Don Manuel Pardo, de esta vecindad, otorga que se obliga, por el tiempo de dos años, a partir de esta fecha, a conducir la valija de la correspondencia del servicio nacional y del público, con las mulas y postillón necesarios, desde esta villa hasta la Plaza de Veracruz y desde aquella a la parada de la Hoia [Joya], por la cantidad de 33 pesos por cada viaje redondo, los que le han de pagar por la administración principal de Veracruz, con las siguientes advertencias: si antes de cumplirse el tiempo estipulado se estableciesen las correspondientes maestrías de postas en la demarcación de la situada administración principal de Veracruz, quedará por lo mismo sin valor ni efecto alguno esta obligación. Segundo, que para los correos semanarios caminen con toda la prontitud posible, se obliga a mantener tres o cuatro remudas en el Puente Nacional, de las cuales le suministrará a su ida y regreso las que sean necesarias; siendo a cargo del señor administrador de esta villa don Faustino de Capetillo, el prevenir a los conductores de las valijas que no recarguen las mulas con encomiendas voluminosas, ni maltratar a los respectivos postillones cuando llegan tarde a sus destinos. Tercero que, aunque cuenta con 80 bestias caballares y mulares para el cumplimiento de dicho contrato, presenta por fiadores para su mayor validación y firmeza a don Juan Ruiz Abascal y a don José Fernando de la Peña, de este comercio y vecindad, ambos sujetos de bienes conocidos para responder en su caso, quienes estando presentes se constituyen los dos de mancomún fiadores por el mencionado contratista don Manuel Pardo. Finalmente, todos los comparecientes, cada uno por lo que respectivamente, firmaron el presente contrato.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOVALIJAS
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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0102
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Unidad documental simple
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1824/07/17
Parte de Archivo Notarial de Xalapa