Copia de mandamiento de 21 de junio de 1687 por el cual don Melchor Portocarrero Lazo [Laso] de la Vega, Conde de Monclova, Comendador de la Zarza en la Orden y Caballería de Alcántara, Virrey y Capitán General de esta Nueva España, concede licencia a Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de Huatusco, para que en las tierras que tiene y posee en la jurisdicción de la villa de Córdoba, cerca de la Peñuela, Boca del Monte y Totutla, pueda sembrar caña y fundar un trapiche donde moler y hacer azúcares y panochas de la permitida.
Zonder titelTRAPICHES
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María Álvarez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos y marido, otorga que vende a Francisco Rodríguez de Olmedo, dueño de trapiche, vecino de esta villa, medio solar ubicado en esta misma villa, el cual linda con solar suyo y el de Isabel Vázquez. Lo vende en cantidad de 50 pesos en reales.
Zonder titelBaltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche, otorga que se obliga de dar y pagar a Gregorio Martínez de Solís, la cantidad de 3 442 pesos y 5 reales de oro común para el próximo año.
Zonder titelEl Alférez Juan García del Castillo, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes que fue del Capitán don Lope de Iribas, difunto, vecino que fue de esta villa, como administrador del trapiche de fabricar azúcar nombrado San Miguel Asesenatl [Azezenatl] en esta jurisdicción, propiedad que fue de dicho Iribas; dijo que habiéndose realizado los inventarios, avalúos y demás diligencias de los bienes que quedaron de dicho difunto por ante la Real justicia de esta villa, se han opuesto diferentes acreedores de Iribas solicitando se paguen sus débitos y en atención de que él se haya acreedor de mayor derecho a dichos bienes y para que se represente su derecho, otorga poder general a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre, pueda parecer y parezca ante los señores de dicha Real Audiencia y demás jueces y justicias de Su Majestad, en especial, ante el del conocimiento de dichos autos, oponiéndose a la cantidad que importaren sus salarios y empeños que tiene hechos para el avío de dicho trapiche como consta en los instrumentos que tiene presentados.
Zonder titelJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que posee en esta jurisdicción una hacienda de trapiche de hacer azúcar que compró por escritura que a su favor le otorgó Francisco de Barrios, vecino de esta villa, y al mismo tiempo le entregó licencia original que tenía para fundar dicho trapiche, otorgada por el Excelentísimo Señor Conde de Gálvez, Virrey que fue de este reino; por lo tanto, pide que el presente escribano la protocolice en este registro para la mayor seguridad y permanencia.
Zonder titelJosé de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder a Marcos Ballesteros, vecino de esta villa, para que en su nombre, dentro o fuera de esta jurisdicción, busque sus esclavos que se huyeron y los pueda regresar al trapiche; así como todas las bestias, mulares y caballares, con el hierro al margen, que le han hurtado y también pueda pedir y cobrar, prender y asegurar cantidades que le deben diferentes mozos libres que han estado trabajando en su hacienda y que se han huido sin ajustar cuentas.
Zonder titelDon Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, don Miguel de Leiva Esparragosa, el Capitán Francisco de Meza y Mendoza y don Juan Gómez Dávila, dueños de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, y Domingo Mucio, todos vecinos de esta villa de Córdoba; otorgan que dan su poder al Capitán don Felipe de Chávez, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en sus nombres y en el suyo, los pueda obligar como sus fiadores en lo que le ha de dar a favor de Su Majestad, por la importancia de la cantidad en que solicita que se le remate el derecho del pulque de la ciudad de la Puebla de los Ángeles que se trae al pregón, ya que tiene hecha postura, entendiéndose que la fianza de Veguellina ha de ser por la cantidad de 1 000 pesos y la de los demás otorgantes por 500 pesos cada uno, y los ha de poder obligar a pagar por tales sus fiadores en las cantidades referidas.
Zonder titelEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, cinco esclavos piezas y un mulecón de diferentes castas calimbados con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 345 pesos cada uno y por el mulecón en 280 pesos que importan la cantidad de 2 005 pesos de oro común, que ha de pagar y satisfacer en los plazos y tiempos que se expresan en la escritura.
Zonder titelEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende al Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, seis esclavos negros piezas de diferentes castas, calimbados con una CR en el brazo Izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; por precio de 2 100 pesos a razón de 350 pesos cada uno, que se obliga a pagar en los plazos y tiempos establecidos en la escritura.
Zonder titelEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Alonso Gómez Dávila, dueño de trapiche de hacer azúcar y vecino de esta villa, una negra pieza con una cría de pecho negrito, calimbada con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas y costumbres buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón o gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 380 pesos de oro común, dicha negra con su cría, que ha de pagar en los plazos y tiempos establecidos en el acta.
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