TUTELAS

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        TUTELAS

          Términos equivalentes

          TUTELAS

            Términos asociados

            TUTELAS

              9 Descripción archivística resultados para TUTELAS

              9 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0133 · Unidad documental simple · 1833/11/14
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Micaela Lerroux de Herrasti, viuda de don José Felipe Herrasti, vecina de esta ciudad, dijo que ha fallecido en la ciudad de Tehuacán don José Nicolás Apesechea, marido que fue de doña María Dominga Herrasti y Lerroux, difunta, hija de la comparente y del nominado su consorte. Y de cuyo matrimonio tuvieron una hija, que actualmente se haya en el colegio de San Jerónimo de Puebla, que se llama María Josefa de los Dolores Apesechea y Herrasti, que tiene de ocho a nueve años de edad, de la cual es tutora la relacionante, como abuela materna. De cuya envestidura la compete encargarse de la persona y bienes de dicha menor y para todas estas diligencias, es preciso ocurrir al juzgado de primera instancia de Tehuacán, a donde no puede pasar por sí misma, y por ello ha resuelto facultar a su hijo don Felipe Herrasti y Lerroux, para que vaya a desempeñar dichas gestiones. Por tanto, la comparente otorga que da poder general a su citado hijo don Felipe, para que en su representación ocurra al juzgado de Tehuacán o al que corresponda, pidiendo se tenga por tal tutora legítima y curadora de su nieta doña María Josefa de los Dolores; así como, acepte dicha tutela y curatela, prestando el conveniente juramento y fianza; oyendo el discernimiento y obligándose a la otorgante al fiel desempeño de ese cargo. También para que acepte la herencia con beneficio de inventarios; la descripción de bienes y asista a ella nombrando peritos valuadores. Además, se haga cargo de los intereses de la menor, percibiendo todos los que la correspondan, los gire, gobierne y administre o los ponga en custodia con todas las cauciones y seguridades que corresponden. Y generalmente para todos los negocios y cosas relativas a la expresada tutela y curatela, pueda parecer y parezca en los tribunales eclesiásticos y seculares, superiores o inferiores que importe.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0022 · Unidad documental simple · 1704/04/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, ella con licencia expresa de su marido; ambos marido y mujer, dijeron que por cuanto, la dicha Agustina Jaimes Dávila Barrientos, tiene hipotecada las dos haciendas de beneficio de hacer azúcar, que se le adjudicaron por tutela de sus hijos: Miguel y Rafael, correspondiente a los bienes que dejó su marido difunto, con todo lo que contiene, bajo la obligación de hacer guardar dicha escritura. Y por haber pasado a segundas nupcias con Lope Antonio de Iribas, y antes de pasar a ellas, para que constare el caudal que a dicho segundo matrimonio llevaba y que en ningún tiempo fuese perjudicados los dos menores, presentó petición ante el Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y Alcalde Ordinario en esta por Su Majestad, con la finalidad, de que constase la buena administración que había tenido y aumentado el caudal para que conservar dicho cargo de tutora y que se volviera a hacer nombrada en compañía del dicho don Lope Antonio de Iribas, por la utilidad que resultaba a dicho menores; además, para la seguridad de la cantidad que le corresponde a cada uno de sus hijos, obliga a Lope Antonio a que hipoteque otra hacienda valiosa. Para ello el Licenciado Juan de la Veguellina y Sandoval, Alcalde Ordinario y Juez del conocimiento de los autos, proveyó y aprobó la cuenta de tutela y nuevamente la nombra por tutora de los hijos menores en compañía de don Lope Antonio de Iribas, con la garantía de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, como sus fiadores. Por lo tanto, otorgan escritura de obligación de dichas tutelas y por ello se obligan a pagar a dichos menores, a cada uno de dos susodichos la cantidad de 15 237 pesos, 5 tomines y 10 granos, luego que tuviesen edad competente o que lo mande juez competente y no haciendo paga puntal, con el consentimiento de enviar persona para su cobranza con el salario acostumbrado. Para la mayor seguridad de la paga, principales y fiadores hipotecan cada uno una hacienda, y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos hipoteca en la misma obligación tres casas bajas que tiene en esta villa, de cal y canto cubiertas de teja, en los linderos que se mencionan en el acta; con declaración que en cada una de las dichos dos casas principales, están cargados 3 000 pesos de principal a favor de capellanías que sobre su valor están impuestas. Finalmente, ambos don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos otorgan poder especial al Doctor don José Sáenz de Escobar, Abogado de la Real Audiencia esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres y representado sus personas busque 10 000 pesos en dicha ciudad de México tomándolos a su dita y crédito, y saque tome de cualquier capellanías, obras pías, que hallare cargando dichas cantidades a censo sobre dichas haciendas de beneficio de hacer azúcar, las dos pertenecientes a la dicha Agustina Dávila nombradas San José, libre de censo, y San Miguel que está sujeta y gravada por 1 200 pesos de principal a favor de don Domingo José de Apresa y Gándara Araujo y Moctezuma, vecino de la ciudad de los Ángeles; y la perteneciente a don Lope Antonio de Iribas, nombrada San José.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0222 · Unidad documental simple · 1776/04/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en la ciudad de Puebla en 10 del corriente mes, por doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, Regidor Honorario que fue de dicha ciudad, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, en la que está incluido el auto en que se le hizo adjudicación de todos los bienes, y donde se obligó de pagar de lo que se les libre en las cuentas de división y partición cuando tomen estado, y en el ínterin sus réditos los convertirá en alimentos y crianza de los menores, con hipoteca de todos sus bienes.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0093 · Unidad documental simple · 1709/08/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Pibot y Tapia, como principal deudor, en voz y nombre del General don Sebastián de Plaza y del Capitán don Pedro de Irigoyen, vecinos de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, como sus fiadores; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Manuel Sáenz de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, Juan de los Santos Cubillos y Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, también como sus fiadores y principales pagadores; dijeron que por cuanto el veintiocho de junio pasado se le remató a don Francisco Pibot y Tapia la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, y que poseía don Francisco Javier Cruzado, su hijo, en cantidad de 22 000 pesos, de los cuales 3 300 pesos están cargados sobre dicha hacienda a censo redimible a favor de los Capitanes don Gregorio Martínez de Solís y don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca; y de los 19 000 pesos restantes deberá pagar a los acreedores y reconocer las tutelas de los menores hijos del difunto, habiéndole dado dos años de hueco y uno de paga, y cumplido este plazo 3 000 pesos en cada año. Por lo cual otorgan se constituyen como sus fiadores y principales pagadores de los dichos 19 000 pesos en los tiempos y plazos mencionados, y de no pagar el principal deudor lo harán ellos como sus fiadores.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0029 · Unidad documental simple · 1716/03/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder general al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, su compadre, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente, todas las cantidades de pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y otras cosas que se le deban en virtud de escrituras, libranzas, cuentas de libros u otras causas. También, le da éste para que pueda vender cualquiera de los frutos de su hacienda y bienes raíces, muebles y semovientes por el precio que ajustare al contado y fiado, comprando otros en su lugar. Asimismo, lo pueda obligar en la cantidad de pesos que le tiene comunicado por sus órdenes y cartas misivas, también, para que como poseedor de la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, en esta jurisdicción, que se le vendió por bienes del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, sobre la cual están impuesto diferentes capellanías, censo y otros débitos, lo obligue a reconocer dichos principales y réditos. Para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tiene con diferentes personas, demandando como defendiendo hasta el día de hoy en los juzgados, audiencias y tribunales superiores e inferiores de ambos fueros eclesiásticos y seculares, por su propio interés o como tutor y curador de las personas y bienes de los hijos menores y herederos del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0120 · Unidad documental simple · 1705/11/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Miguel Jerónimo Maldonado y doña María Jiménez, su legítima mujer, vecinos de esta villa, y la citada María Jiménez con licencia de su marido para otorgar la presente escritura, dijo que otorgaba y aceptaba el cargo de tutora y curadora que le estaba hecho en las personas y bienes de sus hijos menores y de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, su primer marido, el cual fue dado por el Capitán don Pedro Dávila Galindo, Alcalde Ordinario de la ciudad de los Ángeles. Por tanto, usando el cargo de tutora y curadora, otorga que da su poder a dicho Miguel Jerónimo para que, representando su persona, siga todas las causas y negocios de dichos menores por todos artículos, grados e instancias, tomando parecer y consejo de letrados y otras personas que se lo deban dar. Asimismo, dichos marido y mujer se obligan a pagar y satisfacer a los menores la cantidad que a cada uno le está aplicada por la cuenta de división y partición que está hecha de los bienes del citado Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, con más sus réditos correspondientes de 5 por ciento en cada un año, que convertirá en sus alimentos y vestuario; y para mayor seguridad de dichas porciones hipotecan unas casas de mesón que poseen en esta villa de Córdoba en la calle Real, labradas en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0105 · Unidad documental simple · 1717/11/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio del hacer azúcar en su jurisdicción, se obliga de pagar al Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, tutor y curador de las personas y bienes de los menores hijos y herederos de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, viuda que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, a saber 362 pesos y 5 reales de resto de liquidación de cuentas de los réditos corridos del principal que los menores tienen sobre la casa de su morada, cumplidos hasta el día 5 del presente mes de noviembre y año de la fecha. Cantidad que se dio por entregado, y pagará en tres meses llanamente y sin pleito alguno, pena de la ejecución de sus costas y cobranza en la ciudad de los Ángeles, también consiente que se lleve a cabo el auto proveído por el auditor general de la guerra de esta Nueva España, en el que manda se remate la casa con nueve pregones que a ella se den, sin que para ello pueda poner excesión para su remate, y se obliga a pagar salarios del personero que hiciese la cobranza.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0051 · Unidad documental simple · 1719/06/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes que quedaron de doña Gertrudis Jaimes Navarro, tutor y curador de sus hijos y herederos. Cargo que usa, para otorgar poder general al Bachiller don Leonardo García de Monzaval, Presbítero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona como tal tutor prosiga y acabe la demanda que sigue contra el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, por la cantidad de pesos que está debiendo a los menores, correspondientes al principal y réditos que están en su poder.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0052 · Unidad documental simple · 1719/06/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y residente en esta villa de Córdoba, por propio interés y como albacea y tenedor de bienes que quedaron de la difunta doña Gertrudis Jaimes Navarro, viuda que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, asimismo, como tutor y curador de las personas y bienes de los hijos de dichos difuntos, otorga poder al Licenciado don Leonardo García de Monzaval, Presbítero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona como tal tutor, demande y cobre judicial y extrajudicialmente de los bienes, albaceas, herederos y de quien con derecho pueda, las cantidades de pesos, joyas, esclavos y otras cosas que se le estén debiendo a los menores. También para que lo represente y defienda en los pleitos civiles y criminales que pudieran surgir y de lo que recibiere y cobrare, entregue los recibos, cartas de pago y demás instrumentos que le sean pedidos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO