesta hacia el poniente con casas que fueron de doña María Nicolasa de Torquemada y después de los herederos de don Domingo Franceschi, por el norte que es su fondo linda con casa que fue de don Francisco Antonio de la Torre, vecino de Veracruz, haciendo su frente calle en medio. Cuya deslindada casa la hubo Josefa Barradas de su difunta tía doña Paula Barradas, por escritura que le otorgó el albacea de la difunta tía, don Miguel de Arieta el 10 de diciembre de 1800. La vende en la cantidad de 1 700 pesos de los que tiene recibido en algunas sumas, por su difunto esposo don Pedro José del Valle y ahora recibe el resto de dicha suma.
Zonder titelDoña María Paulina Espejo y Nava, viuda de don Francisco Pensado, otorga poder especial a don Maximiano Hidalgo de esta vecindad, para que a nombre de la comparente y representando su propia persona, cobre a don Francisco Badillo la cantidad de 1 000 pesos que le adeuda, procedente de escritura pública y los réditos vencidos.
Zonder titelDoña María del Rosario Durán, viuda de don Rafael Facio, mayor de edad, de esta vecindad, otorga poder general a don Manuel Patiño, de esta misma vecindad, para que a nombre de la señora comparente perciba y demande a cualquier persona las cantidades de pesos y bienes que le deban o debieren. También, para que la defienda en todos los pleitos, causas y negocios que al presente tiene o en lo sucesivo se le ofrecieren.
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