VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0392 · Unidad documental simple · 28/08/1732
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Guillermo Monterde y Antillón, natural de la Ciudad de la Nueva Veracruz y vecino de la de Lima, en el Reino del Perú, hijo legítimo de los difuntos don Jerónimo Monterde y Antillón, Caballero de la Real Orden de Calatrava, y de doña Margarita de Villalobos, otorga su testamento, declara es casado con Doña Ángela María Grimalda, quien se encuentra en la Ciudad de Lima, nombra como sus albaceas a doña Josefa Monterde y Antillón, su hermana, vecina de la Ciudad de la Nueva Veracruz, viuda de don Tomas Rodríguez de Vargas; a don Diego Monterde y Antillón, su hermano y vecino de la Ciudad de México, y a don José Camino y Velasco, vecino de este pueblo de Jalapa, nombrando como herederos universales a su hermano Diego de Monterde y Antillón y a su hermana Josefa Monterde y Antillón.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0077 · Unidad documental simple · 1719/08/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda de Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción; otorga poder general a don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la ciudad de Puebla de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona pueda vender esclavos a los precios que ajustare.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0118 · Unidad documental simple · 1720/10/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0043-PX_0043_0068 · Unidad documental simple · 11/07/1771
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Fernando Bustillos, Caballero de la Orden de Calatrava, Comisario Ordenador de los Reales Ejércitos y Superintendente General de Hospitales de la Ciudad de Veracruz, de donde es vecino y residente en este pueblo de Jalapa de la feria; hijo legítimo del difunto don Lucas Bustillos Varas y de doña Manuela García, natural de Villa de Llanes, obispado de Oviedo, principado de Asturias, otorga su testamento donde declara se casó por primera vez con doña Luisa Sáenz Rico, con la que tuvo 5 hijos; se casó por segunda vez con doña Isabel María de la Rocha, con la que tuvo 6 hijos; nombra por sus albaceas a su esposa Isabel, a don Pedro Antonio Cosío y a don Pedro de Zavala, vecinos de la Nueva Veracruz y como sus herederos nombra a sus hijos. Tiene entre sus bienes la casa en la que vive en la ciudad de Veracruz, junto a la playa y a los almacenes reales de Marina, más otras dos casitas de cal y piedra, entre otros bienes.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0106 · Unidad documental simple · 1715/09/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Severiano Franco, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y en nombre de doña María Arias, su madre, viuda del Alférez Diego de Cuéllar, vecina de dicha ciudad, y en virtud del poder especial que de ella tiene otorgado, vende al Señor don Manuel de Rosas, Caballero del Orden de Calatrava, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad y electo Gobernador de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], a saber una negra esclava suya nombrada Ignacia, casta rayada, de edad de diecinueve años, misma que compró de doña Gertrudis de Ledezma y Quintanilla, viuda de Diego Jerónimo Leal, vecina dicha ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, enajenación e hipoteca sin asegurarla de ninguna enfermedad, tacha vicio ni defecto, al precio de 300 pesos de oro común en reales.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0121 · Unidad documental simple · 1715/11/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Francisca María de Luna y Espinar, vecina de esta villa de Córdoba, mujer de don Juan Manuel de Rosas y Zorrilla, Caballero de Orden de Calatrava, Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad y electo Gobernador de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], y primer mujer de don Felipe Tello, vecino que fue la Nueva ciudad de la Veracruz, su albacea, tenedora de bienes y su heredera en virtud del poder para testar y codicilo que de él tiene otorgado, mismo que usa para otorgar poder a su marido actual, don Juan Manuel de Rosas, para que en nombre y en representación de su persona como albacea y heredera del difunto, demande y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, maravedíes y otras cosas que se estuvieren debiendo al difunto. Para lo antes mencionado presente escrituras, vales, pólizas, adjudicaciones, cuentas corrientes, y aunque en esta escritura no se mencionen a las personas que la deban, ni las causas o razones porque proceden, queda comprendido que cualquier especialidad, se entienda la cobranza con las personas así de este reino como de los de Castilla. Y de lo que en virtud de este poder recibiere y cobrare, entregue carta de pago, cancelaciones y demás que convenga, en caso de contienda de juicio, parezcan ante los señores jueces y justicias de Su Majestad superiores e inferiores.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0025 · Unidad documental simple · 1719/04/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitándon Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Luis José Chacón, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona lo obligue como fiador de don Lorenzo de la Torre, del Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, a que guardará carcelería el susodicho en las casas de su morada como está mandado por despacho del Excelentísimo Marqués de Valero, Virrey de esta Nueva España, y que seguirá su viaje en primeras banderas a los reinos de Castilla. En razón de lo antes referido, otorgará escritura de fianza que le fuere pedida obligándolo a que como carcelero comentariense, lo entregará cada cuando se le pida con las cláusulas, firmezas y circunstancias que convengan, quedando comprendido que para lo anexo y concerniente se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0030 · Unidad documental simple · 1719/04/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, mujer de don Lorenzo de la Torre, del Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, dueños de haciendas de hacer azucares nombrada Nuestra Señora de Guadalupe; y don Gaspar Rendón, dueño de la hacienda nombrada San Joseph [José], en jurisdicción de esta villa. Ella con licencia de su marido, dijo que su padre, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, hizo postura al cerro nombrado Posquautla, denunciado por realengo a Su Majestad, mismo que como mejor postor se le celebró remate en dicho capitán en cantidad de 300 pesos, cuyo cerro está a la linde de las tierras que posee la otorgante. Asimismo, dijo que al pie de dicho remate se declaró que a ella le pertenece el mencionado cerro, respecto de haberlo pagado de su caudal como poseedora de la hacienda de Guadalupe, con cuyas tierras linda el cerro y con las de don Gaspar Rendón. Y respecto a que para el uso de las leñas de dicho cerro doña Ana Francisca necesita pasar por tierras de don Gaspar Rendón, y en virtud de que no necesita de todo el cerro, se han ajustado en partirlo por mitad para que una y otra parte aprovechen sus maderas y leñas, pagando dicho Rendón la mitad de todos los costos de la compra. Cuya división del cerro será en partes iguales y de la siguiente manera: desde el lindero de Almaiuca [Amayuca] para arriba hasta donde acaban los naturales del pueblo de Amatlan de los Reyes con su cerro que es en una rosa, que está en dicho cerro a la linde las 9 caballerías de tierra que llaman del Piñal, que pertenecen a doña Ana Francisca. De esta manera, el Capitán don Gaspar Rendón o Lucía Álvarez, su mujer, y sucesores han de dar entrada al cerro por sus tierras, como asimismo que el pedazo de cerro y tierras que sobra desde el lindero de Almaiuca [Amayuca] hasta el salto del agua lindero de dicho cerro, por la incomodidad que a unos y a otros tiene por el uso de él y no poder ser partible como el pedazo de cerro antes expresado, para el paraje del salto del agua hasta el lindero de Amayuca por la parte de abajo se obligarán a dar paso franco y cómodo por la tierras de sus haciendas para que cada que necesitare doña Ana Francisca, su marido y sucesores de entrar y salir, cortar leñas, maderas, tablas, moledores y otras cualesquiera maderas que allí hubiere, las puedan sacar sin impedimento alguno. Entendiéndose que, en el pedazo de monte y cerro, no podrán entrar personas ajenas a cortar leñas ni cultivarlos y en caso de conceder licencia, ambas partes tomarán consentimiento en sus herederos y sucesores, porque de lo contario no será válido. En caso de que no cumplirse lo antes mencionado, doña Ana Francisca, Lorenzo de la Torre y sus sucesores están obligados a volver a los susodichos lo que tienen recibido de la mitad del costo que tuvo el cerro y tierras. Doña Ana Francisca se da por entregada y da recibo en forma, y declara que el cerro de Posquautla y tierras que van expresadas, pertenecen al Capitán don Gaspar Rendón, mismo que acepta esta escritura y se obliga junto con su mujer y sucesores a cumplir lo mencionado en esta escritura, en caso contrario, se devolverá lo que él tiene satisfecho por razón de la mitad del cerro a sus herederos, y quedará doña Ana Francisca y sus herederos como dueños del cerro de Posquautla y tierras del salto de agua.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0095 · Unidad documental simple · 1718/11/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, dijo que ha ajustado contraer matrimonio con doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, doncella, hija del Capitán don Lope Antonio de Iribas y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos. Por tal motivo, se le ofrecieron 30 000 pesos en una hacienda de trapiche de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, con todo lo que le pertenece, alhajas y esclavos, de lo cual le han pedido otorgue recibo y carta de dote a la doña Ana, por lo que a través del presente señala haber recibido por dote lo siguiente: primeramente la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe con 26 caballerías de tierras, cañas, esclavos, ganados mulares y caballares, casas y demás aperos, en precio de 27 407 pesos, que aunque fue avaluada en 49 779 pesos y un real, los 22 764 pesos y 2 reales que quedan en el valor de la hacienda se rebajan en la siguiente forma: 13 400 queda de principal sobre la hacienda de capellanías y censos de lo que él ha de pagar sus réditos y en el ínterin que no los redimiere a sus patronos y capellanes desde hoy día de la fecha en fin de cada año. También se obliga a pagar 1 500 al convento de religiosas de Catalina de Sena de la ciudad de Oaxaca, y 7 874 pesos y 2 reales pertenecientes a los hijos menores y herederos del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, que tendrá en su poder y que corresponden al pleito que siguieron los menores contra Lope Antonio, sobre la nulidad de la venta del mencionado trapiche. De todas las partidas que se mencionan en esta escritura suman y montan 36 553 pesos se da por entregados de la referida hacienda, alhajas y esclavos, de los cuales 30 000 pesos tendrán en dote y propio caudal de doña Ana Francisca, y los 6 553 restantes para entregárselos al Capitán don Lope Antonio cuando se los pida. Y el otorgante manda a doña Ana Francisca en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza 2 000 pesos, que declara caben en sus armas militares y demás bienes que le pertenecen, y una y otra cantidad importan 32 000 pesos, que se obliga tener en su poder y en caso de muerte o disolución de matrimonio, él devolverá a Ana Francisca, sus padres o a quien en su poder hubiere.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0100 · Unidad documental simple · 1718/12/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Por una parte, don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa; y de la otra, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa, quien dijo que el 27 de enero de 1716 le otorgaron escritura de venta de esta hacienda de Nuestra Señora de Guadalupe, en precio de 26 804 pesos como parece de su avalúo, con el cargo de reconocer 17 500 pesos a favor de diferentes capellanías, censos y escrituras que estaban y están sobre ella y los 9 340 pesos que habían de quedar en su poder a orden de la Real Justicia de la villa de Córdoba, para pagar a los acreedores del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, como con efecto en virtud de libramiento del Capitán don Manuel de Rosas, fue pagando a diferentes acreedores los libramientos que paran en poder del otorgante en que se incluyen la paga de los sirvientes y otros débitos cortos. Y ahora, con ocasión de que el otorgante tiene puesto en estado a doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, su hija y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con el dicho don Lorenzo de la Torre y entregándole la hacienda con precio de 49 779 pesos y un real, que rebajados 13 400 pesos de capellanías y censos que quedan de principal sobre dicha hacienda, queda la cantidad de 36 379 pesos y 1 real de cuya cantidad se le rebajarán 7 874 pesos y 2 reales para que el señor factor los entregue a los hijos menores y herederos del Alférez Mayor don Diego Valero, para cuando tengan la edad requerida y en el ínterin pagarles sus réditos anuales, teniéndoles a orden de los señores de la Real Audiencia como estaba obligado el otorgante, a lo que se ha de obligar dicho factor en este instrumento, como juntamente a los 1 500 pesos a favor del convento de Santa Catalina de Sena de la ciudad de Oaxaca y con los demás cargos y pensiones de las capellanías y censos y de hacer reconocimiento de sus réditos a pagar desde hoy día de la fecha en adelante a los patronos y capellanes de ellas. Estando presente el señor don Lorenzo de la Torre, otorga que acepta, se obliga y reconoce por dueños y señores a los capellanes y patronos de las capellanías y censos que están cargados sobre la su hacienda, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, y hará reconocimiento a cada uno judicial de su principal y pagará sus réditos a fin de cada un año, que el primero empieza a correr desde hoy día de la fecha en adelante. Asimismo, se obliga a que tendrá en su poder los 7 874 pesos y 2 reales de resto líquido de los 32 000 pesos del valor de la hacienda, que tiene recibidos de su señor y padre Capitán don Lope Antonio, delos que dio recibo en forma a favor de los menores hijos y herederos, para entregar a cada uno la porción que le tocare cuando llegue su tiempo y en el ínterin que los tenga en su poder les acudirá a los menores con su réditos de 5 por ciento para su manutención y para ello hipoteca por especial la mencionada hacienda. También se obliga para cuando sea requerido, a pagar los 1 500 pesos a favor del convento de religiosas de Santa Catalina de Sena.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO