VIUDAS

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              3201 Archivistische beschrijving results for VIUDAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0031 · Stuk · 1830/04/05
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Compareció un hombre que asentó llamarse Pedro Fosare quien dijo que por fallecimiento de Isidro García, vecino que fue de esta villa, quedó por bienes suyos una casita de edificio bajo, ubicada en este mismo suelo a la calle de Santiago, en sitio propio, con su frente al norte, por donde se le miden 7 varas y 86 de fondo al sur, lindando por este viento con la cerca del cuartel, por el costado de oriente con casa de Francisco González y por el costado del poniente con las de José Elías López y María Antonia Josefa Fuentes; cuya casita y sitio tiene tratada en venta con el Ciudadano Juan Benítez a virtud de orden que al efecto le tiene dada al compareciente su suegra Dolores García y demás herederos, por precio de 200 pesos, siendo de cuenta del vendedor el pago de la alcabala y de los derechos de escritura, para cuyo gasto le ha de ayudar el comprador con 5 pesos. Por lo que, reduciendo al efecto este instrumento, otorga que le vende al nominado Juan Benítez la casita y sitio que quedó deslindada, en precio y cuantía de 200 pesos, cuya suma tiene recibida a su entera satisfacción. Y estando presente el citado Benítez dijo que, conoce perfectamente al vendedor Pedro Fosare, le consta ser marido de Rita García, y está bien satisfecho de que el primero está autorizado por la viuda y heredera de Isidro García para la venta de la casa y sitio de que se hace mención en la presente escritura.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0041 · Stuk · 1830/04/27
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Gutiérrez, natural de los reinos de Castilla, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en esta villa, hijo legítimo de don Manuel Gutiérrez y de doña Isabel Alonso, sus padres ya difuntos, estando enfermo en cama y en su entero acuerdo y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con doña María Dolores Fernández, de cuyo matrimonio han tenido por hijos legítimos a doña María del Rosario viuda de don Manuel Santa Ana; a doña María Manuela casada con don Joaquín Vega; a don M. José Julián casado con doña Damiana Hidalgo; a doña María Lugarda casada con don Manuel Migoni; a don Antonio María que hoy es de veinticinco años de edad; a don Francisco de Paula de veintitrés; a don Manuel María de veintiuno; a doña Dolores de diecinueve; a doña Soledad de dieciséis a diecisiete; a doña Pilar de catorce; a doña Teresa de diez; a don Luis Gutiérrez y Fernández de ocho. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de capital cosa de 24 000 pesos y su nominada esposa no trajo ni introducido nada. Declara que sus bienes actuales consisten en una tienda de mercadería con capital de 10 a 12 000 pesos; 12 500 pesos que ha embarcado para correr riesgos de mar; 5 o 6 000 pesos en plata y oro que habrá en la tienda; una casa en la esquina de la carnicería en dicha ciudad de Veracruz, cuya finca le costó 10 000 pesos; otra casa grande que es donde vive su familia, en la misma ciudad referida; más esta finca no se contará con ella, porque ha dejado de pagar los rédito de siete años a causa de que no se le ha otorgado escritura; y los muebles que son notorios. Declara que en poder de don Ángel González tiene como 1 800 pesos, pero está ligada esta cuenta con las de su hijo político don Joaquín Vega, a quien le ha deber alguna cantidad, que no sabe cuál es por estar líquida la cuenta. Declara que sus deudas activas y pasivas constan de sus cuadernos que están en la tienda; ordena se recauden unas y se satisfagan las otras. Ordena que del quinto de los bienes se separen 500 pesos y se distribuyan por sus albaceas a los pobres de la repetida ciudad de Veracruz, de cuya suma le hace manda y legado. Ordena se manden decir por su alma cincuenta misas rezadas por la limosna de un peso cada una, quedando a elección de su albacea el templo donde hayan de celebrarse. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes, deducidos los gastos de funeral y los 550 pesos de que hablan las dos cláusulas inmediatas, se le aplique a su esposa doña María Dolores Fernández a quien del importe que sea le hace manda y legado. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus doce hijos citados. Nombra para tutor y curador ad bona de sus hijos menores a su esposa doña María Dolores Fernández. Y para cumplir y pagar su testamento nombra por su albacea a la citada su esposa. A todo lo anterior agrega, que de los bienes que ha declarado le son suyos 5 000 pesos que le debe don Anselmo Sorotusa. Que ha seguido compañía con su hijo don Francisco en una tienda de mercadería situada en Veracruz, distinta de la que se mencionó, a mitad de utilidades y que habiendo subido efectos el mismo don Francisco para realizarlos han quedado existentes en Puebla cosa de 1 500 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0074 · Stuk · 1830/06/21
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              La señora doña Ana María Vázquez Ruiz de Villamil, viuda del Teniente Coronel don Antonio Villamil, residente en esta villa, otorga poder especial al ciudadano Coronel don Alejandro Álvarez Guitián, residente en México, para que en su nombre gestione de la manera conducente y ante las autoridades que corresponda la recaudación y cobranza del Monte Pío que le corresponde, percibiendo los haberes vencidos y los que en lo sucesivo vencieren. También, le otorga poder general para que cobre de cualquier persona las cantidades de pesos que le deban y para que lo defienda en todos los pleitos, causas y negocios que tuviere.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0089 · Stuk · 1830/08/09
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María Ignacia del Valle y Vieyra, mayor de edad, viuda de don Pedro García del Valle, vecina actualmente en esta villa de Xalapa, otorga poder especial a don Pedro Antonio de Palacio, vecino de Valmaseda en el reino de España, para que a nombre de la señora comparente deduzca las que le competen en la testamentaría de la finada doña María Elena de las Bárcenas, vecina que fue del pueblo de Hoz en dicho reino, y madre política de la otorgante, promoviendo y practicando cuantas gestiones sean conducentes y necesarias, reclamando los agravios que esas operaciones contengan hasta que queden arregladas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0096 · Stuk · 1830/08/23
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              La señora doña María Francisca Migoni y el señor don Javier de Echeverría, la primera es viuda de don Pedro Miguel de Echeverría e hijo de este señor el segundo, dijeron que dicho finado otorgó poder a favor de don Leonardo Santos Suárez, vecino de Nueva York, para que cobrara del Banco de los Estados Unidos los capitales que allí tenía impuestos dicho finado. Y que en virtud del fallecimiento del mismo se necesita la representación de su viuda y herederos, por cuya razón, siendo del número de éstos los señores don Pedro y don Antonio Echeverría y Migoni, residentes en Veracruz, han acordado facultar los relacionantes a los nominados don Pedro y don Antonio con objeto de que en dicha ciudad formalicen el poder. Por lo que en aquella vía y forma otorgan que le confieren poder a los nominados don Pedro y don Antonio Echeverría y Migoni, para que a nombre de los comparentes puedan otorgar el poder que se requiere para el cobro de los indicados intereses y cualquiera otra que se le estén debiendo al precipitado finado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0098 · Stuk · 1830/08/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco y don Antonio Badillo, hermanos, herederos del finado don Mateo Badillo, el primero albacea del citado difunto, otorgan poder especial a sus hermanos don Manuel y don Pedro Ramón Badillo, residentes en México, herederos también del nominado Mateo y su albacea igualmente don Manuel, para que en virtud de sus propias acciones y representando las que a los otorgantes les compete en los bienes y deudas de la testamentaría del referido finado, puedan liquidar, convenir y transigir con la señora doña María Ignacia Obregón de Rul, viuda y albacea del señor Conde don Diego Rul, o con la persona que legal o competentemente se halle facultado al efecto, sobre el crédito de 24 000 pesos y sus réditos a favor de la testamentaría de Badillo, procedentes de escritura otorgada por la misma señora en la capital de México, el 7 de septiembre de 1812.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0110 · Stuk · 1830/09/20
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, mayordomo actual de la fábrica de esta parroquia, dijo que doña Paula Barradas, ya difunta, vecina que fue de este suelo, dejó destinados 300 pesos de sus bienes para que se fundase una obra pía o memoria de misas por su alma que se celebrase una cada mes en el altar de Santa María Magdalena erigido en el templo de San Francisco de esta villa, cuyo capital fue impuesto por don Miguel de Arieta, como albacea de la testadora, recibiéndolo don Juan Mora con hipoteca de un solar situado en la calle del Calvario esquina que da vuelta a la del costado de la capilla de ese nombre, hallándose hoy fabricada en él una casa que edificó el dicho Mora, habiéndose pagado el derecho de amortización al imponerse dicho capital según consta un documento. Que impuesto así ese capital con el transcurso de años falleció Mora y faltó igualmente su viuda y albacea doña María Josefa Saavedra y llegó la vez de aclararse por don Dionisio Camacho como albacea de la Saavedra que no existía formal fundación de dicha obra pía, no tenía patrono y que se adeudaban 175 pesos de réditos, lo cual fue denunciado por el mismo Camacho a la Sagrada Mitra de este obispado de Puebla. Sobre lo cual el gobernador de la mitra decretó se procediese por el comparente a la fundación de dicha obra pía e imposición del capital que la constituye. Y que para cumplir con ese precepto el nominado señor Presbítero don Juan Nepomuceno otorga que formaliza la erección de la explicada obra pía con el capital de 300 pesos, con rédito de 15 pesos anuales que se ha de mandar celebrar una misa el día 22 de cada mes por el alma de doña Paula Barradas, siendo a cargo del mayordomo otorgante y de sus sucesores, en clase de patrono, el cobro de los réditos y hacer que se celebren las misas, en cuya limosna deben invertirse 12 pesos de los 15 que produce el rédito, aplicándose para sí el mayordomo los 3 pesos restantes por ese trabajo y el de procurar en todo tiempo la permanencia del capital, el cual se consigna ahora en una casa que es propia de don Dionisio Camacho, quien estando presente confesó que tiene en su poder la citada cantidad y en consecuencia carga dicho capital en una casa que tiene ubicada en esta villa en el callejón de Quiñones, que actualmente es conocido por de Gorospe y se obliga a pagar los 15 pesos anuales de dicho rédito al mayordomo de la fábrica y para seguridad del pago hipoteca la misma casa. Y en atención a que dichos 300 pesos estaban antes impuestos en la casa del mencionado don Juan Mora que fue vendida y quedando en poder del relacionante la citada cantidad con obligación de cancelar dicha responsabilidad, por lo que declaran libre de dicha hipoteca la casa que fue de Mora y que al presente es del menor Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0150 · Stuk · 1830/11/22
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              La señora doña María Josefa Fernández de Ulloa, el excelentísimo señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias y don Javier Arias; la primera viuda y albacea del finado don José de Arias y Torija, y los dos últimos hijos y herederos del mismo difunto, otorgan que le confieren poder especial al Capitán José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos pueda tomar por vía de depósito irregular y término de cinco años, la cantidad de 6 000 pesos con el rédito de 5 por ciento anual, ya sea de las arcas de los juzgados eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otra; en consecuencia formalice a favor del interesado o interesados en ese capital la correspondiente escritura, con hipoteca especial de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec, jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, y cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0163 · Stuk · 1830/12/06
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Francisca Peredo, viuda y albacea de don Guillermo de Espino; el Presbítero don José Vicente de Espino y don Francisco González como curadores ad bona el primero y ad litem el segundo de don José María, don Francisco Ciriaco y doña María Manuela de Espino y Soria, hijos de dicho finado en su primer matrimonio con doña María Josefa Soria; el mismo don José María de Espino y Soria a virtud de estarle concedida dispensa de edad; don Antonio José Peredo y don José Vicente de las Casas, curadores también ad bona el primero y ad litem el segundo de don Francisco Mariano y doña Guadalupe Braulia de Espino y Peredo, hijos del repetido finado en su segundo matrimonio con dicha señora doña María Francisca Peredo; dijeron que por fallecimiento del nominado don Guillermo bajo la disposición testamentaria que dejó otorgada se procedió a la facción de inventarios de sus bienes e igualmente a la partición y adjudicación de ellos, habiéndose aprobado todo en seguida por las partes y por el juez. Por lo que no habiendo otra cosa más que formalizar la correspondiente escritura de adjudicación, otorgan que ratifican en la más bastante forma la aprobación de inventarios, partición y adjudicación, según como aparecen en los autos y cuenta de división formada por el Contador Licenciado don Manuel Fernández Leal.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0020 · Stuk · 1837/02/16
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Ortiz de Alcina, en representación de su difunto marido don Jaime Alcina, y como tutora de sus hijos, otorga poder especial a don José María Ochoa, para que, en nombre y representación de su persona, derechos y acciones, comparezca en el Tribunal Mercantil de esta ciudad a defenderlos de la demanda que intenta poner o ha puesto la señora viuda de don Antonio Maraboto sobre cuenta que este finado y el citado Alcina llevaron en vida. Para lo cual, el señor Ochoa exhiba constancias, pruebas, documentos, haga, promueva y practique cuantos actos y diligencias sean necesarios.

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