VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA

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              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0115 · Unidad documental simple · 05/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Alonso de Vicos, dueño de recua, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que se dirige hacia la Nueva Veracruz, lleva en su recua dos indios nombrados Domingo y Diego. Asimismo, el corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad; también le informó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco so pena de 200 pesos.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0118 · Unidad documental simple · 07/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Juan Francisco, dueño de recua, vecino de la villa de Córdoba, manifestó dirigirse hacia la Nueva Veracruz y llevar en su recua cuatro indios nombrados Martín Cortés, Gaspar, sabanero, Juan Pedro y Diego Pascual. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, por la mucha agua que en estos meses llueve y con la que muchos naturales enferman, condolecen y mueren; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0120 · Unidad documental simple · 07/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Hernando de Camasella, dueño de recua, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala, manifestó llevar hacia la Nueva Veracruz la dicha recua, llevando en ella dos indios nombrados Juan y Tomás. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.\n

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0121 · Unidad documental simple · 07/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Felipe de la Cruz, mayordomo de la recua del alcalde mayor de Tehuacán, manifestó llevar para la Nueva Veracruz a los indios nombrados Juan y Alonso. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz, ni pasar con ellos de este pueblo, a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, por la mucha agua que en estos meses llueve y con la que muchos naturales enferman, condolecen y mueren, so pena de 200 pesos; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0122 · Unidad documental simple · 08/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Joseph [José] de Vargas, dueño de recua, vecino de la ciudad de los Ángeles, manifestó dirigirse hacia la Nueva Veracruz y llevar en su recua a dos indios nombrados Juan y Agustín. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, por ser estos meses de mucha agua y trabajosos para los naturales, so pena de 200 pesos a quien lo contraviniere; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0131 · Unidad documental simple · 18/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Jacinto Ruiz, dueño de recua, vecino de la villa de Córdoba, manifestó haber bajado hacia la Nueva Veracruz con un indio al servicio de sus mulas, cuyo indio se nombra Diego, el cual regresa ahora bueno y sano. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, por la mucha agua que en estos meses llueve y con la que muchos naturales enferman, condolecen y mueren; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0133 · Unidad documental simple · 21/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Juan Duarte, dueño de recua, vecino de Tehuacán, manifestó dirigir su recua hacia la Nueva Veracruz y llevar en ella tres indios para su servicio, nombrados Felipe, Juan y Pedro. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe poner indios en camino de la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio hasta 5 de octubre de cada año, pena de 200 pesos, debido a que en estos meses llueve mucho y con ello los indios enferman, condolecen y mueren.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0135 · Unidad documental simple · 23/07/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Mateo de Vega, dueño de recua, vecino de Tepeaca, manifestó dirigir su recua hacia la Nueva Veracruz y llevar en ella dos indios para su servicio, nombrados Mateo Sánchez y Antonio. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio hasta 5 de octubre de cada año, so pena de 200 pesos, debido a que en esos meses llueve mucho, provocando que los naturales enfermen, condolezcan y mueran; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0147 · Unidad documental simple · 19/08/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Miguel Buchan, dueño de recua, vecino de Huejotzingo, manifestó dirigir su recua hacia la Nueva Veracruz y llevar en ella tres indios para su servicio, nombrados Gaspar, Diego y Melchor. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe a los carreteros, arrieros y chirrioneros bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio hasta el 5 de octubre de cada año, so pena de 200 pesos, debido a que en esos meses llueve mucho, provocando que los naturales enfermen, condolezcan y mueran; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento.\n

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0151 · Unidad documental simple · 04/09/1638
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Juan Rodríguez, mayordomo de la recua de Francisco Martín, vecino de la villa de Córdoba, manifestó llevar en su recua para la Nueva Veracruz en su servicio y avío, cuatro indios nombrados Juan Vizcaíno y Juan largo, Francisco y Baltazar. Asimismo, el corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad; del mismo modo se le informó de la ordenanza que prohíbe a los carreteros, arrieros y chirrioneros bajar con indios a la Nueva Veracruz, a partir del 1 de junio hasta el 5 de octubre de cada año, so pena de 200 pesos, debido a que en esos meses llueve mucho, provocando que los naturales enfermen, condolezcan y mueran.\n