Don Cayetano Becerra, diputado del Honorable Congreso del Estado, como representante de don José Carrillo de Hermida, vecino de Veracruz, dijo que éste posee una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillos y teja, en la calle que nombran Nueva, de la cual se ha venido reconociendo el capital de 543 pesos cuatro reales, a favor de doña Antonia Ugarte y doña María Bañares, sin que hasta la fecha los antiguos poseedores de dicho fundo se les haya cobrado sus respectivos réditos, ni presentado los interesados o sus representantes, sin embargo de las diligencias que se han hecho por él otorgante para dar con su paradero, en forma particular, como por medio de periódicos públicos. Por lo antes mencionado, don José Carrillo de Hermida, solicitó al Ayuntamiento de esta villa, le recibiese en su fondo público por vía de depósito, la mencionada cantidad de 543 pesos cuatro reales, más el premio de 5 cinco por ciento de los tres años que poseyó la citada casa, cuyas sumas dan un total de 648 pesos seis reales. Habiendo el Ayuntamiento, tomado tal consideración, comisionó a los regidores y síndico don Juan Bautista de Lezama y don José Manuel Cruz y Bremont, para el otorgamiento de la presente escritura, por lo que éstos señalan, han recibido en los fondos públicos, por entrega de Cayetano Becerra, la cantidad de 648 pesos y seis reales en efectivo, por lo que otorgan depósito y entregan recibo en forma para dar legalidad e hipotecan dichos fondos municipales.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOVERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
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Don Francisco de Paula Mora, Diputado en el Honorable Congreso de este Estado, dijo que en el tribunal del Consulado de Veracruz se siguieron autos sobre esperas de acreedores a solicitud del compareciente, y habiéndolas obtenido y comprometidose a pagar una suma de 2 000 pesos en el término de cuatro años, con fianza del señor don José Ignacio Esteva, se formalizó por este señor esa caución ante el mismo Tribunal del Consulado en 1818 a favor de don Cayetano Canaleta, como Síndico nombrado en el repetido tribunal y como representante de varios interesados en el crédito indicado, que oportunamente se fueron satisfechos los relacionados 2 000 pesos a Canaleta. Y terminado este asunto, cuyos comprobantes existían en poder del relacionante, pero que éstos se perdieron a la vez que los fuegos de Ulúa ofendieron a la citada ciudad de Veracruz, pues habiendo caído diversas bombas en el sitio donde estaban dichos documentos y otros muchos de la pertenencia del mismo compareciente, todo pereció, sin quedarle arbitrio de recabar nuevos credenciales de Canaleta ni del Tribunal, porque aquel emigró de esta República en razón de ser español, y el Tribunal carecía de constancia por cuanto el expediente obraba en poder del mismo Canaleta; y que para precaver el que alguna vez resultase grabado el señor Esteva con el lasto del importe de esa fianza, por que quisiera exigírsele en razón a no estar cancelado el documento matriz que formalizó, ha resuelto el otorgante obligarse a la indemnización por si llegase a suceder el explicado evento. Y reduciendo a instrumento público la insinuada obligación, por el presente en el modo más oportuno, confesando como confiesa por cierto y verdadero cuanto queda relacionado, el ya nombrado don Francisco de Paula Mora otorga que se obliga a indemnizarle al señor don José Ignacio Esteva cualquier suma que acaso llegue a exigirle en razón de la referida fianza hasta la cantidad de los 2 000 pesos, de manera que el señor Esteva jamás llegué a experimentar perjuicio.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODon Luis Ruiz, actual diputado del Honorable Congreso de este Estado Libre de Veracruz, dijo que reconoce y agradece los favores y servicios que le debe a don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, y en justa retribución de ellos, le ha cedido y obsequiado desde el primero de octubre de año pasado, 2 y media pajas de agua dulce, mitad de los 5 que disfrutaba su casa, ubicada en la segunda cuadra de la calle Real de esta villa, para llevarlas por cañería subterránea a la suya que está enfrente, como ya lo hizo. Por la presente otorga que hace donación en forma perpetua e irrevocable para que la disfrute para siempre.