Domingo Márquez, vecino y Alguacil Mayor de la ciudad y provincia de Tepeaca, declara que por cuanto habrá tiempo de seis años que Juan de la Cruz “por otro nombre Juan Grande”, su esclavo, se ausentó y huyó de su casa y servicio; que en ese entonces no pudo hacer diligencia para buscarlo debido a que estuvo preso en la cárcel de la Santa Inquisición. Asimismo dijo que al presente tuvo noticias que en 1658 dicho esclavo fue aprehendido por Gaspar González, vecino de esta villa. En ese tenor solicitó a Gaspar González la entrega de dicho esclavo, y como no lo presentó, recibió a cambio 360 pesos de oro común por el valor y salarios personales. Por tal motivo, señala que cede y traspasa al citado Gaspar González los derechos sobre el esclavo Juan de la Cruz, para que otorgue escritura de venta en caso de que quiera disponer de él como cosa suya.
DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTORTRASPASOS
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Don Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa de Córdoba, dijo que en el año de 1709 se le remató la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Cruz, alias Las Palmillas, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, en cantidad de 22 000 pesos, de los cuales pagó 3 000 pesos de contado y lo de más a plazos para pagar a diferentes acreedores a los bienes de dicho provincial. Asimismo, dijo que doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, albacea, tutora y curadora de los menores hijos de don Francisco Cruzado, reclamó dicho remate ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, quienes por auto ordenaron a la justicia de esta villa enviase los originales que se habían hecho sobre los bienes de dicho difunto y sus acreedores. Y estándose siguiendo el litigio en dicha Real Audiencia, don José Francisco Soria, apoderado de la susodicha, junto con el otorgante, deseosos de paz y quietud, por estorbarse en el seguimiento de dichos autos y por los costos y gastos que pudieran originarse, se transigieron y ajustaron en que dicho don Francisco Pibot hiciese cesión y traspaso de la dicha hacienda a los dichos menores por la cantidad de los 22 000 pesos y se le regresaran a Pibot los 3 000 pesos que pagó de contado. Por lo cual, otorga cesión y traspaso de la dicha hacienda a los menores hijos de don Francisco Cruzado, para que hagan y dispongan de ella a su voluntad, asimismo, otorga haber recibido los 3 000 pesos que había pagado de contado. Dicho traspaso lo hacen bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Tomás José Jiménez, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se sirva Su Alteza de aprobar y confirmar la escritura de traspaso que hizo de la hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada Santa Cruz, alias Las Palmilla, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, a doña María Hurtado de Mendoza y Arriola y don Juan Hurtado de Mendoza, su hermano, tutores y curadores ad bona de don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, menores, su fecha en esta villa en 22 de noviembre de 1710, desistiéndose de la propiedad de dicha hacienda y cediéndola a los dichos menores.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que es dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel y Santiago [hacienda Santiago y San Miguel] en tierras propias, en jurisdicción de esta villa; y de una casa principal de piedra y madera, también en esta villa, en la esquina de la plaza Pública de ella, que va para el camino real de la Nueva ciudad de la Veracruz, y linda por una parte con casa que quedó por bienes de doña Juana de Contreras Gatica; por el fondo con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y hace frente, calle en medio, con casa de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sobre la cual están cargados 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón, difunto. Asimismo, dijo que sobre dicha hacienda están cargados 7 000 pesos de principal a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, también 1 200 pesos a favor de la capellanía que dejó fundada por su alma el Licenciado don Juan de Rivera Grajeda. Y porque se siente con muchos achaques y no puede administrar, regir ni gobernar su hacienda por su mucha edad, ha ajustado con el Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino, hacerle transacción y concierto, por lo cual otorga que vende, cede y traspasa al Regidor don Juan Valero, la dicha hacienda y la casa en precio de los 11 200 pesos, de los cuales se ha de obligar y reconocer 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón; 7 000 pesos a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición; 1 200 pesos a favor de la capellanía que fundó el Licenciado don Juan de Rivera; y los 1 000 pesos restantes que le ha de dar su sobrino según tienen pactado. Dicho traspaso se realiza bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que por cuanto tiene por propio 2 000 pesos de principal y por ellos 5 por ciento de réditos en cada un año sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza de la que es dueño don Hipólito del Castillo de Altra, quien la heredó de don Gaspar del Monge y Mendoza, su suegro, y la hubo de los bienes y herederos del Bachiller don Juan González Bello, Clérigo Presbítero; dichas tierras se componen de un sitio de ganado menor que hubo y compró el citado Juan González Bello de Luis de Arévalo, apoderado de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, el 20 de junio de 1687, en cantidad de 2 500 pesos, los 500 de contado y los 2 000 de dicho censo de los que se le han pagado réditos por el dicho don Hipólito del Castillo de Altra. Y al presente don Gaspar Carlos de Rivadeneira otorga que hace cesión y traspaso de dicho censo en el Capitán don Amaro José Bocarando, vecino de esta villa de Córdoba, para que desde el día primero de enero de 1707 goce de dicha cantidad y de sus réditos, asimismo, confiesa haber recibido del susodicho la citada cantidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJoseph [José] de Brito [Lomelín] y Diego de Brito [Lomelín], hermanos, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan traspasan al Sargento Bernardo López, 12 y media varas de un solar que tienen en esta villa y que era del padre de los otorgantes, con calidad de que se obligue a pagar a esta dicha villa y a su mayordomo 6 reales en cada un año “para siempre jamás”.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALPedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que Isidro de Zetina [Cetina] [roto] le arrendó por seis años un rancho [en esta jurisdicción] al pago de la Peñuela [roto], cuyo rancho por la presente cede y traspasa a Juan Abad, vecino de esta villa, a partir del primero de septiembre, con cargo y calidad de que ha de pagar al otorgante por fin de ocho meses la renta que les corresponde a razón de 60 pesos anuales, para que el otorgante los pague al dicho Isidro de Zetina [Cetina], con lo de los otros cuatro meses corridos que al otorgante le toca pagar, y cumplidos los ocho meses de ahí en un año le ha de pagar 60 pesos y cumplido éste le ha de pagar otros 60 pesos. El traspaso es de dos años y ocho meses.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJuan Riaño, vecino de esta villa de Córdoba, declara que compró al Capitán Juan de la Carra, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, un negro bozal, sin bautizar, cataluango [sic] de edad de ocho años, marca de fuego en un brazo, por precio de 200 pesos de oro común. Asimismo, declara que dicho esclavo lo compró para doña María de la Parra y Oliveros, vecina de la ciudad de los Ángeles, por lo cual todo el derecho que ha adquirido por la compra, lo renuncia y traspasa a la citada María de la Parra.
PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTORDon Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 8 de julio de 1707 otorgó escritura de imposición de censo de 1 000 pesos de principal a favor de la Madre Catalina de San Miguel, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, una de las hijas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, sobre una casa de madera en solar de 37 varas frente y 25 de fondo, misma que ha ido en disminución por sus cortedades; razón por la cual, cede y traspasa los 1 000 pesos en la hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa], para que desde hoy día de la fecha y hasta que se redima estén sobre ella seguros. Cantidad que tiene recibida y transfiere en la monja, y en el ínterin que no los redimiere se obliga a pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales, sin pleito alguno pena de la cobranza, con las calidades y condiciones siguientes: en caso de que sus herederos y sucesores vendieren o dividieren entre ellos la hacienda, ha de ser con el cargo de los 1 000 pesos de este censo y en caso de que sea por venta, se obliga y obliga a sus acreedores y a sus sucesores a que se le notificará a la madre monja. Es condición que la hacienda sea vendida a persona lega, llana y abonada de quien se pueda cobrar su principal y réditos, y no a persona de las prohibidas por derecho, ya que pretende tenerla siempre aumentada y que nunca tenga disminución, para cuyo cumplimiento obliga su persona y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa, como hermano y apoderado de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, otorga que renuncia y traspasa a Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, 2 500 pesos de censo principal impuestos y cargados sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar del Capitán don Francisco Cruzado, cuyo traspaso hace en pago de la cantidad de 2 333 pesos 3 tomines que su hermano debía a Gregorio Martínez por cierta venta de tierras en esta jurisdicción, en las cuales está fundado un trapiche de hacer azúcar nombrado Tegueguecoyot [sic], la cual no tuvo efecto por estar la propiedad de dichas tierras en litigio con el Cabildo de la villa de Córdoba, y para evitar el remate de los bienes de don Gaspar Carlos y gastos del litigio acordaron este traspaso.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO