El Capitán don Diego Mardones Barahona, Corregidor en esta provincia, Juez de Caminos y de Registros, dijo que por ordenanza del virrey, se mandó que desde primero de junio de cada año hasta otro día después de San Francisco, que es 5 de octubre, ninguno de los carreteros, chirrioneros, ni recuas, bajen a la ciudad de la Nueva Veracruz, por el riesgo que corren por las aguas, ríos y otros inconvenientes que requieren remedio. Así también, que se notifique a los dueños de los molinos no les vendan cargas de harina sin primero hacer el registro de las mulas e indios que traen en sus servicios, y si pasaren sin hacerlo, se les aplique la pena de 30 pesos de oro común.
VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
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Se notificó a Alonso, mayordomo de la recua de Pedro de la Torre, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que no baje a los indios que declaró llevar en ella, llamados Francisco y Miguel, en conformidad a la ordenanza del 11 de agosto de 1623, la cual dice que desde primero de junio de cada año hasta otro día después de San Francisco, que es 5 de octubre, ninguno de los carreteros, chirrioneros, ni recuas, bajen a la ciudad de la Veracruz.
Se notificó a Juan Ruiz, persona que lleva a cargo la recua de su padre Sebastián Ruiz, vecino de Acazingo [Acatzingo], para que no baje a la Nueva Veracruz con los indios que lleva, llamados Sebastián y Diego, en conformidad con la ordenanza de 11 de agosto de 1623, que lo prohíbe desde primero de junio de cada año hasta cinco de octubre.
Pasó para la Veracruz la recua de Alonso Gil de Benita, vecino de Tepeaca, con catorce mulas cargadas para despacho de flota, dos indios llamados Pedro y Pablo, y se le notificó que no los baje a dicha ciudad de conformidad con la ordenanza de 11 de agosto de 1623, que lo prohíbe desde primero de junio de cada año hasta 5 de octubre.
Bartolomé Martín Maldonado, vecino del pueblo de Maltrata, manifestó llevar en su recua que baja a la Veracruz, a cuatro indios llamados Francisco, Diego, Juan y Bernardino; por lo que se le notificó en conformidad con la ordenanza de 23 de agosto de 1623, no baje los indios a dicha ciudad por ser tiempo prohibido.
El Corregidor visitó la recua de cuarenta mulas de Diego Jiménez, vecino de Oaxaca, quien manifestó ir a la ciudad de la Veracruz con dichas mulas cargadas de cajones, y que dos indios que llevaba se le habían huido, asimismo se le notificó no baje con indios a la Veracruz porque está prohibido por Real Ordenanza.
Mateo Ruiz, mayordomo de la recua de mulas de Isabel Muñoz, viuda de Bartolomé Martín Maldonado, vecina de Maltrata, manifestó dirigirse hacia la ciudad de la Veracruz con cuatro indios llamados: Gaspar Baltazar; Juan Antonio; Tomás de Aragón; y Dieguillo; asimismo se le notificó no bajar con indios a la ciudad de Veracruz por mandato de Real Ordenanza.
Juan de Salinas, declaró llevar su recua para la Nueva Veracruz [roto] llamados Sebastián y Matías; dos Pedros y Diego Nicolás, asimismo el Corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar indios a la Nueva Veracruz.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, pareció Francisco de Olivera, dueño de recua, vecino de Huauchinango, quien manifestó llevar en su recua que lleva para la Nueva Veracruz tres indios llamados Andrés y Toribio, asimismo se le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar indios a la Nueva Veracruz.
Manifestó [roto] vecino de San Antonio [roto] llamado Martín que lleva en su recua [roto] para la Nueva Veracruz, asimismo se le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar indios a la Nueva Veracruz.