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Francisco Cueto y don Luis Ruiz, actuales diputados del Honorable Congreso del Estado Libre de Veracruz, labradores en su distrito; don Pedro Miguel de Echeverría, don José Javier de Olazábal y don Miguel de Lizardi y Migoni, vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, todos residentes en esta villa; otorgan que se constituyen fiadores y principales responsables por cantidad de 2 000 pesos cada uno y no más, en favor de don Fausto Acedo, provisto comisario general de las Rentas del erario en el Estado Libre de Yucatán, desde el día que se ponga en posesión de este destino.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña Ángela Gorrindo Palomino, vecina que fue de la Heroica Veracruz, residente en ésta, viuda del finado don Felipe Díaz de Peón, vecino y del comercio que fue de aquella; dijo que, por fallecimiento de éste, le quedaron tres piezas de esclavos, sujeto a servidumbre, el primero de ellos nombrado José Joaquín, de calidad moreno, de estado soltero, de ejercicio cocinero, originario de la costa de Portugal en el río Geneiro [Janeiro], como de sesenta años; otro igual de la misma condición, hijo natural del anterior, llamado José Estanislado, nacido en Veracruz, el que será de diez a once años de edad, que ambos existen en su casa y compañía; y la otra que reside en Veracruz, de donde es natural, llamada Bernardina, de calidad mulata, de estado soltera, como de veinticinco años, hija de otra su esclava, vecina de la Habana. Los cuales ha poseído pacíficamente como lo hizo su marido. Y por cuanto, el día de mañana se celebra en esta república, y muy particularmente en esta villa, el aniversario del primer grito de libertad pronunciado en el pueblo de Dolores del Estado de Valladolid, por el benemérito cura que fue de él, don Miguel Hidalgo y Costilla; deseoso este vecindario y tropa que en él residen, de marcarlo con hechos que remitan a la posteridad la memoria de tan fausto día, se abrió suscripción voluntaria para subvenir a los gastos de las solemnes funciones que ha detallado la Junta Cívica. Y distribuidas varias comisiones con distintos objetos, una de ellas al cargo del ciudadano Cayetano Becerra, actual diputado del Honorable Congreso de este Estado, le ha tratado éste de la libertad absoluta de los citados sus tres esclavos, por el servicio pecuniario que, de los rendimientos de aquella colectación, le hace de 400 pesos; y aunque el más ínfimo valor de esas piezas les hace subir a más, no obstante, la compareciente ha asentido a ello, queriendo por su parte contribuir con el exceso al beneficio y libertad absoluta de estos infelices, en memoria de tan feliz recordación. Y probada suficientemente y a satisfacción de Becerra la propiedad de las alhajas resta únicamente el otorgamiento de la presente carta; por la que, dándose por recibido de los citados 400 pesos, que el mismo Becerra le ha entregado de las suscripciones, otorga de ellos recibo en forma; y declara en su virtud a todos y cada uno de los tres esclavos José Joaquín, José Estanilado y Bernardina, por libres absolutamente de la esclavitud y servidumbre a que siempre estuvieron.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Tomás Illanes, coronel de Ejército y actual diputado del Honorable Congreso del Estado Libre de Veracruz, residente en esta villa, como marido y conjunta persona de doña Francisca Javiera Guisasola y Betancourt; otorga que ha recibido, del padre de ella, don Juan de Guisasola, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 4 030 pesos en alhajas. Cuya cantidad es la que le pertenecieron a la mencionada esposa, por fin y muerte de su madre doña Petronila Josefa de Betancourt y cuyo respecto entra en su poder dicha suma, otorgando a su favor el presente recibo.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOAlejandro Bellange, de cuya identidad testifican el Señor Diputado don Manuel María Pérez y don Francisco [Antonio de la] Serna, de esta vecindad, dijo que por a Foldldos [sic], capitán del bergantín Delphin, se dio poder en la ciudad de Veracruz a 9 de julio de 1834 a favor de Duport y Compañía, para la secuela del juicio sobre demandar el cumplimiento de su carta partida, de los señores consignatarios de efectos por dicho banco, cuyo negocio se halla hoy en segunda instancia, el cual tribunal se ha trasladado a esta ciudad de la Veracruz donde residió. Y siendo preciso nombrar persona que aquí siga gestionando, el compareciente como uno de los socios de la expresada compañía, otorga que lo sustituye en todo en el señor Licenciado don Sebastián Camacho.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Jorge de la Serna, de esta vecindad, y don Ramón Pasquel, de la Veracruz, habilitado por el Honorable Congreso para la administración de sus bienes, dijeron que la hacienda nombrada Buena Vista, ubicada al frente y sobre las goteras de Veracruz, fueron bienes del difunto don Cristóbal Barragán y heredera de ellos su hija legítima doña Ana Josefa Barragán, que habiendo también muerto en Puebla, sin sucesión de su matrimonio con don Bartolomé Perdomo, vecino de Veracruz, dejó por albacea a don Sebastián Pérez Cornejo, quien para el recobro de dichos bienes que estaban en la administración del referido Perdomo, apoderó Cornejo a don Jorge de la Serna, quien recibió unas casas y un cuaderno de inquilinos de aquella hacienda, con protesta de Perdomo a la exhibición de no poderse vender nada mientras no se concluyera el litis de sus demandas por alcances que creía tener a la dicha administración. Asimismo, dijeron que la referida hacienda reconoce una capellanía del Presbítero don Francisco Javier Pérez por cantidad de 4 000 pesos, de los cuales se le deben sus réditos desde el año de 1821, habiéndose hecho comparecer a Perdomo por causa de este adeudo, consintió en que se vendiese dicha hacienda al efecto, sobre que nunca reclamaría sea cual fuese la cantidad que se sacase de ella. Por lo cual, don Jorge de la Serna, en nombre y representación de don Sebastián Pérez Cornejo, de la testamentaria de doña Ana Josefa Barragán y de los sucesores y herederos de ésta, otorga que vende a don Ramón Pasquel la citada hacienda de Buena Vista, en precio y cantidad de 10 500 pesos, de los cuales seguirá Pasquel reconociendo 4 000 pesos que sobre ella se reconocen en favor de dicha capellanía que sirve el Presbítero don Francisco Javier Pérez, pagando sus réditos de un 5 por ciento anual a partir del primero de enero de 1833; y el resto que son 6 500 pesos pagará del modo que queda condicionado en esta escritura. Para seguridad de la capellanía hipoteca la mencionada hacienda, asimismo, salen por sus fiadores don Mariano Pasquel, Diputado de este Honorable Congreso, y don Francisco Gutiérrez, de esta vecindad.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl Licenciado don Antonio Viamonte, de esta vecindad, dijo que necesitando de producir en el juzgado de Distrito de Veracruz un informe de su vida y costumbres y no pudiendo ir personalmente a aquella ciudad, le confirió poder al Licenciado don Pedro Abraham de Rojas, quien residía en esa ciudad, pero por el haberse separado de aquel suelo, tiene precisión de facultar a otra persona; por lo tanto, otorga que da poder especial al señor don Joaquín Guevara, Diputado actual en el Congreso de este Estado, residente en la referida ciudad de Veracruz, para que en su representación comparezca en dicho juzgado de distrito, a cuyo fin haga todo lo que convengan.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Matiana Guevara, mayor de edad, libre de ajena administración y de esta vecindad, otorga poder especial a su sobrino don Joaquín Guevara, Diputado actual en el Congreso de este Estado, residente en Veracruz, para que en su representación, demande a don Manuel Tavera, vecino en la ciudad de Veracruz, el cumplimiento de la sentencia que los árbitros don José Manuel Moreno y don Joaquín Fernández del Campo pronunciaron en esta ciudad de Xalapa el 28 de marzo de 1827, en los autos seguidos por la relacionante contra dicho Tavera, en el juzgado de tercera nominación de esta misma ciudad. Cuyo laudo se declaró pasado en autoridad de cosa juzgada por auto de 19 de mayo del propio año, previo dictamen del asesor, como consta de los de la materia. Y en consecuencia haya, perciba, demande y cobre, dicho apoderado, del denunciante Tavera el importe de su adeudo y de todo lo que cobre otorgue los recibos correspondientes. Y si fuere preciso comparecer en juicio, ocurra desde luego, a los tribunales superiores o inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO