El Sargento Antonio Núñez Zamorano, vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Hidalgo y Torres, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, y en virtud del poder especial que de él tiene otorgado, vende al Señor don Manuel de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad y electo Gobernador de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], a saber un negro esclavo suyo nombrado Alejandro, casta Congo, que será de edad de cuarenta y siete años poco más o menos, de ejercicio clarinero, mismo que compró del Veedor don Pedro de Cendoya, quien se lo vendió con poder del Capitán don Agustín de Arriola, vecino de la ciudad de la Habana, por escritura que asu favor otorgó en dicha ciudad de la Veracruz el 2 de mayo de 1713. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre y por libre de empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defectos ni enfermedad, al precio de 200 pesos horros de alcabala y escritura.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALVERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
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José Antonio de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario del Capitán Juan de los Santos Cubillos, su padre, nombrado como tal en el poder para testar que le otorgó en esta villa el 16 de enero de 1705, dijo que el dicho su padre fue albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, como consta de testamento, y éste a su vez lo fue de Nicolás de Olivera, que también consta en otro testamento que se incluye en esta escritura. Asimismo, dijo que don Nicolás de Olivera mandó se fundase una capellanía de misas rezadas por su alma con 2 000 pesos de principal, cuya intención y fundación dejó a la voluntad del Regidor don Miguel de Leiva y el susodicho a la de su padre. Por lo cual, como albacea de su padre, instituye la capellanía con la dote de número de misas, capellanes, propietarios e interinos, patronos y con las calidades y condiciones siguientes: Dota a la capellanía con 2 000 pesos de oro común de principal que aplica y sitúa en el precio y valor de una casa principal de piedra y madera, baja, cubierta de teja, que quedó por bienes de Juan de los Santos Cubillos, su padre, que se haya apreciada en la cantidad de 4 299 pesos y 2 reales, como consta de avalúos y demás diligencias. Cuya casa está libre de censo, empeño, hipoteca ni otra enajenación, salvo 300 pesos que sobre ella están cargados a favor de la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa por el valor de un negro nombrado Domingo, esclavo que fue de la cofradía. De cuya cantidad se obliga a pagar al capellán 100 pesos de oro común de censo tributo y rédito anual, que corren desde el día que se hiciere su colación y erija en beneficio eclesiástico hasta la redención del principal. Nombra por primer capellán propietario de la capellanía a Rafael de Olivera, que será de edad de veintidós años poco más o menos, estudiante de filosofía en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo de Antonio de Olivera y de doña Ana Franco de Guzmán; y si éste muriese o no quisiera ordenarse o tomase otro estado, nombra en su lugar a los demás hijos que tiene Antonio de Olivera y doña Ana Franco de Guzmán; y por falta de éstos a los hijos naturales pobres y virtuosos de esta villa, en éste caso hará el nombramiento el señor cura de esta villa. Nombra por capellán interino de la capellanía mientras no haya capellán propietario al Bachiller don Francisco Fernández de Acevedo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz. Como fundador de la capellanía nombra por patrono al señor cura que es o fuere de esta villa de Córdoba, para que proceda a hacer los nombramientos de capellanes propietarios de los hijos naturales de esta villa a falta de los nombrados, menos los interinos, porque esto se hará conforme a la costumbre de este obispado. Cada vez que los herederos hagan redención del principal, lo exhibirán en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado de la Puebla de los Ángeles, para que se cargue en finca segura y no se convierta en otra obra pía. Pide y suplica al Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, del Orden de Alcántara del Consejo de Su Majestad, Obispo de este obispado, su Vicario General, admita esta capellanía y erija su principal en bienes espirituales y beneficio eclesiástico para su mayor perpetuidad.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALJuan Marcos Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Pedro Velarde, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, una negra su esclava nombrada María de Aguilar, que será de edad de cincuenta años poco más o menos, misma que hubo y compró de doña Ana María Muñoz de Herrera, viuda, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva, sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre por libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha ni enfermedad, al precio de 225 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Josefa de Pedraza, viuda, albacea y tenedora de bienes que quedaron del Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, tutora y curadora de sus menores hijos y herederos; don Miguel García de Monzaval, don Alonso y don Joaquín José Gómez Dávila, asimismo, albaceas del difunto; y don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, en voz y en nombre de doña Gertrudis de Ledezma y Quintanilla, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, viuda, albacea y tenedora de bienes de Diego Jerónimo Leal, tutora y tenedora de sus menores hijos y herederos. Los otorgantes, albaceas del capitán, a través de transacción y concierto se obligan de pagar a doña Gertrudis de Ledezma y Quintanilla, 550 pesos que Juan Gómez Dávila le quedó debiendo a Diego Jerónimo Leal, en la siguiente manera: 327 pesos a la susodicha, 198 pesos a doña Gertrudis de Gatica y los 25 pesos restantes que le tienen entregado a Getrudis de Ledezma, de los que Francisco Pibot se da por entregado y dio recibo en forma, y los otorgantes se dan por entregados y dan recibo en forma. De los 525 pesos darán y pagarán el próximo año de 1717, sin pleito alguno, pena de la ejecución de su cobranza para cuyo cumplimiento los otorgantes se obligan con sus personas y todos los bienes del dicho albaceazgo habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de hacer azúcar en su jurisdicción, como principal; el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta y don Gaspar Rendón, dueños de hacienda de hacer azúcar y vecinos de esta villa, como sus fiadores; se obligan de pagar al fator [Factor] don Juan de Astros, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, del Asiento de Negros de las dos majestades, católica y de la Gran Bretaña, a saber 2 350 pesos de oro común en reales de resto del valor de trece negros y negras que el Bachiller don Andrés de Meza hubo y compró del citado asiento. Cantidad que señalan tienen recibida y pagarán en la siguiente manera: 1 000 pesos de la fecha de esta escritura en seis meses, y los 1 350 pesos restantes dentro de un año que corren de la fecha de esta escritura, llanamente y sin pleito alguno, pena de la ejecución y costa de su cobranza, por lo que principal y fiadores se obligan con sus personas y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, y doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel y heredera de doña Agustina, Feliciana y Gertrudis, sus hijas, difuntas; ambos albaceas del susodicho, otorgan poder general a Francisco Leandro, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de sus personas como tales albaceas parezca ante los señores jueces, oficiales reales de la Real Hacienda y caja de dicha ciudad para que pida se le pague el sueldo que devengó y le quedó debiendo Su Majestad hasta el día de su fallecimiento al Alférez Antonio Miguel, de la plaza de cirujano y artillero que ejerció en el castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa. De lo que reciba y cobre entregue recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan, y si la paga no fuere ante escribano que de ello de fe haciendo los pedimentos, requerimientos, protestaciones, ejecuciones y demás que sea necesario.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, vende a don Francisco Pibot y Tapia, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, un negro su esclavo nombrado Baltazar, criollo de la isla española de Santo Domingo, que será de edad de doce años, mismo que hubo y compró de don Lázaro de Penagos, en la Nueva ciudad de la Veracruz. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, y por libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarlos de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, al precio de 180 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Sargento Juan Rodríguez Bazán, vecino de esta villa de Córdoba, vende a doña María Josefa de Celis, mujer del Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, una esclava suya nombrada [roto] que será de veintiún años, misma que hubo y compró de doña Josefa del Valle y Vergara, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva sujeta a servidumbre, libre de deuda, empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, en precio de 400 pesos de oro común en reales de a ocho reales de plata.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, residente en esta villa. Por la presente, otorga poder general al Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sus padres, y a doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, su mujer, vecinos de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona se encarguen de todos sus pleitos causas civiles y criminales de ambos fueros, eclesiásticos y seculares. También, se lo otorga al Capitán don Lope Antonio de Iribas, para que parezca ante el Rey y ante los señores presidente y oidores [roto] para que en su superior gobierno [pida] todo cuanto le tiene comunicado.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su mujer, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, otorgan poder general a don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, y por su ausencia u otro impedimento a don José de Gandetigui, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en nombre y en representación de sus personas, los obligue hasta por la cantidad de 25 000 pesos, cantidad que pagarán en las partes y lugares, tiempos, plazos y premios que se ajustare, otorgando en razón de ellos las escrituras de obligación que le fueren pedidas.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO