Doña María Francisca Peredo y su hermano don José María [Peredo], ambos de esta vecindad, dijeron que la primera le ha traspasado al segundo una tienda de pulpería nombrada del Sol, establecida en esta ciudad, en la calle Principal, bajo las siguientes condiciones: Que don José María Peredo recibiría las existencias de la tienda previo formal balance. Que los precios de dichas existencias serán puestos por peritos nombrados uno por cada parte. Que el importe de las existencias debe pagarlos don José María, dando 1 000 pesos a los cuatro meses de haberle verificado el traspaso y el resto en tres partidas, una cada seis meses, comenzando a correr los plazos desde la fecha en que se cumple el de los 1 000 pesos. Que por la renta de la casa ha de pagar don José María a doña María Francisca [Peredo], su hermana, 22 pesos mensuales, entre otras condiciones que se mencionan. Y habiéndose verificado el balance, resultan líquidos 4 854 pesos un real y 5 octavos a favor de doña María Francisca, quien ratifica el relacionado traspaso y confiesa haber cortado todas sus cuentas con el nominado su hermano, a quien no tiene que demandarle cosa alguna por el tiempo que ha estado a su cargo la referida tienda, sino solo el cumplimiento del referido convenio. Asimismo, don José María otorga haber recibido las existencias de dicho establecimiento por precios justos y corrientes y se obliga a cumplir lo estipulado, verificándolo con la presentación de don Bernardo Sayago como su fiador.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOTRASPASOS
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Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, como diputado patrono de la capilla de San Ignacio de Loyola, de esta Iglesia Parroquial, otorga que cede y traspasa a la fábrica de la misma parroquia, o en su representación al mayordomo, el Presbítero don Juan Nepomuceno Ulloa, la cantidad de 203 pesos y 5 reales, en el valor o parte de los 462 pesos y 6 reales, que le debe y le reconoce a premio corriente don José Joaquín González de Ortega.
Don Manuel Gil y Cosío, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, actual Alcalde Ordinario de segunda elección, y uno de los herederos del difunto su padre don Andrés Gil de la Torre, otorga que traspasa y cede a don Mariano de Campo, la cantidad 1 230 pesos que a la testamentaria de su cargo era deudor su hermano don Miguel de Campo, por lo que se obliga a tenerla en su poder por vía de depósito irregular por el término de 5 años, con sus 5 % en cada uno.\t
Don Juan Francisco [de] Noriega, de este comercio y vecindad, otorga que cede y traspasa a favor de don Tomás Rubio Roso, una tienda mestiza de géneros y comestibles, ubicada en la primera cuadra de la Calle de la Amargura, que hace esquina con la Calle Imperial, frente a la de don Juan Antonio de Bárcena, cuyo avalúo ascendió a 5 400 pesos, que le ha de satisfacer en tres pagos, el primero al cumplir los ocho meses contados del 26 de febrero, el segundo a los ochos meses después del primer pago y el tercer pago el 26 de febrero de 1812 y para la seguridad del pago, otorga como fiador a don Manuel Allen.\t
Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo y Alférez Real del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Xalapa, dijo que por cuanto doña Agustina de Zárate y el Presbítero don José María Tavera, viuda e hijo y ambos albaceas del finado don José Antonio Tavera, otorgaron a su favor una escritura de obligación por cantidad de 2 600 pesos 6 y 7 octavos reales, que por varios respectos le quedó debiendo el finado, cuyo principal otorga cede y traspasa a favor de don Mateo Badillo con todos los derechos y acciones que a ella tiene, para que al término del tiempo estipulado en la escritura, use su derecho contra la finca hipotecada en pago de dicha cantidad. Y por cuanto de la dicha finca no puede cobrar ni reclamar réditos, el compareciente se obliga a satisfacerlos hasta que se pague la deuda o se venda la propiedad. Cuyo endoso y traspaso lo hace el otorgante en pago de un adeudo que tiene con dicho Badillo.
Don Juan Manuel del Cotarro, del comercio de la Nueva Veracruz, residente de esta Villa, ha recibido de don Juan Antonio Pardo y don Mateo Badillo, de este comercio y vecindad, como depositarios comisionados para realizar las propuestas hechas por don José Antonio de la Peña, para pagar a sus acreedores, a saber, los géneros, alhajas, armazón de tienda y cuanto en ella se contiene, ascendiendo lo contenido en dicha tienda a 25 271 pesos 6 y 5 octavos reales, de los cuales ha pagado de contado 1 000 pesos, restando la cantidad de 24 271 pesos 6 y 5 octavos reales, lo cuales se obliga a pagar a los referidos depositarios o a los acreedores del mencionado Peña, 4 000 pesos en el término de seis meses y los restantes 20 271 pesos 6 y 5 octavos reales en el término de 9 años sin causa de réditos o usura alguna. Para seguridad del principal hipoteca todos los géneros y efectos que tiene la tienda, ofreciendo también como fiadores a los señores Arrillaga y Bazán, de quienes se compone la sociedad de comercio así titulada en la Nueva Veracruz, representados en la presente por don Fermín de Aguirreolea.
Don José Simón de la Portilla [y Cabello], Teniente de Granaderos de las Milicias Provinciales de las Tres Villas, vecino y del comercio de la de Xalapa, otorga que hace traspaso y arrendamiento a favor de los señores Gibert, Tutsol y Grau, del comercio de Veracruz, de sus dos tiendas que posee en esta Villa, contiguas una y otra, en la Calle de Belén y Plaza Principal, por el término de 5 años, bajo los pactos y condiciones que se mencionan en la escritura.
Don Antonio Guillen, de este comercio y vecindad, otorga que vende a don Cipriano Pensado, una tienda pulpería, situada en la casa de su morada, en la Calle de la Amargura y Barrio del Calvario, frente a la Plaza del Carbón; se la traspasa por el término de 6 años a precio de 5 247 pesos, 5 reales y cinco octavos, con el premio de un 6% en cada año. Además pagará 25 pesos mensuales por el arrendamiento de la casa donde está ubicada la tienda.
Don Antonio Gomila, vecino y del comercio de esta Villa, cede, vende y traspasa una tienda pulpería ubicada en la última esquina de la Calle del Beaterio, de cuyos enseres se ha hecho avalúo y ha importado la cantidad de 2 700 pesos 7 reales, la cual traspasa a don Santiago Sáenz de Sarabia, de esta vecindad y comercio, quien pagará en el término de un año. Por otro lado, siendo la casa en que se haya la tienda de la pertenecía del otorgante, en la que actualmente vive el Subteniente del Regimiento de México, don Antonio de Mora, la da en arrendamiento a dicho don Santiago por el término de cinco años y por la mesada de 30 pesos. Igualmente arrienda a dicho don Santiago dos asesorías que tiene en los bajos de su morada por precio de 10 pesos mensuales.
Juan Antonio de Villanueva, vecino de esta jurisdicción, dijo que Juan Antonio de Esain, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, por hacerle bien y buena obra le dio cantidades de pesos y diferentes géneros de mercaderías para tratar y contratar como lo ha hecho en esta jurisdicción, y respecto a que Antonio Villanueva le es deudor de todas ellas, otorga que se las cede, renuncia y traspasa para que como suyas propias las recaude y cobre en virtud de escrituras, vales, cuentas de libro, confesión de partes.